Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2000 (15/02/2000)


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c) Organo de Defensa Judicial: i) Procuraduria Publica

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 15 de febrero de 2000

d) Organos de Coordinacion Intersectorial y Tecnico Normativos i) Direccion General de Coordinacion Intersectorial ii) Direccion General de Demarcacion Territorial iii) Direccion General de Gestion Publica iv) Direccion General de Operaciones de Cooperacion Tecnica Internacional v) Direccion General de Cooperacion Horizontal y Temas Especiales e) Organos de Apoyo: i) Oficina General de Administracion

blica; asi como las de demarcacion territorial. Coordina con los Organismos Publicos Descentralizados adscritos al Sector el cumplimiento de las politicas y directivas impartidas por el Presidente del Consejo de Ministros. Esta a cargo de un Secretario General que tiene rango de Viceministro y depende del Presidente del Consejo de Ministros. Para el cumplimiento de sus funciones cuenta con:

§ La Direccion General de Coordinacion Intersectorial; § La Direccion General de Demarcacion Territorial; § La Direccion General de Gestion Publica.
Las funciones del Secretario General son: a) Supervisar por delegacion del Presidente del Consejo de Ministros, la ejecucion de las politicas y actividades de los organos y organismos integrantes del Sector, asi como aquellas que expresamente le MORDAZA asignadas; b) Informar al Presidente del Consejo de Ministros sobre el cumplimiento de las politicas sectoriales; c) Ejercer la representacion de la PCM para fines de coordinacion intersectorial; d) Celebrar, con Instituciones Publicas o Privadas, Nacionales o Extranjeras, los contratos y convenios en el MORDAZA de su competencia, asi como aquellos por delegacion del Presidente del Consejo de Ministros; e) Someter a consideracion del Presidente del Consejo de Ministros los planes, programas y proyectos que requieran su aprobacion; f) Ejercer la Secretaria Tecnica de la Comision Interministerial de Asuntos Economicos y Financieros (CIAEF) y de la Comision Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS); g) Expedir Resoluciones y Directivas sobre asuntos de su competencia; h) Delegar las funciones que no MORDAZA inherentes a su cargo; y, i) Las demas que le encomiende el Presidente del Consejo de Ministros. DE LA SECRETARIA EJECUTIVA DE COOPERACION TECNICA INTERNACIONAL Articulo 9º.- La Secretaria Ejecutiva de Cooperacion Tecnica Internacional es el organo encargado de coordinar, supervisar y conducir las acciones de la cooperacion internacional hacia y desde el Peru. Esta a cargo de un Secretario Ejecutivo que tiene rango de Viceministro que depende del Presidente del Consejo de Ministros. Para el cumplimiento de sus funciones cuenta con:

§ Oficina de Asuntos Administrativos § Oficina de Asuntos Financieros
f) Organos de Asesoramiento: i) Oficina General de Asesoria Juridica ii) Oficina de Comunicaciones g) Comisiones i) Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME ii) Comision de Promocion del Peru - PROMPERU iii) Comision de Lucha contra el Consumo de Drogas CONTRADROGAS h) Organismos Publicos Descentralizados i) Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI ii) Instituto Nacional de Defensa Civil- INDECI iii) Consejo Nacional del Ambiente - CONAM iv) Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE v) Comision de Promocion de Exportaciones - PROMPEX vi) Secretaria de Defensa Nacional - SEDENA vii) Servicio de Inteligencia Nacional - SIN viii) Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru - CGBVP CAPITULO I ALTA DIRECCION PRESIDENTE DEL CONSEJO DE MINISTROS Articulo 6º.- El Presidente del Consejo de Ministros es la mas alta autoridad politica y administrativa del Sector. Conduce, coordina, supervisa, controla y evalua los objetivos, politicas y planes sectoriales, en MORDAZA con la politica y programa general de gobierno. FUNCIONES Articulo 7º.- El Presidente del Consejo de Ministros es responsable de coordinar la actividad intersectorial de la funcion politico administrativa del Estado. Es el titular del pliego presupuestal. Puede delegar las atribuciones que no MORDAZA privativas de su funcion inclusive la titularidad del Pliego Presupuestal. Las funciones del Presidente del Consejo de Ministros son: a) Colaborar con el Presidente de la Republica en la elaboracion y direccion de la politica y programa general de gobierno; b) Presidir el Consejo de Ministros, cuando el Presidente de la Republica no asista a sus sesiones; c) Ser el portavoz autorizado del Gobierno; d) Proponer al Presidente de la Republica el nombramiento y remocion de los Ministros; e) Coordinar las funciones de los demas Ministros; f) Presidir las Comisiones Permanentes de Coordinacion; g) Refrendar los dispositivos legales que la Constitucion Politica y la legislacion establezcan; h) Aprobar los lineamientos de la politica de Cooperacion Tecnica Internacional; y, i) Las demas atribuciones que la ley establezca, asi como aquellas que le encomiende el Presidente de la Republica. DE LA SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Articulo 8º.- La Secretaria General es el organo encargado de dirigir y supervisar las acciones de coordinacion intersectorial e interinstitucional, de gestion pu-

§ La Direccion General de Operaciones de Cooperacion Tecnica Internacional § La Direccion General de Cooperacion Horizontal y Temas Especiales.
Las funciones del Secretario Ejecutivo de Cooperacion Tecnica Internacional son: a) Formular y proponer la politica de Cooperacion Tecnica Internacional no reembolsable y dirigir su implementacion; b) Planificar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar las acciones necesarias para la gestion, negociacion y obtencion de recursos de la Cooperacion Tecnica Internacional; c) Representar al Poder Ejecutivo, conjuntamente con el Ministerio de Relaciones Exteriores en las comisiones mixtas, ante organismos internacionales y en eventos internacionales y nacionales relacionados con recursos de la cooperacion internacional; d) Participar en los Comites Directivos de los Fondos de Contravalor; e) Emitir opinion tecnica sobre convenios, acuerdos internacionales y eventos relacionados con los temas de su responsabilidad; f) Autorizar la inscripcion o renovacion de inscripcion de Organizaciones No Gubernamentales Nacionales (ONG), asi como conducir y mantener actualizado el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo Nacionales receptoras de Cooperacion Tecnica Internacional ONG-PERU; g) Autorizar la inscripcion o renovacion de Entidades Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de caracter asistencial y/o educacional provenientes del exterior; asi como conducir y mantener actualizado el Registro de Donaciones; h) Emitir las Constancias de Devolucion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto de Promocion Municipal (IPM) y las Constancias de Acogimiento;

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