Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2000 (13/01/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 13 de enero del 2000

Ejercicio Fiscal 2000 y la Ley Nº 23853 - Organica de Municipalidades y aprobado por Unanimidad; ACUERDA: Articulo Primero.- Aprobar el Plan Operativo Institucional y el Presupuesto Anual de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, para el periodo comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre del 2000. Articulo Segundo.- El Presupuesto asciende a la cantidad de Catorce Millones Setecientos Setentiun Mil Quinientos Setentidos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 14'771,572.00), responde a las expectativas de ingresos calculadas sobre la base de los contribuyentes y facturacion de 1999. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion Municipal y Direccion de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion la remision del presente Presupuesto Municipal a la Municipalidad Metropolitana de Lima. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 0364

Articulo Segundo.- Facultese a la Direccion Municipal, para que adopte las medidas necesarias a efectos de superar la Situacion de Urgencia de los Servicios Publicos MORDAZA descritos. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 0361

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Prorrogan plazo de amnistia tributaria otorgada a favor de contribuyentes del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 14-99-MDSM San MORDAZA, 29 de diciembre de 1999 LA ALCALDIA: CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Concejo Municipal cumple su funcion normativa, entre otros mecanismos, a traves de la Ordenanza Municipal, la cual, de conformidad con el inciso 4) del Articulo 200º de la Constitucion del Estado tiene rango de ley, al igual que las leyes propiamente dichas, los Decretos Legislativos, los Decretos de Urgencia y las normas regionales de caracter general; Que, en concordancia con la autonomia politica de la que gozan las Municipalidades, mediante Ordenanza Nº 17-99 publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 19 de noviembre de 1999, modificada por la Ordenanza Nº 21-99 de fecha 22 de diciembre de 1999, se dispuso conceder amnistia a favor de los contribuyentes de San MORDAZA, a partir de su entrada en vigencia y hasta el 30 del mes de diciembre de 1999, respecto de las multas administrativas, asi como de todas las obligaciones tributarias por Impuesto Predial, Impuesto de Alcabala, Tasa de Licencia de Funcionamiento y Arbitrios Municipales; Que, en la misma MORDAZA se autorizo a la Alcaldia para que dicte las disposiciones reglamentarias de la Ordenanza citada; Que, en ese sentido es preocupacion de la Alcaldia brindar a los vecinos del distrito las facilidades del caso para que puedan cumplir con el pago de sus obligaciones, teniendo en cuenta ademas la dificil situacion economica y la imposibilidad del pago oportuno de las deudas pendientes con el Municipio; Por lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6) del Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades y a lo dispuesto en el Articulo 9º de la Ordenanza Nº 17-99; DECRETA: Articulo Primero.- Prorroguese hasta el dia 15 de enero del ano 2000 el plazo previsto en el Articulo 1º de la Ordenanza Nº 17-99, manteniendose vigente en lo demas que contiene, incluida su modificatoria. Articulo Segundo.- Las Oficinas de Rentas, Informatica, Administracion, Imagen Institucional y Ejecutoria Coactiva quedan encargadas del cumplimiento y difusion del presente Decreto. POR TANTO: Mando se registre, publique, comunique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 0379

Declaran en situacion de urgencia servicios de barrido de calles y dotacion de recursos humanos
ACUERDO DE CONCEJO Nº 65-99 Pueblo Libre, 29 de diciembre de 1999 VISTO: En sesion de la fecha, la propuesta de la Direccion Municipal, a efecto de declarar en Situacion de Urgencia los Servicios Publicos de Barrido de Calles y Dotacion de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 71º de la Ley Nº 23853 - Organica de Municipalidades, establece en su inciso 4) que las Municipalidades Distritales son competentes para sostener o supervigilar, los servicios publicos esenciales para la comunidad; Que, los servicios de Barrido de Calles y Dotacion de Recursos Humanos, que se han venido brindando fueron contratados hasta el 31 de diciembre de 1999; Que, conforme al Memorandum Nº 672-99-MPL/DM, la Empresa Coopetrasi, que venia brindando dichos servicios ha sido inhabilitada para contratar con el Estado; Que, la Ley Nº 26850, que aprueba la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en su Articulo 21º faculta a los gobiernos locales para declarar la situacion de urgencia cuando la ausencia de un servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad del mismo; Que, estando a lo anteriormente expuesto, de conformidad con el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, a lo estipulado por la Ley Nº 26850 y con las facultades conferidas en la Ley Nº 23853 Organica de Municipalidades, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta y por UNANIMIDAD; SE ACORDO: Articulo Primero.- Declarar en situacion de URGENCIA, los servicios de Barrido de MORDAZA y dotacion de recursos humanos por el periodo de 30 dias calendario.

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