Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2000 (12/02/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, sabado 12 de febrero de 2000
RESUELVE:

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

Pag. 183699

Articulo Primero.- Cancelar en el Registro Oficial de Corredores de Seguros el Certificado de Inscripcion Nº N0030 del senor MORDAZA Guimet MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- La cancelacion del registro a que se refiere el Articulo Primero de la presente Resolucion no exime al senor Guimet del cumplimiento de las obligaciones que se hayan contraido con esta Superintendencia o con terceros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CORROCHANO MORAL Superintendente Adjunto de Seguros 1687 RESOLUCION SBS Nº 0087-2000 MORDAZA, 10 de febrero de 2000 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA:

Que, con fecha 5 de MORDAZA de 1971 se autorizo la inscripcion del senor MORDAZA del MORDAZA MORDAZA, en el Registro Nacional de Productores de Seguros hoy Registro del Sistema de Seguros, otorgandole el Certificado Nº N-0519; Que, con fecha 25 de enero del ano 2000 el senor Del MORDAZA solicita la cancelacion de su Registro por motivos personales como consta en sus comunicaciones, las cuales obran en su expediente; y, De conformidad con lo dispuesto por la Resolucion SBS Nº 1058-99, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, modificada por las Leyes Nºs. 27008 y 27102; y, en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Articulo Unico.- Cancelar en el Registro Oficial de Corredores de Seguros el Certificado de Inscripcion Nº N0519 del senor MORDAZA del MORDAZA MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese.

La solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA Banchero Rossi respecto a la cancelacion de su certificado de inscripcion en el Registro del Sistema de Seguros - Libro II de Corredores de Seguros, Seccion A - Personas Naturales; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 14 de octubre de 1996 mediante Resolucion SBS Nº 683-96 se autorizo la inscripcion del senor MORDAZA MORDAZA Banchero Rossi, en el Registro Oficial de Corredores de Seguros hoy Registro del Sistema de Seguros, otorgandole el Certificado Nº N-3199; Que, con fecha 24 de enero del ano 2000 el senor Banchero solicita la cancelacion de su Registro por motivos personales como consta en sus comunicaciones, las cuales obran en su expediente; y, De conformidad con lo dispuesto por la Resolucion SBS Nº 1058-99, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, modificada por las Leyes Nºs. 27008 y 27102; y, en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Articulo Primero.- Cancelar en el Registro Oficial de Corredores de Seguros el Certificado de Inscripcion Nº N3199 del senor MORDAZA MORDAZA Banchero Rossi, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- La cancelacion del registro a que se refiere el Articulo Primero de la presente Resolucion no exime al senor Banchero del cumplimiento de las obligaciones que se hayan contraido con esta Superintendencia o con terceros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CORROCHANO MORAL Superintendente Adjunto de Seguros 1688 RESOLUCION SBS Nº 0088-2000 MORDAZA, 10 de febrero de 2000 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el senor MORDAZA del MORDAZA MORDAZA respecto a la cancelacion de su certificado de inscripcion en el Registro del Sistema de Seguros - Libro II de Corredores de Seguros, Seccion A. Personas Naturales; y,

MORDAZA CORROCHANO MORAL Superintendente Adjunto de Seguros 1689

Modifican Circular referida a servicios de atencion de reclamos presentados por usuarios de sistemas financiero y de seguros
CIRCULAR Nº G-0061-2000 MORDAZA, 9 de febrero del 2000 ---------------------------------------------------------Ref.: Servicio de atencion a los usuarios. ---------------------------------------------------------Senor Gerente General: Sirvase tomar conocimiento que en uso de la atribucion conferida por el numeral 9 del Articulo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, modificada por las Leyes Nº 27008 y Nº 27102, esta Superintendencia ha dispuesto modificar el numeral 6 de la Circular Nº G-056-99 del 3 de diciembre de 1999, en los terminos siguientes: "6. Vigencia La presente MORDAZA entra en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, teniendo las empresas supervisadas un plazo de adecuacion hasta el 29 de febrero del ano 2000. La exigencia de remitir informacion respecto a las estadisticas de reclamos senalada en el numeral 3 de esta Circular, rige a partir de enero del ano 2000, debiendo realizarse la primera remision de dicha informacion dentro de los primeros quince (15) dias del mes de MORDAZA del ano 2000." La presente MORDAZA entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Atentamente, MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 1658

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