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Pág. 196137 NORMAS LEGALES Lima, martes 19 de diciembre de 2000 sables de la administración de recursos en la Unidad Operativa COOPOP-PASCO, quienes dispusieron pagos a diversos proveedores sin que exista documentación susten- tatoria que justifique los gastos realizados, comprometie- ron además a otros fines los recursos programados para el curso "Albañilería Básica y Pintura", se pudo establecer un deficiente control en lo concerniente a la distribución de bienes para los cursos a desarrollarse en las organizaciones sociales de base proyectándose pecosas de salida de bienes aunque éstos no hubieran sido recepcionados físicamente atribuyéndose responsabilidad directa por los hechos indi- cados a los funcionarios responsables de su administración; De conformidad con el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537, de Representación y Defensa Judicial del Estado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y Decreto Legislativo Nº 866, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, modificado por el De- creto Legislativo Nº 893; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales contra el Ing. César Santana Baldeón e Ing. Hipólito Terrel Zevallos ex Jefe y Administrador respectivamente de la Unidad Operativa COOPOP-PASCO y contra las demás personas que resul- ten responsables, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución así como los antecedentes del caso a la Procuraduría Públi- ca de PROMUDEH para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 14550 Autorizan a procuradora iniciar las acciones correspondientes contra pre- suntos responsables de delito contra el patrimonio en agravio de la Unidad Operativa de COOPOP - Huaraz RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 300-2000-PROMUDEH Lima, 18 de diciembre de 2000 VISTO: El Informe Legal Nº 240-00-GAJ/COOPOP, referente al Hurto de la Motocicleta asignada a la Unidad Operativa de la Oficina Nacional de Cooperación Popular COOPOP - Huaraz, Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH. CONSIDERANDO: Que, en tal sentido es necesario proceder a otorgar la pertinente autorización; Que, mediante Informe Nº 28-1999-GAI/COOPOP de fecha 15.9.99, el Organo de Control de Auditoría de la Oficina Nacional de Cooperación Popular - COOPOP, esta- bleció que la Motocicleta marca Honda XL-185, número de motor L185S-5456299 y número de serie L185S-6013387, sin número de placa patrimonio de la Unidad Operativa de COOPOP - Huaraz, fue asignada en forma verbal a Oscar Cerna Gómez encargado de Proyectos Productivos, estable- ciéndose que el día del hurto no fue autorizada la salida de dicha unidad móvil por Sandro Castillo Trejo, ex jefe de la Unidad Operativa de COOPOP - Huaraz, por no haber formalizado Einstein Quezada Ganoza, anterior jefe de la Unidad Operativa de COOPOP - Huaraz, la entrega de cargo correspondiente, no obstante Oscar Cerna Gómez manifestó que cumplía una comisión de cotización de pre-cios de insumos para un Proyecto de Panificación Santa Ana, presentando tan sólo la cotización efectuada en el Centro Comercial Henriquez, establecimiento dedicado a la venta de abarrotes en general; En consecuencia, conforme se desprende de los informes emitidos por Auditoría Interna Nº 28-1999-GAI/COOPOP de fecha 15.9.99 y Asesoría Jurídica de COOPOP Informe Nº 240-00-GAJ-COOPOP de fecha 13.10.00, son responsa- bles solidariamente por el robo de la motocicleta de propie- dad de la Unidad Operativa de COOPOP - Huaraz, Einstein Quezada Ganoza y Oscar Cerna Gómez; De conformidad, con el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537, de Representación y Defensa Judicial del Estado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y Decreto Legislativo Nº 866, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, modificado por el De- creto Legislativo Nº 893; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública del PROMUDEH a cargo de los Asuntos Judiciales del Minis- terio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales a que hubiere lugar por los hechos expuestos en el Informe de vistos, contra Einstein Quezada Ganoza, Oscar Cerna Gómez y las demás personas que resulten responsables en dicho Informe de Control. Artículo 2º.- Remitir el Informe de vistos y sus anexos a la Procuradora Pública del PROMUDEH para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 14551 Autorizan a procuradora iniciar las acciones correspondientes contra pre- suntos responsables de la comisión del delito de apropiación ilícita en agra- vio de la COOPOP - Abancay RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 301-2000-PROMUDEH Lima, 18 de diciembre de 2000 VISTO: El Informe Legal Nº 276-2000-GAJ/COOPOP - COMI- SIÓN DE HECHOS ILÍCITOS EN EL PAGO DE ESTI- PENDIOS A PROMOTORES ALFABETIZADORES EN LA UNIDAD OPERATIVA DE COOPOP - ABANCAY de la Oficina Nacional de Cooperación Popular - COOPOP, Orga- nismo Público Descentralizado del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH; CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Auditoría Interna de la Oficina Nacional de Cooperación Popular, mediante Informe Nº 056-2000-GAI/COOPOP de fecha 27.10.00, determinó que en los distritos de Huaccana, Anccohuayllo y Coyllurqui correspondientes a las provincias de Chincheros y Cota- bambas, pertenecientes ambos al departamento de Apurí- mac; el ingeniero Miguel Delgado Meléndez, ex Jefe de la Unidad Operativa de COOPOP - Abancay, el señor Walter Rivera Paico, ex Administrador de dicha Unidad Operativa, incurrieron en presuntos actos ilícitos de naturaleza penal en la modalidad de Apropiación Ilícita del monto aproxima- do de S/. 33,408.00 nuevos soles, dinero destinado al pago de los promotores-alfabetizadores de los distritos señalados, siendo atribuibles dichos actos a Miguel Angel Delgado Meléndez, Walter Rivera Paico y las demás personas que resulten responsables; De conformidad, con el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537 de Representación