Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2000 (03/12/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo

NORMAS LEGALES
"ANO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR"
ANO XVIII - Nº 7468

http://www.editoraperu.com.pe
Pag. 195523

MORDAZA, MORDAZA 3 de diciembre de 2000

PCM
Disponen transferir los Programas Sociales de Desayunos Escolares y de Suplementacion Alimentaria que desarrolla el FONCODES al Instituto Nacional de Salud
DECRETO SUPREMO Nº 032-2000-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo Nº 657 se creo el Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES con el objeto de financiar la ejecucion de proyectos de inversion social en todos el MORDAZA, en materia de fomento del empleo, salud, alimentacion, educacion basica y otros, en beneficio de la poblacion en pobreza; Que, FONCODES viene ejecutando el Programa Social de Desayunos Escolares y el Programa Social de Suplementacion Alimentaria, con el objetivo de mejorar el nivel nutritivo de la poblacion infantil y escolar; Que, el Articulo 4º del Decreto Ley Nº 26157 senala que los proyectos de inversion social financiados por FONCODES son ejecutados por Nucleos Ejecutores constituidos como tales ante dicha entidad los cuales segun los Decretos Supremos Nºs. 01596-PCM y 020-96-PRES gozan de capacidad juridica para recibir financiamiento, total o parcial de FONCODES, contratar e intervenir en procedimientos administrativos y judiciales; Que, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 584, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, el Instituto Nacional de Salud es un Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Salud que tiene como objetivo generar, difundir y promover a nivel nacional, recursos y conocimientos cientificos y tecnologicos para alcanzar el mas alto nivel de salud para la poblacion, actuando en forma coordinada con los demas componentes del Sector; Que, en ese sentido, el Instituto Nacional de Salud desarrolla programas nutricionales que incluyen entre sus lineas de accion la educacion y capacitacion de las familias beneficiarias en temas de salud y nutricion, medidas consideradas a nivel internacional como acciones prioritarias para combatir la desnutricion; Que, siendo el Ministerio de Salud la entidad estatal especializada en materia nutricional y, a fin de lograr un uso eficiente de los recursos que se destinan a combatir la desnutricion cronica, resulta necesario transferir al Instituto Nacional de Salud los programas referidos en el MORDAZA Considerando del presente Decreto Supremo; De conformidad con lo establecido por el numeral 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Transferir a partir del 1 de enero del ano 2001 al Instituto Nacional de Salud del Ministerio de Salud, el Programa Social de Desayunos Escolares y el Programa Social de Suplementacion Alimentaria que desarrolla el Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES. Articulo 2º.- Para efectos de garantizar la continuidad en la ejecucion de las acciones operativas y administrativas de los citados Programas, FONCODES y los Nucleos Ejecutores Descentralizados cederan a favor del Instituto Nacional de Salud la posicion contractual que ostentan en los contratos celebrados MORDAZA de la dacion del presente Decreto Supremo, para la contratacion de servicios y adquisicion de bienes cuya vigencia supere el presente ejercicio presupuestal. Las contrataciones y adquisiciones que se requieran realizar hasta el 31 de diciembre

del presente ano, deberan contar con la aprobacion previa del Instituto Nacional de Salud. Articulo 3º.- Constituir una Comision encargada de llevar a cabo el MORDAZA de transferencia de las obligaciones, activos, acervo documentario y personal a cargo de los programas sociales de Desayunos Escolares y de Suplementacion Alimentaria, en el plazo MORDAZA de 30 dias calendario, contados desde la vigencia del presente Decreto Supremo. La referida Comision estara integrada por tres representantes: - Uno del Ministerio de la Presidencia, quien la presidira; - Uno del Ministerio de Salud; y, - Uno de FONCODES. Las entidades y organismos publicos brindaran la informacion y facilidades que requiera la citada Comision, para el cumplimiento de las funciones encomendadas. Articulo 4º.- El Ministerio de Salud podra dictar las normas que resulten necesarias para la mejor aplicacion del presente Decreto Supremo y realizar las acciones presupuestales y administrativas pertinentes, asi como coordinar con otros Sectores, Instituciones y Organismos, Publicos o Privados, las medidas que resulten necesarias para la ejecucion de los programas sociales de Desayunos Escolares y de Suplementacion Alimentaria. Articulo 5º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Salud y el Ministro de la Presidencia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, el primer dia del mes de diciembre del ano dos mil. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros MORDAZA PRETELL MORDAZA Ministro de Salud MORDAZA INCHAUSTEGUI MORDAZA Ministro de la Presidencia 13780

AGRICULTURA
Modifican el D.S. Nº 015-99-AG, sobre reserva de aguas a favor del Proyecto Especial "Pasto Grande" del INADE
DECRETO SUPREMO Nº 060-2000-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 015-99-AG de fecha 31 de MORDAZA de 1999, se prorrogo hasta el 3 de noviembre de 1999 los alcances del Decreto Supremo Nº 006-97-AG, a favor del Proyecto Especial "Pasto Grande" del Instituto Nacional de Desarrollo, en lo concerniente al referido Proyecto de Irrigacion "Pasto Grande", correspondiente al caudal de 6.80 m3/seg. de las aguas superficiales de las cuencas de los MORDAZA MORDAZA, Vizcachas, Pasto Grande, Chilota, Chincune y Huamajalso, asi como la reserva total de las aguas subterraneas de libre disponibilidad de las cuencas mencionadas; Que, mediante el Oficio Nº 599-2000-PEPG-INADE-8901, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial "Pasto Grande" del

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