Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ENERO DEL AÑO 2000 (12/01/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 39

Pág. 182621 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 12 de enero del 2000 LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE BARRANCO CONSIDERANDO: Que, la Cuarta Disposición Final del Decreto Legisla- tivo Nº 776, Ley de Tributación Municipal faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emisión meca- nizada de actualización de valores, determinación de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, un importe no mayor al cero con 40/100 por ciento (0.4%) de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada ejercicio; Que, es necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2000; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- Fíjese en Once con 60/100 nuevos soles (S/. 11.60) el monto que deberán abonar los contri- buyentes por concepto de derecho de emisión mecanizada y actualización de valores, determinación del impuesto, incluyendo la distribución de la declaración jurada y determinación del Impuesto Predial del ejercicio 2000. Artículo Segundo.- Encargar a la Oficina de Rentas y a la Unidad de Informática el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSEFINA ESTRADA DE CAPRIATA Alcaldesa 0297 Establecen monto mínimo a pagar por Impuesto Predial correspondiente al ejercicio fiscal 2000 DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-2000-MDB Barranco, 5 de enero del 2000 LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE BARRANCO CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el segundo párrafo del Artículo 13º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal, las municipalidades están facul- tadas para establecer un monto mínimo a pagar por concepto del Impuesto Predial equivalente al cero con 60/ 100 por ciento (0.6%) de la UIT vigente al 1 de enero del año a que corresponde el impuesto; Que, el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al 1 de enero del ejercicio fiscal 2000 ha sido establecido en dos mil novecientos con 00/100 nuevos soles (S/. 2,900.00); En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgáni- ca de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- Establecer en la jurisdicción distrital de Barranco, que el importe mínimo a pagar por concepto del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio fiscal 2000 es de diecisiete con 40/100 nuevos soles (S/. 17.40). Artículo Segundo.- Encargar a la Oficina de Rentas y a la Unidad de Informática el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSEFINA ESTRADA DE CAPRIATA Alcaldesa 0298MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Exoneran de procesos de selección la adquisición y contratación de servi- cios para recolección de residuos y desmonte y de suministros para vehí- culos y equipos RESOLUCION Nº 001-00-ALC/MDLV La Victoria, 4 de enero del 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA VICTORIA Visto; el Acuerdo de Concejo Nº 045-99/MDLV, de fecha 30 de diciembre de 1999, que declara "En Situa- ción de Urgencia", los servicios de recolección de residuos sólidos, recolección de maleza, recolección de desmonte, disposición final (relleno sanitario) y riego por cisterna, así como los suministros para los vehículos y equipos para la prestación de esos servi- cios; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Art. 191º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades gozan de autono- mía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en el mismo sentido, el inciso 6) del Art. 10º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853, esta- blece que las municipalidades son competentes para orga- nizar, reglamentar y administrar los servicios públicos locales; Que, el Concejo Distrital de La Victoria, en atención a la problemática existente respecto a la limpieza pública y otros servicios análogos, mediante Acuerdo de Concejo Nº 045-99-MDLV de fecha 30 de diciembre de 1999, declaró en Situación de Urgencia, todos los servicios relacionados a la limpieza en el distrito, así como los suministros para los vehículos y equipos para la prestación de estos servi- cios; Que, en los considerandos del Acuerdo de Concejo antes mencionado, se advierte entre otras consideracio- nes, que los servicios de recolección de residuos sólidos, recolección de maleza, recolección de desmonte, disposi- ción final (relleno sanitario) y riego por cisterna, se en- cuentran en una situación crítica y de riesgo que hace peligrar su continuidad; Que, asimismo se advierte, que esta situación no sólo se traduce en la imposibilidad de cumplir de manera oportuna y eficiente con la prestación de estos servicios básicos y esenciales, sino que se ve agravada por el deterioro de la salubridad del distrito con el consiguiente peligro de daño a la salud de la población victoriana; Que, en ese mismo orden, a efectos de solucionar la situación de los servicios antes mencionados, el Concejo Distrital de La Victoria facultó expresamente al señor Alcalde, para que adopte todas las medidas necesarias para revertir y superar la situación existente de tal manera que se asegure la continuidad de superar la situación existente de tal manera que se asegure la con- tinuidad de estos servicios básicos, en beneficio de la comunidad victoriana y en salvaguarda de la salubridad pública; Que, dada la "Situación de Urgencia", de conformi- dad a lo dispuesto en el inciso C) del Art. 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley Nº 26850 cabe aprobar la exoneración de los procesos de selección (Licitación Pública y/o Concurso Público), para la adquisición y contratación de bienes y/o servi- cios que permitan revertir la situación existente, en el servicio integral de limpieza que brinda la municipa- lidad;