Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2000 (13/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, jueves 13 de enero del 2000

NORMAS LEGALES

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028-99/CDLO, Nº 029-99/CDLO, Nº 34-99/CDLO y Nº 3599/CDLO. Articulo Segundo.- EL BENEFICIO de condonacion prorrogado en el articulo precedente, incluye todas aquellas obligaciones tributarias que hayan sido materia de fraccionamiento, previa deduccion del Interes Moratorio, factor de ajuste del interes del fraccionamiento sobre cuotas pendientes de cancelacion. Articulo Tercero.- PRECISESE que aquellos valores tributarios que a la vigencia de la presente ordenanza MORDAZA materia de Reclamacion, podran acogerse al presente beneficio en cualquier estado del MORDAZA, previa MORDAZA de la solicitud de desistimiento. Articulo Cuarto.- CONCEDER el beneficio de fraccionamiento de los montos insolutos de las deudas tributarias de periodos vencidos, anteriores al presente Ejercicio Fiscal. Articulo Quinto.- INCLUYASE dentro de los alcances de la presente ordenanza a aquellos valores tributarios que se encuentren en Cobranza Coactiva, precisandose que los gastos administrativos y Costas Procesales generados no son materia de condonacion. Articulo Sexto.- ENCARGAR, a la Direccion de Rentas, el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza y a la Unidad de Imagen Institucional la difusion de la misma. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 0381

debate el Concejo Municipal por unanimidad aprueba lo siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Otorgar a los Mercados de Abastos ubicados en la jurisdiccion de Pueblo Libre, la rebaja de pago de los arbitrios municipales de limpieza publica, parques y jardines publicos, relleno sanitario y serenazgo, respecto del local, debiendo pagar cada uno de sus integrantes la suma mensual de S/. 15.00 cantidad que corresponde al pago total de los arbitrios mencionados, beneficio que se concede por el periodo de 1999. Articulo Segundo.- El ultimo dia de plazo para acogerse al beneficio establecido en el Articulo Primero es el 29 de febrero del 2000. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 0358

Aprueban Plan Operativo Institucional y Presupuesto Anual de la municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 64-99-MPL Pueblo Libre, 29 de diciembre de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Visto en Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 29 de diciembre de 1999, el punto referente al Dictamen de la Comision de Planificacion, Administracion y Asuntos Legales, sobre aprobacion del Plan Operativo Institucional y Presupuesto para el ano 2000 de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre; CONSIDERANDO: Que, el Art. 22º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, establece que los Gobiernos Locales formulan sus respectivos presupuestos de acuerdo a las orientaciones y directivas que emite la Direccion Nacional de Presupuesto Publico; Que, para la programacion y Formulacion del Presupuesto de la Municipalidad de Pueblo Libre, se ha seguido con las orientaciones contenidas en la Directiva Nº 007-99-EF/76.01 Directiva para la Programacion, Formulacion y Aprobacion de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales para el Ano Fiscal 2000; Que, el Art. 103º de la Ley Nº 23853 - Organica de Municipalidades, senala que los Municipios se rigen por Presupuestos anuales que deben ser expresion financiera de los respectivos planes integrales de Desarrollo Local; Que, es necesario recoger los principios basicos establecidos en la Ley Nº 27209 Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, para que el Presupuesto Municipal no constituya un simple documento de aprobacion de ingresos y gastos, sino que se conciba como un verdadero instrumento de la Gestion Economica y Financiera de las Municipalidades, estructura programatica del Presupuesto Municipal; Que, es atribucion del Concejo Municipal aprobar mediante Acuerdo el Presupuesto Anual segun el Articulo 36º, Inc. 4) de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades; Estando a lo expuesto, de conformidad con el Art. 22º de la Ley Nº 27209 Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Otorgan a mercados de abastos del distrito beneficio de reduccion del pago de diversos arbitrios
ORDENANZA Nº 15-99/MPL Pueblo Libre, 29 de diciembre de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE CONSIDERANDO: Que, es politica de la actual administracion edilicia consciente de la situacion economica por la que atraviesan los diversos mercados de abastos de esta jurisdiccion, brindar el MORDAZA apoyo a efectos de lograr el desarrollo de sus actividades, la efectiva prestacion de servicios a la comunidad y facilitar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias; Que, el inciso b) de la MORDAZA IV: MORDAZA de legalidad- Reserva de la Ley del Codigo Tributario Decreto Legislativo Nº 816, establece que solo por ley se puede conceder exoneraciones y otros beneficios tributarios; Que, los gobiernos locales, mediante Ordenanzas, pueden crear, modificar y suprimir sus arbitrios o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; De conformidad con el inciso 3) del Art. 36º y el Art. 110º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853 y el Decreto Legislativo Nº 776. Sometido a

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