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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ABRIL DEL AÑO 2000 (28/04/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 30

Pág. 186040 NORMAS LEGALES Lima, viernes 28 de abril de 2000 Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO LUIS EDMUNDO SERPA SEGURA JORGE BUENDIA GUTIERREZ DAVID PEZUA VIVANCO 4733 DEFENSORIA DEL PUEBLO Modifican el Reglamento de Organiza- ción y Funciones de la Defensoría del Pueblo RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 25-2000/DP Lima, 26 de abril del 2000 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los Artículos 161º y 162º de la Constitución Política del Perú se aprobó la Ley Nº 26520 Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo; Que, el inciso 7) del Artículo 9º de la Ley Nº 26520 confiere al Defensor del Pueblo la facultad de dictar los Reglamentos que requiera para el cumplimiento de las funciones de la Defensoría del Pueblo; Que, mediante la Resolución Defensorial Nº 32-99/ DP se aprobó el Reglamento de Organización y Funcio- nes de la Defensoría del Pueblo, el mismo que en su Artículo 4º estableció que las modificaciones al mismo, serán aprobadas por el Defensor del Pueblo de conformi- dad con las experiencias obtenidas en su aplicación y de la evaluación del Plan Estratégico Institucional; Que, de acuerdo a la experiencia obtenida durante los años que viene operando la Defensoría del Pueblo y durante el tiempo de vigencia del referido Reglamento, se ha determinado la necesidad de efectuar algunas modificaciones estructurales que faciliten la operativi- dad administrativa y presupuestal a fin de optimizar su gestión; Con los visados de la Oficina de Asesoría Jurídico- administrativa, del Gerente General y del Primer Adjun- to al Defensor del Pueblo; y estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Primero.- SUSTITUIR el texto de los Artículos 5º, 14º, 15º, 22º, 23º, 26º, 29º y 30º del Regla- mento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, por el siguiente: "Artículo 5º.- La Estructura Organizativa de la Defen- soría del Pueblo es la siguiente: ORGANOS DE DIRECCION Y DE LINEA - Defensor del Pueblo - Adjuntos al Defensor del Pueblo - Defensores Especializados - Gerente General ORGANO DE CONTROL - Oficina de Auditoría Interna ORGANOS CONSULTIVOS O DE APOYO - Gabinete de Apoyo del Defensor del Pueblo - Oficina de Resoluciones y Seguimiento - Oficina de Promoción y Coordinación Territorial - Oficina de Desarrollo Estratégico y Cooperación Internacional. ORGANOS DE ASESORAMIENTO - Asesores del Defensor del Pueblo - Oficina de Comunicación e Imagen InstitucionalORGANOS ADMINISTRATIVOS - Gerencia de Administración - Gerencia de Información y Sistemas - Gerencia de Personal - Oficina de Asesoría Jurídico-administrativa - Oficina de Gestión Presupuestal. ORGANOS DESCONCENTRADOS - Representaciones Defensoriales - Oficinas y Módulos Defensoriales "Artículo 14º.- El Gerente General es el funcionario que ocupa el más alto cargo de gestión administrativa, supeditado al Defensor del Pueblo y al Primer Adjunto al Defensor del Pueblo. Es responsable de dirigir la ejecu- ción y coordinación de las actividades de los órganos administrativos asegurando el cumplimiento de los obje- tivos y metas de la Defensoría del Pueblo. Conduce los procesos de administración, control de gestión, presupuesto, información y documentación, ra- cionalización, ejecución de la cooperación técnica inter- nacional, trámite documentario y archivo, asegurando que se desarrollen en el marco de las normas legales vigentes. Son órganos administrativos, dependientes de la Gerencia General: la Oficina de Gestión Presupuestal, la Oficina de Asesoría Jurídico-administrativa, la Gerencia de Administración, la Gerencia de Personal y la Geren- cia de Información y Sistemas" "Artículo 15º.- Compete al Gerente General: m) Participar en la planificación y gestión de los proyectos de cooperación técnica internacional, asegu- rando la compatibilidad entre los planes y programas y los recursos humanos, materiales y financieros; n) Otras que le encomiende el Defensor del Pueblo o el Primer Adjunto al Defensor del Pueblo. CAPITULO IV OFICINA DE DESARROLLO ESTRATEGICO Y COOPERACION INTERNACIONAL "Artículo 22º.- La Oficina de Desarrollo Estratégico y Cooperación Internacional es la encargada de proveer los instrumentos y procedimientos técnicos para la for- mulación, evaluación y seguimiento de los planes insti- tucionales, además se encarga de elaborar las estrate- gias institucionales de financiamiento de fuentes distin- tas a las de recursos ordinarios que garanticen su ejecu- ción Son competencia de la Oficina de Desarrollo Estra- tégico y Cooperación Internacional la planificación, ela- boración y gestión de los proyectos financiados por la cooperación técnica internacional." "Artículo 23º.- Son competencias de la Oficina de Desarrollo Estratégico y Cooperación Internacional: c) Proponer en coordinación con la Gerencia General la formulación del presupuesto institucional anual a fin de asegurar su compatibilidad con el Plan Operativo Institucional y el cumplimiento de las metas previstas. d) Evaluar el cumplimiento de las actividades del Plan Operativo Institucional y de los compromisos ad- quiridos mediante convenios de Cooperación Técnica Internacional. h) Elaborar, en coordinación con las unidades orgáni- cas de la institución, los proyectos y programas a ser propuestos a los organismos y agencias de cooperación técnica internacional, tomando en cuenta su factibilidad administrativa y funcional, en coordinación con la geren- cia general. TITULO VII ORGANOS ADMINISTRATIVOS CAPITULO I OFICINA DE GESTION PRESUPUESTAL "Artículo 26º.- La Oficina de Gestión Presupuestal es el órgano de la Gerencia General encargada de proveer los instrumentos y procedimientos técnicos para la for- mulación del Presupuesto Institucional, así como para su ejecución, seguimiento y evaluación, con relación a toda fuente de ingreso. Elabora el proyecto de presupues- to institucional así como los informes de evaluación y