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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2000 (12/02/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 16

Pág. 183682 NORMAS LEGALES Lima, sábado 12 de febrero de 2000 Designan Secretaria General del Minis- terio RESOLUCION SUPREMA Nº 038-2000-JUS Lima, 11 de febrero del 2000 CONSIDERANDO: Que se encuentra vacante el cargo público de confianza de Secretario General (F-6), del Ministerio de Justicia; Que es necesario designar al funcionario que ocupará dicho cargo; De conformidad con los Decretos Legislativos Nºs. 560 y 276 y Decretos Leyes Nºs. 25515, 25957 y 25993; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar, a partir de la fecha, a la doctora Margarita Milagro Delgado Arroyo, como Secretaria Gene- ral (F-6), del Ministerio de Justicia. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Ministro de Justicia 1757 P R E S Declaran improcedente impugnación contra la R.S. Nº 190-99-PRES RESOLUCION SUPREMA Nº 016-2000-PRES Lima, 8 de febrero del 2000 Visto, el Recurso de Apelación interpuesto por don Juan Miguel Tercero Pérez Vásquez contra la Resolución Supre- ma Nº 190-99-PRES de 2 de diciembre de 1999; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 135-99-PRES de fecha 7 de agosto de 1999, se dio por concluida la designa- ción del señor Juan Miguel Tercero Pérez Vásquez como Jefe de la Oficina Regional de Auditoría Interna del Consejo Transitorio de Administración Regional de Ucayali y se designó al profesional que asumiría el cargo de Gerente Regional de Control Interno del CTAR UCAYALI, en obser- vancia de la Directiva Nº 018-96-CG/CE, aprobada median- te Resolución de Contraloría Nº 192-96-CG/CE; Que, con fecha 23 de agosto de 1999, interpone Recurso de Reconsideración contra la Resolución Suprema Nº 135- 99-PRES citada, a fin que se revoque por considerar inapli- cable a su caso la Directiva Nº 018-96-CG/CE citada; Que, mediante Resolución Suprema Nº 190-99-PRES de fecha 2 de diciembre de 1999, publicada el 6 de diciembre de 1999, se declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto y, en consecuencia, se confirmó la Resolución Suprema Nº 135-99-PRES impugnada pues, conforme se aprecia de la parte considerativa de la misma, mediante Carta Nº 003-99-JMTPV de 3 de setiembre de 1999, el recurrente solicitó la cancelación de todos sus derechos y beneficios sociales convalidando su cese; Que, con fecha 27 de diciembre de 1999, el recurrente interpone recurso de apelación contra la Resolución Supre- ma Nº 190-99-PRES que declaró infundado su recurso de reconsideración, a fin que el Presidente del Consejo de Ministros, como autoridad superior en grado, la revoque y, reformándola, disponga la nulidad de las resoluciones ma- teria de impugnación; Que, la Resolución Suprema Nº 190-99-PRES materia de apelación, agotó la vía administrativa, de conformidad con el Artículo 8º del Texto Unico Ordenado de la Ley deNormas Generales de Procedimientos Administrativos, en cuanto ella ha sido emitida por autoridad no sujeta a subordinación jerárquica superior en la vía administrativa; Que, de conformidad con los Artículos 123º de la Cons- titución, 15º y 16º del D. Leg. Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y 6º del D.S. Nº 041-94-PCM - Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, el Presidente del Consejo de Ministros no es instancia superior en grado en la vía administrativa para resolver la apelación presentada por el recurrente, siendo por ello improcedente; Que, adicionalmente debe señalarse que la Contraloría General, como ente rector del Sistema Nacional de Control, ha emitido pronunciamiento en el sentido que la designa- ción del Gerente de Control Interno del CTAR UCAYALI es procedente y ha sido efectuado conforme a la Ley Nº 26922 del 2 de febrero de 1998, Ley Marco de Descentralización y Directiva Nº 018-96-CG/CE; Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por el señor Juan Miguel Tercero Pérez Vásquez y, en consecuencia, confirmar la Resolución Suprema Nº 190-99-PRES de fecha 2 de diciembre de 1999. Artículo 2º.- Dar por agotada la vía administrativa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de la Presidencia 1758 RELACIONES EXTERIORES Autorizan al INRENA efectuar pago de cuotas a diversos organismos interna- cionales RESOLUCION SUPREMA Nº 070-2000-RE Lima, 11 de febrero del 2000 VISTO: El Oficio Nº 001-2000-INRENA-J-OP, del 5 de enero de 2000, del Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRE- NA) -Ministerio de Agricultura-, en el que solicita al Minis- terio de Relaciones Exteriores se elabore la Resolución Suprema respectiva que permita regularizar los pagos de cuotas efectuados en 1999 a diversos Organismos Interna- cionales de los cuales el Perú es miembro; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 11º numeral 11.3 de la Ley Nº 27212, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2000, permite a las Entidades del Sector Público pagar, con cargo a sus recursos, las cuotas del Gobierno peruano a los Organismos Internacionales de los cuales el Perú es país miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los Organismos Internacionales priorizados que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficio de los flujos de Cooperación de Asistencia Técnica Internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de las cuotas a los mencionados Organismos Internacionales, con cargo al presupuesto del Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA) -Ministerio de Agricultura-; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar en vía de regularización al Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA) -