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Pág. 195524 NORMAS LEGALES Lima, domingo 3 de diciembre de 2000 Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, ha solicitado la prórroga por dos (2) años más, de los alcances del Decreto Supremo Nº 015-99-AG a favor del Proyecto Especial "Pasto Grande", para continuar con los estudios definitivos y ejecución de obras del Proyecto que tiene a su cargo y cuyo estado de avance se indica en el Informe Sustentatorio; Que, es necesario efectuar la prórroga de la reserva de agua, garantizando el recurso hídrico para las actividades a ejecutar- se posteriormente en el ámbito del referido Proyecto Especial; De conformidad con lo dispuesto por el inciso a) del Artículo 10º del Reglamento de los Títulos I, II y III de la Ley General de Aguas, aprobado por Decreto Supremo Nº 261-69-AP, del 12 de diciembre de 1969, las reservas de agua que establezca el Estado tendrán vigencia durante dos (2) años, renovables, cuando existan razones técnicas o planes específicos que así lo justifiquen; y, En uso de las atribuciones conferidas en el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Modifícase el texto del Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 015-99-AG, por el siguiente: "Artículo 1º.- Prorrógase hasta el 3 de noviembre del año 2001, la reserva de agua procedente de las cuencas de los ríos Moque- gua, Vizcachas, Pasto Grande, Chilota, Chincune y Huamajalso, correspondiente a un caudal de 6.80 m3/seg. de las aguas superficiales, así como la reserva total de las aguas subterráneas de libre disponibilidad de las cuencas mencionadas, a favor del Proyecto Especial "Pasto Grande" del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, en lo concerniente al Proyecto de Irrigación "Pasto Grande"." Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República CARLOS AMAT Y LEON Ministro de Agricultura 13781 Modifican el D.S. Nº 018-97-AG, sobre reserva de aguas a favor del Proyecto Especial "Puyango-Tumbes" del INADE DECRETO SUPREMO Nº 061-2000-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 018-97-AG, se prorrogó en vía de regularización, por el plazo de dos (2) años más, a partir del 16 de abril de 1997, los alcances del Decreto Supremo Nº 023- 96-AG, sobre la reserva de agua a favor del Proyecto Especial "Puyango-Tumbes" del Instituto Nacional de Desarrollo - INA- DE, en un volumen anual disponible de hasta 615.87 millones de metros cúbicos (MMC), correspondientes al río Tumbes; Que, mediante Oficio Nº 596/2000-INADE-PEBPT-8701 el Director Ejecutivo del Proyecto Especial "Puyango-Tumbes" del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, ha solicitado la prórroga de los alcances del Decreto Supremo Nº 018-97-AG, sobre la reserva de agua a favor del Proyecto Especial "Puyango- Tumbes" sólo por un volumen anual de hasta 419.97 millones de metros cúbicos (MMC) correspondientes al río Tumbes, que permitirá continuar con los estudios y ejecución de obras del Proyecto que tiene a su cargo y cuyo estado de las mismas se indica en el Informe Técnico sustentatorio; De conformidad con lo dispuesto en el inciso a) del Artículo 10º del Reglamento de los Títulos I, II y III del Decreto Ley Nº 17752 - Ley General de Aguas, aprobado por Decreto Supremo Nº 261-69-AP, del 12 de diciembre de 1969, las reservas de agua que establezca el Estado tendrán vigencia de dos (2) años, renovables, cuando existan razones técnicas o planes específicos que así lo justifiquen; y, En uso de las atribuciones conferidas en el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Modifícase el texto del Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 018-97-AG, por el siguiente texto:"Artículo 1º.- Prorrógase hasta el 16 de abril del año 2001, los alcances del Decreto Supremo Nº 023-96-AG, sobre la reserva de agua a favor del Proyecto Especial "Puyango- Tumbes" del INADE, sólo por el volumen anual de hasta 419.97 millones de metros cúbicos (MMC), correspondientes al río Tumbes." Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República CARLOS AMAT Y LEON Ministro de Agricultura 13782 Aceptan renuncia del Director General de la Oficina de Planificación del Mi- nisterio RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 120-2000-AG Lima, 2 de diciembre de 2000 VISTA: la renuncia presentada por el Director General de la Oficina de Planificación del Ministerio de Agricultura; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 0011-93-AG de fe- cha 15 de febrero de 1993 se designó al Ing. William Alberto Arteaga Donayre en el cargo de Director de Sistema Adminis- trativo IV, Director General de la Oficina de Planificación del Ministerio de Agricultura; Que, el mencionado funcionario ha presentado su renuncia al cargo; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y Decretos Leyes Nºs. 25515 y 25902; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia presentada por el Ing. William Alberto Arteaga Donayre al cargo de Director de Sistema Administrativo IV, Director Gene- ral de la Oficina de Planificación del Ministerio de Agricultura. dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República CARLOS AMAT Y LEON Ministro de Agricultura 13785 Designan Director General de la Ofici- na de Planificación del Ministerio RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 121-2000-AG Lima, 2 de diciembre de 2000 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director de Sistema Administrativo IV (Director General) de la Oficina de Planifica- ción Agraria; Que, resulta necesario efectuar la designación corres- pondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y Decretos Leyes Nºs. 25515 y 25902; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Designar, a partir de la fecha, al Lic. JOSE ALFREDO LA ROSA BARDALES al cargo de Director de