Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2000 (23/12/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 23 de diciembre de 2000

OFICINA REGISTRAL DE MORDAZA Y CALLAO
Autorizan ejercer cargo de Martillero Publico a nivel nacional
RESOLUCION JEFATURAL Nº 2903-2000-ORLC/JE MORDAZA, 19 de diciembre de 2000 Visto el expediente organizado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre obtencion del titulo de Martillero Publico a nivel nacional, y el Informe Nº 013-2000-ORLC/JE-R.MART. del 18 de diciembre del 2000; emitido por el Registro de Martilleros Publicos; y, CONSIDERANDO: Que, la interesada ha cumplido con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 004-2000-JUS, Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la SUNARP y de sus organos desconcentrados, modificado con el Decreto Supremo Nº 009-2000-JUS; con el Articulo 116º del Codigo de Comercio, modificado por el Decreto Ley Nº 18948; y con el Reglamento de Martilleros Publicos, aprobado por Resolucion Suprema del 27 de MORDAZA de 1914, reuniendo los requisitos necesarios para el desempeno del cargo de Martillero Publico a nivel nacional, segun se desprende de la documentacion que acompana su pedido; Que, asimismo, de acuerdo a lo regulado por la Resolucion Suprema Nº 008-90-ICTI/CO, modificada por Resolucion Suprema Nº 010-92-ICTI/DM, que establece las modalidades de garantia que deben prestar los que deseen ejercer el cargo de Martillero Publico, la recurrente ha optado por otorgar garantia efectiva hasta por una y media Unidades Impositivas Tributarias (UIT) a favor de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, mediante el deposito administrativo Nº 200000211862 del Banco de la Nacion; En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 8º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, aprobado por Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 185-96-SUNARP, la Resolucion Nº 022-95SUNARP, los Articulos 28º y 29º del Estatuto de la SUNARP aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS, y lo dispuesto por el Articulo 1º de la Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 131-96-SUNARP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para ejercer el cargo de Martillero Publico a nivel Nacional, con sujecion a las Leyes y disposiciones vigentes sobre la materia. Articulo Segundo.- La presente Resolucion constituye el titulo respectivo al que se refiere el Articulo 116º del Codigo de Comercio, modificado por el Decreto Ley Nº 18948, debiendo anotarse en el Registro de Martilleros Publicos de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao. Registrese, comuniquese y publiquese. C. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao 14748

CONSIDERANDO: Que, el Registro Publico de Mineria publicara mensualmente en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez, la relacion de concesiones mineras cuyos titulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Con la visacion de la Directora General de la Oficina de Concesiones Mineras; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 124º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM y el Articulo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- PUBLIQUESE, en el Diario Oficial El Peruano, la relacion de concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de noviembre del 2000, de acuerdo a la relacion adjunta que forma parte integrante de la presente resolucion y para los efectos a que se contraen los Articulos 125º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 25º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARTIEDA Jefe Institucional 14788

SUNAT
Precisan plazo en que podran realizarse las inscripciones en el RUC y las modificaciones de datos de deudores tributarios en el ano 2000
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 137-2000/SUNAT MORDAZA, 22 de diciembre de 2000 CONSIDERANDO: Que el Articulo 4º del Decreto Ley Nº 25734 faculta a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT a dictar las normas complementarias que regulen el funcionamiento del Registro Unico de Contribuyentes - RUC; Que mediante la Resolucion de Superintendencia Nº 141-99/SUNAT modificada por la Resolucion de Superintendencia Nº 091-2000/SUNAT, se aprobo el plan de implantacion del numero de RUC de once digitos; Que resulta necesario precisar el plazo para que los deudores tributarios actualicen sus datos ante la SUNAT, para efectos del numero de RUC de once digitos, asi como la fecha hasta la que se atenderan en el presente ano los tramites relacionados al RUC; En uso de la facultad otorgada por el Articulo 4º del Decreto Ley Nº 25734 y por el inciso p) del Articulo 6º del Texto Unico Ordenado del Estatuto de la SUNAT, aprobado por la Resolucion de Superintendencia Nº 041-98/ SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- En el presente ano, las inscripciones en el RUC asi como las modificaciones de los datos que contiene dicho registro, solo podran realizarse hasta el 26 de diciembre del ano 2000, inclusive. Articulo 2º.- Los contribuyentes y/o responsables cuya informacion registrada en la SUNAT contenga errores deberan acercarse a las oficinas de la SUNAT, de acuerdo a lo establecido por la Resolucion de Superintendencia Nº 091-2000/SUNAT, con su documento de identi-

RPM
Disponen publicar relacion de concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de noviembre del ano 2000
RESOLUCION JEFATURAL Nº 05154-2000-RPM/J MORDAZA, 19 de diciembre del 2000

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