Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2000 (17/12/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, MORDAZA 17 de diciembre de 2000

NORMAS LEGALES

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cantidad MORDAZA de estudiantes que se espera instruir en cualquier oportunidad: (a) Un aula de clases bajo techo, idonea para el dictado teorico. (b) Instalaciones idoneas para el almacenamiento de herramientas, materiales y articulos similares, adecuadamente separadas del area de trabajo. (c) Area idonea para la aplicacion de material de acabado, incluyendo rociamiento de pintura. (d) Areas idoneas equipadas con tanques de MORDAZA y equipos de desengrase los cuales deben contar con presion de aire u otro equipo adecuado de limpieza. (e) Instalaciones idoneas para efectuar corridas de motores. (f) Para propositos de desarmado, servicio e inspeccion, area idonea con equipo adecuado, incluyendo bancos, mesas y equipo de prueba. (1) Ignicion, equipo electrico y dispositivos, (2) Carburadores y sistemas de combustible; y (3) Sistemas hidraulicos y de vacio para aeronaves, motores de aeronaves y sus dispositivos. (g) Para propositos de desarmado de aeronaves asi como inspeccion y reglaje de las mismas, espacio idoneo con equipo adecuado, incluyendo mesas, bancos y gatas. (h) Espacio idoneo con equipo adecuado para propositos de desarmado de motores asi como inspeccion, armado, descarte de fallas y puesta a tiempo de los motores. 147.17 Requerimientos correspondientes a equipo de instruccion (a) Un solicitante de certificado de un Centro de Instruccion de Tecnicos de Mantenimiento con habilitacion, o de una habilitacion adicional debe contar con el siguiente equipo de instruccion, apropiado con respecto a la habilitacion que busca obtener: (1) Varias clases de estructuras de avion, sus sistemas y componentes, motores, sus sistemas y componentes (incluyendo helices), en una cantidad y MORDAZA idoneos a fin de realizar los proyectos practicos estipulados por sus programas de ensenanza aprobados. (2) Por lo menos una aeronave de un MORDAZA certificado vigente por la DGAC para operaciones privadas o comerciales; dicha aeronave debe contar con motores, helices, instrumentos, equipo de navegacion y comunicaciones, luces de aterrizaje asi como otros equipos y accesorios en los que posiblemente deba trabajar un tecnico de mantenimiento y con los cuales este debe encontrarse familiarizado. (b) No es necesario que el equipo prescrito por el parrafo (a) de la presente seccion se encuentre en condicion aeronavegable. Sin embargo, si estuviese danado, debe haber sido reparado de tal manera que se pueda efectuar un armado completo. (c) Con la finalidad de demostrar los diferentes metodos de construccion, armado, inspeccion y operacion al estar instaladas para ser utilizados en una aeronave, se debe contar con diferentes tipos de estructuras asi como motores, dispositivos y componentes de los mismos, en los que se va a otorgar la instruccion y a partir de los cuales se gana experiencia practica laboral. Debe haber suficiente cantidad de unidades de modo que no mas de ocho estudiantes trabajen en cualesquiera de ellas a la vez. (d) Si la aeronave utilizada para propositos de instruccion no posee tren de aterrizaje retractil y flaps de ala, el CITM debe poner a disposicion ayudas de entrenamiento o ensamblajes similares de los mismos. 147.19 Requerimientos correspondientes a materiales, herramientas especiales y equipo de taller. Con la finalidad de garantizar que todo estudiante reciba una instruccion apropiada, un solicitante de certificado de un Centro de Instruccion de Tecnicos de

Mantenimiento con habilitacion, o de una habilitacion adicional debe contar con un suministro adecuado de materiales, herramientas especiales y equipo de taller, apropiados con respecto al programa de ensenanza aprobado del CITM y utilizados en la construccion de aeronaves y en el mantenimiento de las mismas. Las herramientas especiales y el equipo de taller deben encontrarse en una condicion de trabajo satisfactoria con respecto a los propositos para los cuales son utilizados. La cantidad y variedad de estas herramientas y equipos deben estar disponibles y satisfacer las necesidades propias de el uso practico de las mismas en todas las actividades propias de la especialidad. 147.21 Requerimientos generales correspondientes a programa de ensenanza. (a) Un solicitante de certificado de un Centro de Instruccion de Tecnicos de Mantenimiento con habilitacion, o de una habilitacion adicional debe contar con un programa de ensenanza aprobado que sea disenado para calificar a sus estudiantes cuando realizan labores de un mecanico con respecto a la habilitacion o habilitaciones en particular. (b) La unidad "hora de instruccion" no debe ser menor a 50 minutos de duracion. El programa de ensenanza debe incluir para todas las especialidades 900 horas de generalidades y una o mas de las siguientes segun corresponda: (1) Aeronaves y sus sistemas: 1500 horas de aeronaves y sus sistemas. (2) Motor: 700 horas de motores. (3) Avionica: 1500 horas de avionica. (c) El programa de ensenanza debe estar compuesto de las materias e items descritos en los Apendices B, C, D o E segun sea aplicable. Se debe instruir todo item hasta llegar al nivel minimo de profesionalismo definido en el Apendice A. (d) El programa de ensenanza debe mostrar: (1) Los proyectos practicos requeridos. (2) Con respecto a cada materia, las proporciones de teoria y otra instruccion que se debe impartir; y (3) Una lista del minimo de pruebas que se debe tomar. (e) A pesar de lo prescrito en los parrafos de (a) a (d) de la presente seccion y de la 147.11, el poseedor de un certificado expedido en virtud a la Subparte B de la presente parte puede solicitar el dictado de cursos especiales y recibir aprobacion para los mismos en la realizacion de programas de inspeccion especial y de mantenimiento preventivo con respecto a una aeronave de categoria primaria certificada por MORDAZA en virtud a la seccion 21.24(b) de la RAP. Asimismo, el CITM puede expedir certificados de competencia a favor de las personas que hayan culminado satisfactoriamente dichos cursos siempre y cuando se cumpla con la totalidad de los otros requerimientos de la presente parte y el certificado de competencia especifique la MORDAZA y modelo de la aeronave a la cual se aplica dicho certificado. (f) El programa de ensenanza debe estar compuesto en referencia a los requerimientos senalados en 147.21(b) de por lo menos 30% del tiempo de instruccion, dedicado a practica. 147.23 Requerimientos correspondientes a instructor. Un solicitante de certificado de un Centro de Instruccion de Tecnicos de Mantenimiento habilitacion, o de una habilitacion adicional debe indicar la cantidad de instructores que poseen certificados y habilitaciones apropiados de Mecanico de Mantenimiento que la DGAC determine necesarios con la finalidad de otorgar instruccion y supervision adecuadas a los estudiantes, incluyendo un minimo de un instructor por cada 25 estudiantes en toda clase de taller. Sin embargo, el solicitante puede contar con ins-

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