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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ENERO DEL AÑO 2000 (19/01/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 32

Pág. 182862 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 19 de enero de 2000 MUNICIPALIDAD DE LINCE Establecen importes de arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines, y Seguridad Ciudadana correspon- dientes al ejercicio 2000 ORDENANZA Nº 015 Lince, 14 de enero del 2000 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE; POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, se dio cuenta del Oficio Nº 002-00-MDL/OR, de fecha 12 de enero del 2000, sobre el Proyecto de Ordenanza que establece Montos de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana para el año 2000; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 001-99-MDL, se aprobó la Ordenanza Marco del Régimen Tributario de los Arbi- trios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguri- dad Ciudadana para la jurisdicción de la Municipalidad Distrital de Lince, con la finalidad de facilitar su adminis- tración y para garantizar su equitativa distribución entre los contribuyentes; Que, la citada norma establece que anualmente, me- diante Ordenanza y de conformidad con el Artículo 69º de la Ley de Tributación Municipal aprobada mediante De- creto Legislativo Nº 776; se aprobará los criterios de Determinación y las tasas o los importes fijos de los arbitrios que resulten aplicables al ejercicio; Que, asimismo, mediante Ordenanza Nº 002-99-MDL, se establecieron los importes de Arbitrios de Limpieza, Parques y Jardines Públicos y Seguridad Ciudadana, correspondiente al ejercicio 1999; Que resulta necesario establecer los importes de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Seguridad Ciudadana correspondiente al Ejercicio 2000; Que, a fin de no incrementar la carga económica de los Contribuyentes de la jurisdicción del distrito de Lince, cons- ciente de la difícil situación socio económica por la que atraviesa el país en la que están inmersos los vecinos de Lince se ha considerado conveniente aplicar los mismos criterios de Determinación que establecieron los importes de los Arbitrios Municipales del ejercicio fiscal anterior; Que, la IV Disposición Final del Decreto Legislativo Nº 776 faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determina- ción del tributo y de recibos de pago correspondiente incluyen- do su distribución a domicilio con importe no mayor al 0.4 de la UIT vigente al 1 de enero de cada ejercicio; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; con las dispensas del trámite de Comisiones y de lectura y aprobación del Acta; POR UNANIMIDAD, el Concejo sancionó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE MONTOS A COBRAR ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SEGURIDAD CIUDADANA Artículo 1º.- Aplíquese para el ejercicio 2000 los criterios de determinación que establecen los importes de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana del Ejercicio fiscal anterior. Artículo 2º.- Cuando se haga referencia a la estruc- tura de los criterios de determinación establecidos en los capítulos II, III y IV de la Ordenanza Nº 002-99-MDL, y Nº 001-98-MDL, las Unidades Impositivas Tributarias se entenderán referidas a la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero del 2000. Artículo 3º.- Aplíquese para el presente ejercicio el monto por concepto de emisión mecanizada de actualiza-ción de valores de determinación del tributo y recibo de pago de los Arbitrios Municipales el 0.4% de la UIT vigente (0.96 mensual). Artículo 4º.- Encárguese a las Oficinas de Rentas, Administración e Informática el cumplimiento de la pre- sente Ordenanza y a Secretaría General la publicación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. WALDO OLIVOS VILLARREAL Alcalde 0621 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Autorizan emisión mecanizada de Declaración Jurada del Impuesto Pre- dial y recibos de pago DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-2000-MDSA Santa Anita, 11 de enero del 2000 Visto el Informe Nº 018-2000-DR/MDSA de la Direc- ción de Rentas de la Municipalidad Distrital de Santa Anita sobre la emisión mecanizada de la Declaración Jurada de Autoavalúo y los recibos del Impuesto Predial correspondientes al año 2000; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal se determina los mecanismos para la afectación, recaudación, procedimiento, fechas de ven- cimiento de pago y la escala de valores para la aplicación del Impuesto al Valor de la Propiedad Predial; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 075-96-MDSA de fecha 27 de noviembre de 1996, se establece un nuevo régimen de administración de los recursos económicos de la Municipalidad, efectuando las emisiones mecanizadas de los impuestos, arbitrios y tasas municipales de la jurisdicción del distrito a fin de hacer efectiva las cobran- zas por el sistema bancario; En uso de las facultades conferidas en el Art. 111º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE DECRETA: Artículo Primero.- Autorizar a la Administración Municipal la emisión mecanizada de la Declaración Jura- da del Impuesto Predial y su correspondiente recibo de pago cuyas fechas de vencimiento se indican a conti- nuación: PAGO AL CONTADO :El 29 de febrero del 2000 PAGO EN FORMA FRACCIONADA :En cuatro (4) cuotas trimestrales 1er. Trimestre vence el 29 de febrero de 2000 2do. Trimestre vence el 31 de mayo del 2000 3er. Trimestre vence el 31 de agosto del 2000 4to. Trimestre vence el 30 de noviembre del 2000 Artículo Segundo.- El costo por concepto de emisión mecanizada de la Declaración Jurada, recibos de pago, incluida su distribución a domicilio será de S/. 11.60 Nuevos Soles por contribuyente, distribuidos en cuatro cuotas iguales en cada uno de los recibos de pago trimes- tral. Artículo Tercero.- Disponer el cumplimiento de la presente a través de la Dirección de Rentas y Dirección de Administración. Regístrese, comuníquese y archívese. OSIRIS FELICIANO MUÑOZ Alcalde 0663