Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2000 (12/01/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 12 de enero del 2000

recursos hidrobiologicos, con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo debera implementar un sistema de control del MORDAZA que garantice la optima calidad del producto final, asi como cumplir con las normas y procedimientos para evitar la contaminacion maritima. Articulo 4º.- El incumplimiento de lo establecido en el articulo precedente de la presente Resolucion sera causal de caducidad del derecho otorgado. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Procesamiento Pesquero (e) 0290

Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con BOGA COMUNICACIONES S.A. para la prestacion del servicio publico al que se refiere el articulo precedente, el cual consta de veinticinco (25) clausulas y tres (3) anexos que forman parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representacion del Ministerio, suscriba el contrato de concesion que se aprueba mediante la presente Resolucion Ministerial. Articulo 4º.- MORDAZA de la suscripcion del contrato de concesion, BOGA COMUNICACIONES S.A. debera cumplir con el pago del derecho de concesion, del canon, si corresponde, y de la publicacion de esta resolucion. Articulo 5º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias calendario computados a partir de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese.

MTC
Otorgan concesion a empresa para la prestacion de servicio publico telefonico fijo local
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 028-2000-MTC/15.03 MORDAZA, 10 de enero del 2000 Vista la solicitud presentada por BOGA COMUNICACIONES S.A., sobre otorgamiento de concesion para la prestacion del servicio publico telefonico fijo local en las modalidades de abonados y telefonos publicos en el departamento de MORDAZA y en la Provincia Constitucional del Callao. CONSIDERANDO: Que, conforme al Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 006-94-TCC y sus modificatorias, y el Decreto Supremo Nº 007-97-MTC, corresponde a este Ministerio las atribuciones y facultades de administrar, asignar y controlar, entre otros, el servicio publico telefonico fijo local, asi como las atribuciones referidas al otorgamiento de las concesiones de este, las que se perfeccionan mediante contrato escrito aprobado por resolucion del Titular del Sector; Que, habiendo verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para el otorgamiento de concesion del servicio publico telefonico fijo local en las modalidades de abonados y telefonos publicos, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 243-99-MTC/15.03.UECT, opina que es procedente la solicitud de BOGA COMUNICACIONES S.A.; Que, estando a lo expuesto en los anteriores considerandos, corresponde otorgar la concesion solicitada, aprobar el contrato de concesion y autorizar su suscripcion; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 006-94-TCC, 007-97-MTC, 005-98-MTC, 022-98-MTC y 002-99-MTC; Con la opinion favorable del Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a BOGA COMUNICACIONES S.A. concesion para la explotacion del servicio publico telefonico fijo local en las modalidades de abonados y telefonos publicos por el plazo de veinte (20) anos en el area que comprende el departamento de MORDAZA y en la Provincia Constitucional del Callao.

MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 0345

PODER JUDICIAL
Aprueban Reglamento de funcionamiento y operatividad del Registro Nacional de Internos Procesados y Sentenciados
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 022-SE-TP-CME-PJ MORDAZA, 11 de enero del 2000 VISTO: El Oficio Nº 002-1999-P-RENINPROS-PJ, cursado por el senor Presidente de la Comision de elaboracion del Reglamento del Registro Nacional de Internos Procesados y Sentenciados. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Administrativa del Titular del Pliego del Poder Judicial Nº 148-99-SE-TP-CME-PJ se aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Gerencia General del Poder Judicial; Que, dicho instrumento normativo crea el Registro Nacional de Internos Procesados y Sentenciados, como uno de los servicios judiciales a cargo de la Gerencia de Servicios Judiciales de la Gerencia General del Poder Judicial, destinado a registrar a traves de un sistema automatizado de informacion, a las personas sujetas a investigacion penal que se encuentren privadas de su libertad; asi como aquellas sentenciadas a pena privativa de la MORDAZA efectiva; Que, con Resolucion Administrativa de la Gerencia General del Poder Judicial Nº 0129-99-GG-PJ, se conforma la Comision de trabajo encargada de la elaboracion del mencionado reglamento, integrada por senores Magistrados y Funcionarios de la Gerencia General; la misma que ha presentado el proyecto respectivo para su aprobacion a traves del documento de visto; Que, por mandato expreso de la Ley Nº 26546 ampliada y modificada por las Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009 las funciones de gobierno y gestion del Poder Judicial son asumidas por una Comision Ejecutiva, la cual nombrara a un Secretario Ejecutivo quien asumira la titularidad del pliego presupuestal de dicho Poder del Estado;

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