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Pág. 196141 NORMAS LEGALES Lima, martes 19 de diciembre de 2000 Artículos 62º y 97º, inciso 3), del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Desactivar la Cuarta Fiscalía Su- prema en lo Penal Especializada en Delitos de Terrorismo y demás Delitos Comunes y la Quinta Fiscalía Suprema en lo Penal. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación del doctor Romeo Edgardo Vargas Romero como Fiscal Supremo Provisional de la Cuarta Fiscalía Suprema en lo Penal Especializada en Delitos de Terrorismo y demás Delitos Comunes, materia de las Resoluciones Nºs. 254-98- MP-CEMP y 1017-99-MP-CEMP, de fechas 18 de marzo de 1998 y 30 de diciembre de 1999, respectivamente, debiendo asumir, en su calidad de Fiscal Superior Titular, el Despa- cho de la Fiscalía Superior Especializada en Delitos de Terrorismo. Artículo Tercero.- Dar por concluida la designación del doctor Elías Moisés Lara Chienda como Fiscal Supremo Provisional de la Quinta Fiscalía Suprema en lo Penal y encargado de la Tercera Fiscalía Suprema en lo Penal Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, materia de las Resoluciones Nºs. 436-98-MP-CEMP y 1017-99-MP- CEMP, de fechas 19 de junio de 1998 y 30 de diciembre de 1999, respectivamente, y designarlo, en su calidad de Fiscal Superior Titular, como Fiscal de la Décima Fiscalía Supe- rior en lo Penal del Distrito Judicial de Lima. Artículo Cuarto.- Como consecuencia de la desacti- vación dispuesta mediante la presente resolución, la carga procesal y el acervo documentario será asumido por las Fiscalías Supremas Penales de acuerdo al Despacho de las Salas Supremas Penales de la Corte Suprema de la Repú- blica. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente resolución a los señores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Lima, Oficina de Registro de Fiscales del Ministerio Público, y a los Fiscales mencionados, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación Presidenta de la Junta de Fiscales Supremos 14574 CONASEV Modifican artículo del Reglamento de Operaciones en la Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima RESOLUCIÓN CONASEV Nº 091-2000-EF/94.10 Lima, 15 de diciembre de 2000 VISTO: El Informe Nº 055-2000-EF/94.45 de fecha 29 de no- viembre del año en curso, presentado por la Gerencia de Operaciones, con la opinión favorable de la Gerencia Gene- ral; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por los Artículos 131º y 146º de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, las bolsas de valores se encuentran facultadas para reglamentar su actividad y la de sus asociados, debiendo contener tales reglamentos los procedimientos operativos para la realización de los mecanismos centralizados de negociación, el registro de las cotizaciones y la divulgación de la información relativa a ellas y a los emisores; sin perjuicio de las facultades de normatividad, supervisión y control otorgadas a esta Comisión Nacional mediante el Artículo 2º inciso a) del Texto Unico Concordado de su Ley Orgánica, Decreto Ley Nº 26126 y el Artículo 7º de la Ley de Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861;Que, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 132º, incisos b) y c), de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, son funciones de las bolsas de valores fomentar la transacción de valores y proponer a CONASEV la introducción de nuevas facilidades y productos en la negociación bursátil; Que, en atención a las disposiciones anteriores y de acuerdo a lo establecido en el Artículo 145º de la Ley del Mercado de Valores, la Bolsa de Valores de Lima ha presen- tado a CONASEV para su aprobación, el proyecto de modi- ficación del Reglamento de Operaciones en Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima, aprobado por Resolución CONASEV Nº 021-99-EF/94.10; Estando a lo dispuesto por el segundo párrafo del Artí- culo 7º y el Artículo 145º de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, así como a lo acordado por el Directorio de esta Comisión Nacional reunido en sesión de fecha 11 de diciembre de 2000; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el Artículo 14º del Reglamento de Operaciones en la Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima, aprobado por Resolución CONASEV Nº 021-99- EF/94.10, el cual quedará redactado de la siguiente mane- ra: "Artículo 14º.- Colocaciones primarias y secunda- rias de valores. La colocación primaria, la OPI y la OPV, entre otras, podrán realizarse en la Rueda de Bolsa bajo la modalidad de negociación periódica a través de una subasta observando las disposiciones legales y reglamentos vigentes y de acuer- do a las modalidades y procedimientos que determine el Consejo. La Sociedad encargada de la colocación de tales valores deberá publicar un aviso, a través de un medio de difusión de la Bolsa, con una anticipación mínima de tres (3) días antes de su realización, en el que se precise la modalidad y características de la subasta, así como las condiciones para la adjudicación y liquidación de las operaciones. La liquidación de estas operaciones deberá efectuarse en un plazo no menor al plazo fijado para las operaciones al contado. La mencionada anticipación para la publicación del aviso no será obligatoria tratándose de la colocación prima- ria de los valores a que se refieren la Resolución CONASEV Nº 022-2000-EF/94.10 y Resolución CONASEV Nº 051- 2000-EF/94.10, y otros valores representativos de deuda inscritos en el Registro Público del Mercado de Valores que de manera general determine la Bolsa de Valores de Lima, previa autorización de CONASEV. Asimismo, en estos casos el plazo de liquidación podrá ser menor al establecido en el párrafo anterior. En estos casos, las operaciones no fijarán cotización." Artículo 2º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia al día siguiente de su publicación. Artículo 3º.- Transcribir la presente resolución a la Bolsa de Valores de Lima, a Cavali ICLV S.A. y a la Asociación de Sociedades Agentes de Bolsa. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS EYZAGUIRRE GUERRERO Presidente 14572 MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Aprueban el Presupuesto Institucional de Apertura de la municipalidad para el año fiscal 2001 ACUERDO DE CONCEJO Nº 014-MDCH Chorrillos, 13 de diciembre de 2000