Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2000 (12/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, miercoles 12 de enero del 2000

NORMAS LEGALES

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de acuerdo con los proyectos que seran aprobados por LUZ DEL SUR. - INSTALACIONES TELEFONICAS.- Para las instalaciones telefonicas, la interesada, debera coordinar con la Gerencia de Proyectos de Planta Externa de dicha compania, para la instalacion de ductos y camaras y la reserva de areas para centrales. Articulo Tercero.- La propietaria de la habilitacion no esta autorizada a celebrar contratos de venta garantizada sobre el area util de la presente habilitacion. Articulo Cuarto.- La publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano estara a cargo de los interesados debiendo efectuarse en un plazo no mayor de 30 dias calendario contados a partir de su notificacion. Articulo Quinto.- Transcribir la presente Resolucion a la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA para su conocimiento, a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao para su inscripcion correspondiente. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA Directora Municipal Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA 0300

Los propietarios adquieren la calidad de responsables cuando cedan el uso del predio bajo cualquier titulo a terceros siempre que no presenten declaracion jurada de inquilinos. "Articulo 3º.- NACIMIENTO DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA La Obligacion Tributaria nace desde el mes siguiente que se adquiere la condicion de propietario o poseedor del predio bajo cualquier titulo. "Articulo 5º.- PERIODICIDAD Y DETERMINACION DE LA OBLIGACION Los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo son de periodicidad mensual. Articulo Segundo.- La Obligacion del pago de las cuotas se realizara el ultimo dia habil del mes a pagar. Podra optarse la cancelacion de todas las cuotas dentro del plazo de vencimiento de la primera, en cuyo caso se concedera un descuento del 10% del monto total a pagar por el ejercicio fiscal. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza rige a partir del dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA DE CAPRIATA Alcaldesa 0303

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Modifican regulacion de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo
ORDENANZA Nº 025-MDB Barranco, 5 de enero del 2000 LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE BARRANCO POR CUANTO: El Concejo Distrital de la Municipalidad de Barranco, en Sesion Ordinaria de la fecha adopto por mayoria; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce a los gobiernos locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y les otorga potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, en los gobiernos locales, el Concejo Municipal cumple con la funcion normativa, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru; Que, mediante la presente MORDAZA se modifica la Ordenanza Nº 001-99-MDB y se establece el MORDAZA MORDAZA legal aplicable a los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo a fin de facilitar su administracion y mejor recaudacion; Que, estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Modificanse los Articulos Nºs. 02, 03 y 05 de la Ordenanza Nº 001-99-MDB; con el siguiente texto: "Articulo 2º.- DE LOS CONTRIBUYENTES Son contribuyentes de los arbitrios regulados por la presente Ordenanza los propietarios o poseedores de los predios cuando los habiten, desarrollen actividades en ello o se encuentren desocupados.

Establecen importes de arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines, y Serenazgo, correspondientes al ejercicio fiscal 2000
ORDENANZA Nº 026-MDB Barranco, 5 de enero del 2000 LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE BARRANCO POR CUANTO: El Concejo Distrital de la Municipalidad de Barranco, en Sesion Ordinaria de la fecha adopto por mayoria; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanzas Nºs. 002-99-MDB y 004-99-MDB se aprobo los importes de los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 1999 de la jurisdiccion de Barranco, con la finalidad de facilitar su administracion, y para garantizar su equitativa administracion entre los contribuyentes; Que, el Articulo 69º de la Ley de Tributacion Municipal aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 776 establece que anualmente se aprobaran los criterios de determinacion y tasas o los importes fijos de los Arbitrios que resulten aplicables al ejercicio; Que, resulta necesario establecer los importes de los Arbitrios para el ejercicio 2000; Que, a fin de no incrementar la carga economica de los contribuyentes, se ha estimado conveniente aplicar los mismos importes del ejercicio 1999 ajustados con el indice de precios al consumidor; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; ha aprobado la siguiente:

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