Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2000 (08/04/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, sabado 8 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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Articulo 18º.- El Comite de Gestion apoya multidisciplinariamente a la UGM, esta integrado por representantes de los sectores publicos y privado, a fin de contribuir en la aplicacion de las estrategias establecidas en el Plan Maestro y el POA de la UGM. TITULO IV DEL PROCEDIMIENTO PARA APROBACION DE PROYECTOS Y OTRAS ACTIVIDADES EN EL SHM Articulo 19º.- La Gerencia Tecnica es el organo encargado de recibir todas las solicitudes de los interesados para ejecutar proyectos y otras actividades en el ambito del SHM o su MORDAZA de Amortiguamiento, para derivarlas, con opinion tecnica, segun corresponda al INC, a INRENA, o a MORDAZA entidades. Articulo 20º.- El INC o INRENA o MORDAZA entidades resolveran las solicitudes de los interesados de conformidad con la legislacion vigente sobre la materia y devolveran los expedientes a la UGM para que la Gerencia Tecnica notifique como corresponde. TITULO V DEL REGIMEN ECONOMICO Articulo 21º.- Constituyen recursos de la UGM los fondos provenientes de: a) El Tesoro Publico; b) Las donaciones y legados recibos de terceros para los fines institucionales; c) Las demas que se obtengan bajo cualquier modalidad incluyendo los convenios de cooperacion internacional; y, d) Los intereses que generan los fondos de la UGM depositados en entidades bancarias y financieras. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La Gerencia Tecnica queda autorizada para elaborar el Manual de Organizacion y Funciones de la UGM, el que sera formulado de acuerdo con las normas del presente Reglamento, y sera aprobado por Resolucion Directoral del Comite Directivo. Segunda.- El Comite Directivo queda autorizado para dictar las disposiciones complementarias necesarias para la mejor aplicacion del presente Reglamento y para mejorar su estructura y funcionamiento en MORDAZA con los objetivos de la UGM, en concordancia con el Plan Maestro. 3691

JUS y el Art. 1º de la Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 131-96-SUNARP; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Adscribir al Registro Fiscal de Ventas a Plazos de MORDAZA para el ano 2000, a diez (10) Martilleros Publicos, cuyos nombres a continuacion se detallan: Nº DE REGISTRO 77 84 37 55 104 17 43 11 27 118 APELLIDOS Y NOMBRES COBILICH LINDOW, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA DIAS, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA PINILLOS MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Afranio SANEZ MORDAZA, MORDAZA MORDAZA WEINBERGER MOLLRICH, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Teodato MORDAZA CALOPINO, MORDAZA MORDAZA

Registrese y comuniquese. C. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao 3984

OSIPTEL
Establecen tarifas maximas fijas aplicables al servicio de arrendamiento de circuitos internacionales digitales por cable submarino, prestado por Telefonica del Peru S.A.A.
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 15-2000-CD/OSIPTEL MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2000 VISTA: La solicitud de Telefonica del Peru S.A.A. contenida en sus Cartas Nº GGR.651.A-013-00 y Nº GGR.651.A-036-00, para la fijacion de tarifas maximas fijas aplicables al Servicio Portador de Arrendamiento de Circuitos Internacionales Digitales por Cable Submarino, para velocidades de transmision de hasta 64 Kbps., hasta 128 Kbps., hasta 256 Kbps., y hasta 512 Kbps.; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion del Consejo Directivo Nº 28-99-CD/ OSIPTEL se establecieron las tarifas maximas fijas para el servicio de arrendamiento de lineas y circuitos internacionales digitales por cable submarino, para velocidades de transmision de hasta 1,024 Mbps. y hasta 2,048 Mbps. y para los diferentes grupos de paises (zonas); Que es necesario aprobar tarifas maximas fijas para la prestacion del Servicio Portador de Arrendamiento de Circuitos Internacionales Digitales por Cable Submarino, para velocidades de transmision de hasta 64 Kbps., hasta 128 Kbps., hasta 256 Kbps., y hasta 512 Kbps. y para los diferentes grupos de paises, en atencion a los requerimientos de Telefonica del Peru S.A.A.; a fin de que los usuarios cuenten con mas alternativas para la contratacion de este servicio a menores velocidades que las vigentes, y satisfagan sus necesidades especificas de telecomunicacion a tarifas apropiadas; En aplicacion de las facultades que le otorgan al Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) el inciso 5) del Articulo 77º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, el inciso a) del Articulo 8º de la Ley Nº 26285, asi como el inciso b) del Articulo 40º del Reglamento de OSIPTEL aprobado por Decreto Supremo Nº 62-94-PCM; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en sesion celebrada el dia 28 de marzo de 2000. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Establecer las tarifas maximas fijas que se aplicaran al servicio de arrendamiento de circuitos internacionales digitales por cable submarino, para velocidades de transmision de hasta 64 Kbps., hasta 128 Kbps., hasta 256 Kbps., y hasta 512 Kbps. y para los diferentes grupos de paises (zonas), prestado por Telefonica del Peru S.A.A., en los niveles que se especifican en el Listado Anexo, el mismo que forma parte de la presente Resolucion.

OFICINA REGISTRAL DE MORDAZA Y CALLAO
Designan martilleros publicos adscritos al Registro Fiscal de Ventas a Plazos de MORDAZA para el ano 2000
RESOLUCION JEFATURAL Nº 295-2000-ORLC/JE MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2000 Visto el Oficio Nº 373-2000-ORLC/GBM, emitido el 3 de MORDAZA del 2000; y, CONSIDERANDO: Que, a partir de lo dispuesto por el inciso d) del Articulo 2º de la Ley Nº 26366, Ley de Creacion del Sistema Nacional de los Registros Publicos y la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, el Registro Fiscal de Ventas a Plazos y el Registro de Martilleros Publicos fueron comprendidos como parte de dicho Sistema; Que, como consecuencia de ello, mediante la Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 066-95SUNARP se dispuso el traslado de los mencionados Registros como una seccion especial del Registro de Bienes Muebles; Que, de acuerdo a la Resolucion Suprema Nº 004-77-CO/CI, la designacion de los Martilleros Publicos adscritos al Registro Fiscal de Ventas a Plazos, es anual, correspondiendo al Registro Fiscal de Ventas de MORDAZA, un MORDAZA de diez (10) adscritos; En uso de las facultades establecidas en el Articulo 8º del Texto Unico Ordenado, del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, aprobado por Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 185-96-SUNARP, la Resolucion Nº 022-95-SUNARP, el Art. 29º del Estatuto de la SUNARP aprobado por D.S. Nº 04-95-

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