Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2000 (12/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, miercoles 12 de enero del 2000

NORMAS LEGALES

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LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE BARRANCO CONSIDERANDO: Que, la Cuarta Disposicion Final del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, un importe no mayor al cero con 40/100 por ciento (0.4%) de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada ejercicio; Que, es necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2000; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades otorgadas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Articulo Primero.- Fijese en Once con 60/100 nuevos soles (S/. 11.60) el monto que deberan abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emision mecanizada y actualizacion de valores, determinacion del impuesto, incluyendo la distribucion de la declaracion jurada y determinacion del Impuesto Predial del ejercicio 2000. Articulo Segundo.- Encargar a la Oficina de Rentas y a la Unidad de Informatica el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase.

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Exoneran de procesos de seleccion la adquisicion y contratacion de servicios para recoleccion de residuos y desmonte y de suministros para vehiculos y equipos
RESOLUCION Nº 001-00-ALC/MDLV La MORDAZA, 4 de enero del 2000 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA Visto; el Acuerdo de Concejo Nº 045-99/MDLV, de fecha 30 de diciembre de 1999, que declara "En Situacion de Urgencia", los servicios de recoleccion de residuos solidos, recoleccion de maleza, recoleccion de desmonte, disposicion final (relleno sanitario) y riego por cisterna, asi como los suministros para los vehiculos y equipos para la prestacion de esos servicios; y, CONSIDERANDO:

MORDAZA MORDAZA DE CAPRIATA Alcaldesa 0297

Establecen monto minimo a pagar por Impuesto Predial correspondiente al ejercicio fiscal 2000
DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-2000-MDB Barranco, 5 de enero del 2000 LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE BARRANCO CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el MORDAZA parrafo del Articulo 13º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal, las municipalidades estan facultadas para establecer un monto minimo a pagar por concepto del Impuesto Predial equivalente al cero con 60/ 100 por ciento (0.6%) de la UIT vigente al 1 de enero del ano a que corresponde el impuesto; Que, el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al 1 de enero del ejercicio fiscal 2000 ha sido establecido en dos mil novecientos con 00/100 nuevos soles (S/. 2,900.00); En uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Articulo Primero.- Establecer en la jurisdiccion distrital de Barranco, que el importe minimo a pagar por concepto del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio fiscal 2000 es de diecisiete con 40/100 nuevos soles (S/. 17.40). Articulo Segundo.- Encargar a la Oficina de Rentas y a la Unidad de Informatica el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DE CAPRIATA Alcaldesa 0298

Que, de acuerdo con el Art. 191º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades gozan de autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en el mismo sentido, el inciso 6) del Art. 10º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, establece que las municipalidades son competentes para organizar, reglamentar y administrar los servicios publicos locales; Que, el Concejo Distrital de La MORDAZA, en atencion a la problematica existente respecto a la limpieza publica y otros servicios analogos, mediante Acuerdo de Concejo Nº 045-99-MDLV de fecha 30 de diciembre de 1999, declaro en Situacion de Urgencia, todos los servicios relacionados a la limpieza en el distrito, asi como los suministros para los vehiculos y equipos para la prestacion de estos servicios; Que, en los considerandos del Acuerdo de Concejo MORDAZA mencionado, se advierte entre otras consideraciones, que los servicios de recoleccion de residuos solidos, recoleccion de maleza, recoleccion de desmonte, disposicion final (relleno sanitario) y riego por cisterna, se encuentran en una situacion critica y de riesgo que hace peligrar su continuidad; Que, asimismo se advierte, que esta situacion no solo se traduce en la imposibilidad de cumplir de manera oportuna y eficiente con la prestacion de estos servicios basicos y esenciales, sino que se ve agravada por el deterioro de la salubridad del distrito con el consiguiente peligro de dano a la salud de la poblacion victoriana; Que, en ese mismo orden, a efectos de solucionar la situacion de los servicios MORDAZA mencionados, el Concejo Distrital de La MORDAZA faculto expresamente al senor MORDAZA, para que adopte todas las medidas necesarias para revertir y superar la situacion existente de tal manera que se asegure la continuidad de superar la situacion existente de tal manera que se asegure la continuidad de estos servicios basicos, en beneficio de la comunidad victoriana y en salvaguarda de la salubridad publica; Que, dada la "Situacion de Urgencia", de conformidad a lo dispuesto en el inciso C) del Art. 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley Nº 26850 cabe aprobar la exoneracion de los procesos de seleccion (Licitacion Publica y/o Concurso Publico), para la adquisicion y contratacion de bienes y/o servicios que permitan revertir la situacion existente, en el servicio integral de limpieza que brinda la municipalidad;

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