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Pág. 186046 NORMAS LEGALES Lima, viernes 28 de abril de 2000 Valor del Certificado De US$ 2 000 hasta US$ 8 000 Al interior de cada grupo, el certificado de compra de menor valor no podrá ser inferior al cincuenta por ciento (50%) del certificado de compra de mayor valor. Al interior de cada grupo, el número de valores del certificado de compra no podrá exceder a ocho (8) valores distintos. Número de Asociados 112 Duración del Grupo 28 meses Cuota de Inscripción Hasta el 8% del Valor del Certificado de Com- pra (más el IGV), siendo facultad de la Admi- nistradora dividir el pago en armadas. A la entrega del bien adjudicado el asociado deberá haber cancelado la totalidad de la cuota de inscripción. Cuota Capital Equivalente al valor del Certificado de Compra dividido entre el número de meses de duración del grupo. Cuota de Administración Hasta el 30% del valor de la Cuota Capital (más el IGV). Cuota de Seguros Seguro de Vida : Hasta el 0.08% mensual del valor del Certificado de Compra (incluido IGV). Seguro contra todo riesgo sobre el bien mueble o inmueble que garantiza el contrato desde el mes de la aplicación del Certificado de Compra. Cuota Total Equivalente a la sumatoria de la Cuota Capital más la Cuota de Administración y la Cuota de los Seguros. La Cuota Total es pagadera men- sualmente. Número y Modalidad Cuatro (4) adjudicaciones por mes. de Adjudicaciones Las cuatro adjudicaciones se realizarán por remate durante las cuatro primeras asambleas. A partir de la quinta asamblea en adelante, las cuatro adjudicaciones se realizarán la primera por sorteo y las siguientes tres por remate. En todo caso, las adjudicaciones serán las que permita el Fondo Colectivo del Grupo. Las propuestas de remate se expresan en número de cuotas total. -Propuesta máxima: 100% del número de cuotas total pendientes de pago. -Propuesta mínima: 1 cuota total Utilización de los Remates El Asociado podrá aplicar los remates ganado- res de la siguiente forma: 1.Para la cancelación anticipada de las últi- mas Cuotas Total en forma inversa, es decir de la última a la más cercana. 2.Para reducir la cuota total en el monto que resulte de dividir el remate entre el número total de cuotas pendientes de pago. Fondo Colectivo del Grupo El Fondo Colectivo del Grupo se constituye únicamente por Cuotas Capital captadas y, cuando en este fondo se reúna una cantidad igual o mayor al valor del Certificado de Com- pra, se efectuará una o más adjudicaciones. Asamblea Inaugural Cuando el monto de Cuotas Capitales recau- dadas por la colocación de contratos permita la adjudicación de un (01) Certificado de Compra del mayor valor. En caso que el grupo no se complete en los tres meses siguientes, la empresa administradora cubrirá las vacantes, de las posiciones no vendidas, sin derecho a participar en los proce- sos de adjudicación, hasta lograr la colocación de todas las vacantes. Política de Garantías Para bienes y/o servicios: -Garantías Personales: pagaré avalado por garante calificado, fianzas, letras u otras previstas en la Ley; y, -Garantías Reales: hipoteca o prenda vehi- cular (por el 120% del valor de la deuda); o -Inscripción en el Registro Fiscal de Ventas a Plazos. Las garantías reales o la inscripción en el Regis- tro Fiscal de Ventas a Plazos podrán recaer sobre bienes diferentes a los adjudicados.La valorización del bien mueble o inmueble será efectuada por un tasador contratado por la administradora a cargo del asociado. Vehículos Usados : Las mismas que para bienes y/o servicios. Ejecución de Garantías Se lleva a cabo al incumplimiento de 2 o más Cuotas Total o al estar en condición de moroso al término del contrato. Vehículos Usados El número de asociados en un grupo con certificados de compra con proveedor prede- terminado para vehículos usados no podrá exceder del 10% de los contratos dentro de un mismo grupo. La Administradora procederá a: -Valorizar los vehículos; y, -Determinar que el bien a entregar se sujete a las normas técnicas establecidas. La Administradora deberá verificar que: a)Al momento de su entrega, el bien se en- cuentre en buen estado operativo; b) El proveedor sea propietario del bien y/o esté facultado para disponer del mismo; c)El bien esté libre de toda carga o gravamen; Se efectúe la inscripción de la transferencia a favor del asociado y/o de la prenda sobre el bien adjudicado, a favor de la Administra- dora, en caso de no haberse inscrito el contrato en el Registro Fiscal de Ventas a Plazos; d)El asociado adjudicado constituya por el saldo adeudado una garantía adicional a la prenda del vehículo automotor usado o a la inscripción en el Registro Fiscal de Ventas a Plazos; y, e)La antigüedad del vehículo automotor usa- do no sea mayor de cuatro (04) años. Artículo 2°.- EAFC Maquisistema S.A previamente a la formación de cada grupo, informará a esta Institu- ción el tipo de proveedor a utilizarse por bien, y los montos de los certificados de compra a ser utilizados. Artículo 3°.- Aprobar los modelos de contrato de administración de fondos colectivos a ser utilizados por EAFC Maquisistema S.A. en el programa denominado “P1”, así como el modelo de adenda a ser utilizado en el referido programa, en caso se aplique el certificado de compra en la adquisición de vehículos usados. Artículo 4º.- Inscribir la presente resolución en el Registro de Empresas Administradoras de Fondos Co- lectivos de esta Comisión Nacional. Artículo 5º.- La presente resolución entrará en vi- gencia al día siguiente de su publicación. Artículo 6º.- Transcribir la presente resolución a EAFC Maquisistema S.A. y a la Asociación de Empresas Administradoras de Fondos Colectivos (ADEAFCO). Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS CASTRO SILVESTRE Gerente de Intermediarios y Fondos Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores 4667 I N E I Autorizan la realización del "III Censo de Infraestructura Sanitaria y de Recursos de Salud", a nivel nacional RESOLUCION JEFATURAL Nº 101-2000-INEI Lima, 6 de abril del 2000