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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2000 (21/12/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 52

Pág. 196254 NORMAS LEGALES Lima, jueves 21 de diciembre de 2000 presentados al curso de "Capacitación para Inspectores Técnicos Básicos de Seguridad en Defensa Civil" por los órganos del SINADECI, conforme lo establecido en el Art. 2º de la Resolución Jefatural Nº 162-00-INDECI y hayan aprobado éste; Que, la sede central del INDECI, ha llevado a cabo el curso de "Capacitación para Inspectores Técnicos Básicos de Seguridad en Defensa Civil" dirigido a los órganos del SINADECI, resultando aprobados varios de sus participantes conforme a lo informado por la Dirección Ejecutiva de Doctrina, Instrucción y Capaci- tación, correspondiendo reconocerlos y autorizarlos como Inspectores Técnicos al encontrarse incursos en el segundo párrafo del Art. 45º del Reglamento de Inspecciones Técnicas antes referido; De conformidad con lo establecido en el Decreto Su- premo Nº 013-2000-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Reconocer y autorizar a las si- guientes personas como Inspectores Técnicos Básicos de Seguridad en Defensa Civil, para que se desempeñen en las Oficinas de Defensa Civil de las Municipalidades correspondientes: INSPECTOR MUNICIPALIDAD 1. BRITO BAYONA, OSCAR MEDARDO LIMA 2.BURGA BOTTON, BRUNO SAN BORJA 3.CAVERO GOYENECHE, JOSE EDUARDO LIMA 4.DEL VALLE MULLER, JORGE SAN ISIDRO 5.FARINA MERINO, GIULIANA MARIA BARRANCO 6.GALVEZ MOLINA, JOSE ELIAS BREÑA 7.HUASASQUICHE BELLEZA, LUIS LIMA 8. LEON RODRIGUEZ, ROBERTO ANTONIO CHOSICA 9.OVIEDO ELIAS, LUIS MIGUEL BREÑA 10. REVILLA CARDENAS, JOSE LUIS LIMA 11. RUIZ SILVA, AMED IVAN SAN MARTIN 12. SOTO ZOTELO, GUSTAVO ADOLFO PUEBLO LIBRE 13. TINCOPA BENDEZU, ROCIO SAN LUIS 14. VALDIVIA FERNANDEZ, VICTOR HUGO PUEBLO LIBRE 15. VARGAS VASQUEZ, AGUSTIN SAN ISIDRO Artículo Segundo.- El reconocimiento y autoriza- ción señalado en el Art. Primero, será por el plazo de un año a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Los Inspectores Técnicos reconoci- dos y autorizados mediante la presente Resolución luego de inscribirse en el Registro de Inspectores, quedarán facultados sólo para efectuar inspecciones básicas dentro de la Jurisdicción de la Entidad donde se desempeñan. Artículo Cuarto.- Autorizar a la Dirección Nacional de Prevención del INDECI efectúe la inscripción de los Inspectores mencionados en el Art. Primero de la presen- te resolución en el Registro de Inspectores, así como la expedición de las credenciales respectivas, previo pago de los derechos establecidos en el TUPA del INDECI. Regístrese, comuníquese y publíquese. SEGUNDO ARNAO LAOS Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 14690 INDECOPI Designan Ejecutor Coactivo del INDECOPI RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DE DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 109-2000-INDECOPI/DIR Lima, 18 de diciembre del 2000CONSIDERANDO: Que en ejecución de las actividades correspondientes al proceso dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 082- 2000, se hace necesario proceder a la designación del Ejecutor Coactivo del Instituto; Que conforme a la Ley Nº 26979, el cargo de Ejecutor Coactivo se ejerce a tiempo completo y a dedicación exclusiva, correspondiendo efectuar la designación perti- nente, previo Concurso Público de Méritos; Estando a los resultados del Concurso Público Nº 005- 2000; y, De conformidad con lo establecido en el Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funciones del Indecopi y Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 082- 2000; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Designar, a partir del 19 de diciem- bre de 2000, al señor Antonio Manzanares Gaitán en el cargo de Ejecutor Coactivo del Indecopi. CARLOS SEMINARIO PIZZORNI Presidente del Directorio 14618 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN Nº 014-2000/CDS-INDECOPI Mediante Carta Nº 0835-2000/GEG-INDECOPI, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Nº 014-2000/CDS-INDE- COPI, publicada en nuestra edición del día 15 de diciem- bre de 2000, en la página 196026. 1. En el cuadro contenido en el Artículo 1º de la parte resolutiva donde: DICE: "1515.21.00.00" DEBE DECIR: "1515.29.00.00" 2. En la nota de pie de página número 18 del Informe donde: DICE: "1515.21.00.00" DEBE DECIR: "1515.29.00.00" 14705 MUNICIPALIDAD DE ATE Amplían plazo de beneficio de condona- ción de intereses moratorios, reajus- tes, recargos y multas, otorgado me- diante la Ordenanza Nº 012-00-MDA ORDENANZA Nº 018-00-MDA Ate, 18 de diciembre del 2000