TEXTO PAGINA: 1
DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, martes 19 de diciembre de 2000 AÑO XVIII - Nº 7484 Pág. 196127Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR" ECONOMÍA Y FINANZAS Autorizan suscribir con COFIDE el con- trato de administración y colocación de bonos a que se refiere el Reglamen- to Operativo del Programa de Consolidación del Sistema Financiero RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 181-2000-EF/10 Lima, 18 de diciembre del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 108-2000 se creó el "Programa de Consolidación del Sistema Finan- ciero", en adelante el Programa, con el objeto de facilitar la reorganización societaria de las empresas de operaciones múltiples del sistema financiero nacional; Que, por Decreto Supremo Nº 137-2000-EF se aproba- ron las características de los bonos del Tesoro Público a ser emitidos para la aplicación del Programa, autorizándose mediante Decreto Supremo Nº 138-2000-EF la emisión de bonos de Tesoro Público destinados a otorgar al Fondo de Seguro de Depósitos la línea de crédito aprobada por el Artículo 4º del citado Decreto de Urgencia; Que, el Artículo 3º del Decreto de Urgencia señalado en el primer considerando dispone que el Ministerio de Econo- mía y Finanzas por Resolución Ministerial, dictará las medidas necesarias para la adecuada implementación del referido Decreto de Urgencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legisla- tivo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 108-2000; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Director General de Crédito Público y al Director General del Tesoro Público para que, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, suscriban con la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. -COFIDE- el Contrato de Administración y Colocación de Bonos a que se refiere el Artículo 3º del Reglamento Opera- tivo del Programa, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 174-2000-EF. Artículo 2º.- Autorizar al Director General de Crédito Público para que, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, suscriba los documentos que se requieran para otorgar la línea de crédito a que se refiere el Artículo 4º del Decreto de Urgencia Nº 108-2000. Artículo 3º.- El servicio de amortización, intereses y demás gastos que ocasionen los "Bonos Línea de Crédito FSD - D.U. Nº 108-2000" y los "Bonos D.U. Nº 108-2000", serán atendidos por el Ministerio de Economía y Finanzas con cargo a las previsiones presupuestales para el servicio de la Deuda Pública. Regístrese y comuníquese. JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 14593ENERGÍA Y MINAS Otorgan concesión definitiva a Electro- norte S.A. para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 117-2000-EM Lima, 18 de diciembre de 2000 Visto el Expediente Nº 14098199, que incluye los docu- mentos con Registros Nºs. 1257721, 1259407, 1263273 y 1299426, sobre otorgamiento de concesión definitiva para desarrollar actividad de transmisión de energía eléctrica de acuerdo con el Decreto Ley Nº 25844, presentado por la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. - ELECTRONORTE S.A., persona jurídica ins- crita en el asiento 1, fojas 347, tomo 38 del Registro Mercan- til de Lambayeque; CONSIDERANDO: Que, la petición se halla amparada en las disposiciones contenidas en el Artículo 25º del Decreto Ley Nº 25844 y artículos pertinentes de su Reglamento aprobado por De- creto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, la solicitud de concesión definitiva de transmisión comprende la línea de transmisión S.E. Chiclayo Norte-S.E. Pomalca-S.E. Tumán-S.E. Cayaltí, de 60 kV de tensión, en las zonas comprendidas dentro de las coordenadas que figuran en el expediente; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93- EM, ha emitido el Informe favorable Nº 187-2000-EM/DGE; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM modificado por Decreto Supremo Nº 02-94-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electri- cidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. - ELECTRONORTE S.A., concesión definitiva para desarrollar actividad de transmisión de energía eléctrica, en la línea de transmisión S.E. Chiclayo Norte-S.E. Pomalca-S.E. Tumán-S.E. Cayal- tí, de 60 kV de tensión, ubicada en los distritos de Chiclayo, Pomalca, Tumán y Cayaltí, provincia de Chiclayo, departa- mento de Lambayeque, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el contrato de concesión que se aprueba en el Artículo 3º, asignándole el Código Nº 14098199. Artículo 2º.- La concesión operará en la siguiente línea eléctrica: Salida/Llegada de la Tensión Nº de Longitud Línea Eléctrica (kV) Ternas (km.) S.E. Chiclayo Norte-S.E. 60 01 39.62 Pomalca-S.E. Tumán-S.E. Cayaltí Artículo 3º.- Aprobar el contrato de concesión Nº 175- 2000 a suscribirse con la Empresa Regional de Servicio