Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2000 (03/12/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 17

Pág. 195539 NORMAS LEGALES Lima, domingo 3 de diciembre de 2000 Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, para que la Caja Rural de Ahorro y Crédito La Libertad proceda con la enajenación de los bienes señalados en el Anexo adjunto, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Vencido el plazo de prórroga otorgado a la Caja Rural de Ahorro y Crédito La Libertad, sin que se haya efectuado su enajenación, dicha empresa deberá proceder conforme a lo establecido en el segundo párrafo del Artículo 215º de la Ley General, debiendo constituirse la correspondiente provisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente Adjunto de Banca ANEXO BIENES MUEBLES E INMUEBLES ADJUDICADOS POR OBLIGACIONES DE DEUDORES SOBRE LOS CUALES SE AUTORIZA PRORROGA PARA SU VENTA (Artículo 215º - Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros) TIPO DE DESCRIPCION/ FECHA VALOR EN PRORROGA BIEN UBICACIÓN DE LIBROS DE ADJUDI- (En Nuevos TENENCIA CACION Soles) INMUEBLE Terreno Area: 4.16 Has. Ubicación: en la parcela 1999.12.9 26 197.85 2001.6.9 Nº 19 - A, U.C. Nº 11344, predio San Cristóbal I, del sector la Pampa - Macabi Bajo, Valle de Chicama, distrito de Paiján, provincia de Ascope, departamento de La Libertad. INMUEBLE Terreno Area: 180.00 m2 Predio Urbano 1999.11.30 31 061.31 2001.5.30 Ubicación: calle Nº 07 - Lote Nº 39 - Mz. E, urbani- zación Los Sauces, distrito de Víctor Larco Herrera, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad. 13750 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Declaran que procede recurso extraor- dinario de revisión contra resolucio- nes emitidas en segunda instancia por las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima ORDENANZA Nº 290 Lima, 18 de setiembre de 2000 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA, ENCARGADO DE LA ALCALDIA: POR CUANTO; EL CONCEJO METROPOLITANO, en Sesión de fecha 18 de setiembre de 2000; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades tienen reconocida autonomía polí- tica, económica y administrativa en los asuntos de su competen- cia, de conformidad con el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú; Que, el Concejo Municipal cumple función normativa, entre otros instrumentos, a través de las Ordenanzas Municipales, las cuales, de conformidad con lo previsto en el numeral 4) del Artículo 200º de la Constitución, tienen rango de ley;Que, las Ordenanzas son normas generales que regulan la organización, administración y/o prestación de los servicios públicos locales, el cumplimiento de las funciones generales o específicas de las Municipalidades, así como establecen las limitaciones y modalidades impuestas a la propiedad privada; Que, conforme a lo dispuesto en el Artículo 100º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedi- mientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02- 94-JUS, la vía administrativa queda agotada con la resolución expedida en segunda instancia, sin embargo, hay lugar a la interposición de recurso de revisión ante una tercera instancia, si las dos anteriores fueron resueltas por autoridades que no son de competencia nacional; Que, al no ser los Concejos Distritales órganos de competen- cia nacional, procede el recurso de revisión en los casos en que éstos resuelvan como instancia administrativa; Que, en concordancia con estos criterios, el Concejo Metropo- litano de Lima, por Acuerdo de Concejo Nº 121 de 8 de noviembre de 1996, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 5 de diciembre de 1996, dispuso se diera trámite a los recursos de revisión interpuestos contra las resoluciones administrativas emitidas por los Concejos Distritales. Acuerdo que se ha venido ejecutando, siendo preciso dar a dicha disposición el rango que a su naturaleza corresponde; Aprobó la siguiente: O R D E N A N Z A Artículo Primero.- Declarar que procede el recurso ex- traordinario de revisión previsto en el Artículo 100º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedi- mientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02- 94-JUS, contra las resoluciones emitidas en segunda instancia por las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima. Artículo Segundo.- El recurso extraordinario de revisión contra resoluciones emitidas en segunda instancia por las Municipa- lidades Distritales de la provincia de Lima, se presenta ante la Municipalidad Distrital que emitió la resolución que se impugna. Artículo Tercero.- La Municipalidad Distrital remitirá a la Municipalidad Metropolitana de Lima los actuados adminis- trativos. De estimarlo conveniente, adjuntará un breve informe resumen del sustento de hecho y de derecho de la resolución impugnada. La remisión de los actuados administrativos no requiere de resolución concesoria del recurso. Artículo Cuarto.- Déjese sin efecto, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, el Acuerdo de Concejo Nº 121 de 8 de noviembre de 1996. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Lima, a los veinte días del mes de octubre de dos mil. GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 13697 Disponen publicación del texto corre- gido de la Ordenanza que establece los Aportes Reglamentarios para Habi- litaciones Urbanas en la provincia de Lima ACUERDO DE CONCEJO Nº 233 Lima, 30 de noviembre de 2000 EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA En Sesión Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, en la publicación de la Ordenanza Nº 292, de Aportes Reglamentarios para Habilitaciones Urbanas en la provincia de Lima, efectuada en el Diario Oficial El Peruano el 29 de octubre último, se ha incurrido en error material en cuanto a su Artículo 3º, omitiéndose consignar las cantidades correspondientes a los porcentajes que se establece; Que, en tal virtud, corresponde la publicación del texto corregido y completo de la indicada Ordenanza; ACORDO: Disponer la publicación en el Diario Oficial El Peruano del texto corregido y completo de la Ordenanza Nº 292 de fecha 17