Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ENERO DEL AÑO 2000 (13/01/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 31

Pág. 182669 NORMAS LEGALES Lima, jueves 13 de enero del 2000 Que adicionalmente, en la medida que reduce los costos asociados a la tramitación de las solicitudes de patentes para los inventores peruanos en el exterior, constituye una medida que contribuirá a incrementar la competitividad de las empresas nacionales; Que la suscripción del citado Tratado permitirá mejo- rar la percepción de los inversionistas extranjeros y de funcionarios de gobiernos de otros países acerca de la protección de la propiedad intelectual en el Perú, brin- dando una señal positiva acerca de los progresos que el Estado peruano viene promoviendo en ese campo; Que es propósito del Indecopi propiciar mecanismos que contribuyan a la participación de la sociedad civil en el examen y análisis de los temas del ámbito de su competencia que puedan ser materia de perfecciona- miento normativo, pues considera que la democratización del proceso de una propuesta legislativa es fundamental para que el marco legal que finalmente se introduzca adquiera legitimidad frente a los usuarios de esa norma y con ello genere credibilidad y confianza; Que en ese sentido y de conformidad con la política aprobada por el Directorio del Indecopi mediante Resolu- ción Nº 041-1998-INDECOPI/DIR de fecha 17 de noviem- bre de 1998, publicada el 18 de noviembre de 1998, se debe recoger sugerencias y comentarios de la ciudadanía para luego elaborar una nueva versión de las propuestas plan- teadas que incorporen tales sugerencias y comentarios, para recién someterlas a consideración de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que por lo antes expuesto y considerando la trascen- dencia del contenido del referido Documento de Trabajo, resulta oportuno ponerlo a consideración de la sociedad civil en su conjunto y del país, con la finalidad de recibir las sugerencias y comentarios que se tengan a bien formu- lar hasta el 15 de febrero del 2000; Estando a lo acordado por el Directorio del Instituto en su Sesión de fecha 21 de diciembre de 1999; y En uso de las facultades que confiere el Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la publicación, en Separata Especial de las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, del Documento de Trabajo Nº 004-1999, elaborado por el Area de Estudios Económicos del Indecopi denominado "Ventajas de la Adhesión del Perú al Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT)", a través del cual se describe el pro- cedimiento de solicitud de registro de patentes contemplado por dicho Tratado y sus ventajas respecto del sistema tradicio- nal, así como un análisis del impacto esperado de la adhesión del Perú al referido instrumento sobre el mercado peruano con especial énfasis en los productores nacionales y extranje- ros y una propuesta de agenda de trabajo con miras a la suscripción de este Tratado por parte del Perú, con la finalidad de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía, hasta el día 15 de febrero del 2000. Artículo Segundo .- Dispóngase, asimismo, la publica- ción del Documento de Trabajo referido en el artículo anterior, en la Página Web del Indecopi ( http://www.in- decopi.gob.pe ) con el objeto que la ciudadanía en general pueda conocer su contenido. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ BOZA DIBOS Presidenta del Directorio 0374 Aceptan renuncia de miembro de la Comisión de Reestructuración Patrimo- nial de la Oficina Descentralizada en Arequipa RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 131-1999-INDECOPI/DIR Lima, 21 de diciembre de 1999CONSIDERANDO: Que conforme al Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 788, el Indecopi se encuentra facultado a delegar sus funciones por medio de la suscripción de Convenios con organismos, instituciones o entidades públicas, colegios profesionales o entidades gremiales de reconocido presti- gio; Que en ese contexto, el Indecopi suscribió un Convenio de Delegación de Funciones con la Cámara de Comercio e Industria de Arequipa, a través del cual se delegaron funciones relativas a la Comisión de Reestructuración Patrimonial; Que por Resolución Nº 030-1998-INDECOPI/DIR, de fecha 16 de setiembre de 1998, se designó al señor Luis Alonso García Muñoz Najar como miembro de la citada Comisión de Reestructuración Patrimonial que opera en la Oficina Descentralizada del Indecopi en Arequipa; Que el señor Luis Alonso García Muñoz Najar ha presentado renuncia al referido cargo; Que el Directorio del Instituto en su Sesión de fecha 21 de diciembre de 1999 ha acordado aceptar la referida renuncia; De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo Unico.- Aceptar, a partir del 31 de diciem- bre de 1999, la renuncia presentada por el señor Luis Alonso García Muñoz Najar al cargo de miembro de la Comisión de Reestructuración Patrimonial de la Oficina Descentralizada del Indecopi en Arequipa, agradeciéndo- le los valiosos servicios prestados a la institución. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ BOZA DIBOS Presidenta del Directorio 0371 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Prorrogan vigencia de Acuerdo de Con- cejo que mantiene montos de remu- neración de alcalde metropolitano y de dieta de regidores por asistencia a se- siones de concejo ACUERDO DE CONCEJO Nº 002 Lima, 10 de enero del 2000 EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Visto en Sesión Ordinaria de la fecha, la propuesta presentada por el señor Alcalde sobre Dietas por Asisten- cia a Sesiones de Concejo y Remuneración del Alcalde y de acuerdo con el Dictamen Nº 001-2000-MML/CEPP de la Comisión de Economía, Planificación y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 21º de la Ley Orgánica de Municipali- dades, modificado por el Artículo 1º de la Ley Nº 26317, establece que los Alcaldes y Regidores son rentados; Que, asimismo, la norma antes citada establece que el monto de las dietas que corresponde percibir a los Regido- res, se encuentra condicionada a la factibilidad presu- puestal, a la disponibilidad de los recursos propios de cada Municipalidad y la adopción del Acuerdo respectivo;