Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2000 (03/12/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 3 de diciembre de 2000

recurso de apelacion contra la MORDAZA de las resoluciones citadas, manifestando que en un MORDAZA penal regular, tramitado ante el Tercer Juzgado en lo Penal de la provincia de Huamanga, Expediente Nº 155-96, se ha establecido fehacientemente que el ex presidente de la Comunidad, don MORDAZA MORDAZA Llallahui, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA han cometido delito contra la fe publica, en su modalidad de falsedad ideologica y falsedad material en agravio del Estado y otros, para merecer una opinion favorable y se cree la Comunidad Campesina de MORDAZA MORDAZA, obrando de fojas 91 a 99 la sentencia expedida en dicho MORDAZA judicial asi como su confirmatoria expedida por la Sala Penal de la Corte Superior de Ayacucho; Que, por escrito de 26 de MORDAZA de 1999, de fojas 2 a 4 del tomo III, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita igualmente la nulidad de la Resolucion Directoral Regional Nº 0262-94-RLW-DRAAYA/PETT, argumentando que para el reconocimiento de la Comunidad Campesina de MORDAZA MORDAZA del distrito de MORDAZA se ha adulterado documentos, firmas y emitido informes falsos, por lo que dicha resolucion y el plano de conjunto son falsos; Que, de lo actuado fluye que MORDAZA pretensiones tienen una conexion logica, en razon de referirse a un mismo acto administrativo, por cuyo motivo procede acumularlas, de conformidad con lo establecido supletoriamente en el Codigo Procesal Civil; Que, efectivamente de la MORDAZA de la sentencia expedida por el Tercer Juzgado Penal, se advierte que se condena al acusado MORDAZA MORDAZA Llallahui como autor del delito contra la fe publica, en la modalidad de falsedad material y falsedad ideologica, en agravio del Estado y otros, asimismo se le condena por delito contra el patrimonio en la modalidad de usurpacion y por delito contra la MORDAZA en agravio de MORDAZA MORDAZA Cisneros; sin embargo la referida sentencia no ordena ni dispone la anulacion de la Resolucion Directoral Nº 0262-94-RLW-DRAAYA/PETT, la misma que reconoce a la Comunidad Campesina de MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, por consiguiente dicha resolucion conserva plena validez y eficacia legal; Que, por otro lado, mediante las articulaciones promovidas se pretende dejar sin efecto una resolucion administrativa expedida en el ano de 1994, es decir habiendose vencido con exceso el plazo de tres (3) anos senalado en el Articulo 110º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica y de conformidad con la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902; SE RESUELVE:

se hizo necesario determinar un mayor numero de hitos con coordenadas UTM, sobre el mismo perimetro a fin de precisarlo con mayor exactitud; Que, en base a los trabajos de MORDAZA realizados por el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, sobre el perimetro de la MORDAZA Reservada, utilizando geoposicionadores satelitales GPS diferenciales de precision submetrica, se han obtenido 66 vertices del mismo y se ha determinado que la superficie real de dicha Area Natural Protegida es de 263,27 ha.; Que la determinacion de los vertices del perimetro MORDAZA mencionado, respeta la integridad fisica y status legal de la MORDAZA Reservada de Los Pantanos de MORDAZA, establecida en la Resolucion Ministerial Nº 00144-89-AG/DGFF; De conformidad con el inciso e) del Articulo 8º de la Ley Nº 26834; y, En uso de las facultades establecidas por la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, dada por el Decreto Ley Nº 25902, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 053-92-AG; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Precisase el perimetro de la MORDAZA Reservada de Los Pantanos de MORDAZA, mediante 66 Hitos con coordenadas UTM que determinan su poligonal, de acuerdo al anexo y plano perimetrico que forman parte de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA AMAT Y MORDAZA Ministro de Agricultura MORDAZA RESERVADA: "PANTANOS DE VILLA" VERTICES DEL PERIMETRO NOMBRE O HITO COORDENADAS PSAD 56 COORDENADAS UTM ESTE NORTE MORDAZA

DISTANCIA ENTRE VERTICES -----24.17 52.03 40.76 617.60 596.65 49.46 61.82 195.99 322.62 194.34 1054.77 187.26 216.63 281.07 138.50 17.67 29.45 39.57 37.36 75.72 357.16 45.33 36.31 46.92 24.94 56.50

PU01 PU02 PU03

283662.787 283644.301 283601.854 283567.073 283999.254 284417.237 284448.036 284492.663 284628.915 284854.938 284991.514 284364.638 284193.561 283992.199 283740.037 283821.889 283832.229 283842.337 283838.775 283818.059 283764.035 283514.816 283485.923 283465.928 283446.286 283436.859 283427.702

8650342.718 8650327.148 8650297.050 8650275.793 8649834.608 8649408.830 8649370.134 8649327.352 8649186.475 8648956.257 8648818.005 8647969.737 8648045.891 8648125.781 8648249.928 8648361.658 8648375.989 8648403.654 8648443.068 8648474.162 8648527.213 8648783.052 8648817.975 8648848.286 8648890.892 8648913.984 8648969.739

18 18 18 18 18 18 18 18 18 18 18 18 18 18 18 18 18 18 18 18 18 18 18 18 18 18 18

Articulo 1º.- Declarar infundado el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Directoral Regional Nº 150-2000-CTAR-AYAC-DRA/ PETT.CR, de 4 de MORDAZA de 2000, expedida por la Direccion Regional de Agricultura de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion, dejando a salvo el derecho de la accionante para que lo haga MORDAZA por ante el organo jurisdiccional. Articulo 2º.- Declarar sin lugar la solicitud de nulidad presentada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Directoral Regional Nº 0262-94-RLW-DRA-AYA/PETT, de 16 de diciembre de 1994, expedida por la ex Direccion Regional Agraria de la Region Los Libertadores-Wari, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion, dejando a salvo el derecho del recurrente para acudir al Poder Judicial, remitiendose los actuados a la Direccion Regional de Agricultura de MORDAZA para su archivamiento. Registrese y comuniquese. MORDAZA CHLIMPER ACKERMAN Ministro de Agricultura 13704

PU04 PU05 PU06 PU07 PU08 PU09 PU10 PU11 PU12 PU13 PU14 PU15 PU16 PU17 PU18 PU19 PU20 PU21 PU22 PU23 PU24 PU25 PU26 PU27

Precisan perimetro de la MORDAZA Reservada de Los Pantanos de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0909-2000-AG MORDAZA, 29 de noviembre de 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 00144-89-AG/ DGFF, publicada el 7 de junio de 1989, se establecio la MORDAZA Reservada de Los Pantanos de MORDAZA, para la proteccion de la MORDAZA y fauna silvestres, ubicada en el distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima; Que, la memoria descriptiva del perimetro de la MORDAZA Reservada en la citada Resolucion Ministerial, establece unicamente siete (7) hitos con coordenadas UTM, por lo que

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