Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2000 (15/02/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 15 de febrero de 2000

b) Prestar apoyo a los organos de la PCM cuando asi lo requieran; c) Elaborar el Cuadro para Asignacion de Personal, Presupuesto Analitico de Personal y Presupuesto Nominativo de Personal; d) Elaborar los Manuales de Organizacion y Funciones MOF y las directivas del ambito de su competencia; e) Realizar las acciones relativas al MORDAZA de elaboracion de la Planilla Unica de Pagos de Personal Activo y de Pensionistas; f) Procesar las acciones de reconocimiento y otorgamiento de pensiones, asi como, de subsidios y otros beneficios correspondientes al personal activo y los pensionistas; g) Conducir las actividades referentes al control de asistencia, bienestar, capacitacion y evaluacion de personal, asi como las que corresponden a la administracion documentaria y archivo; h) Ejecutar los procesos de seleccion para la adquisicion de bienes y servicios, asi como las actividades inherentes a los procesos tecnicos de abastecimiento, soporte informatico, control patrimonial, inventarios y almacen; y, i) Otras que le asigne la Oficina General de Administracion. OFICINA DE ASUNTOS FINANCIEROS Articulo 27º.- La Oficina de Asuntos Financieros es un organo de apoyo que depende de la Oficina General de Administracion y esta a cargo de un Director. Tiene como funciones: a) Ejecutar los procesos vinculados a las etapas de programacion, formulacion, ejecucion, control y evaluacion del presupuesto del Pliego; b) Prestar apoyo en la elaboracion del Plan Estrategico, Plan Institucional y Plan Operativo anual; c) Ejercer las actividades correspondientes a la administracion de los recursos financieros asignados al Pliego; d) Efectuar el registro contable de las operaciones financieras y presupuestarias de la Secretaria General de la PCM, consolidando la informacion de las unidades ejecutoras para la elaboracion de los estados financieros del Pliego; e) Realizar las actividades vinculadas al sistema de tesoreria y el control previo de la Secretaria General de la PCM; y, f) Otras que le asigne la Oficina General de Administracion. CAPITULO VII ORGANOS DE ASESORAMIENTO OFICINA GENERAL DE ASESORIA JURIDICA Articulo 28º.- La Oficina General de Asesoria Juridica tiene por funcion prestar apoyo y asesoramiento legal a los organos de la PCM y esta dirigida por un Jefe con rango de Director General quien depende del Despacho Ministerial. Tiene como funciones: a) Prestar asesoramiento legal cuando lo requieran la Alta Direccion o los organos de la PCM; b) Proyectar y visar las resoluciones y directivas administrativas de la PCM; c) Emitir opinion legal respecto a los asuntos internos de la PCM; d) Compilar, concordar y sistematizar la legislacion de competencia del Pliego; e) Prestar apoyo a la Comision Calificadora de Pensiones de Gracia; y, f) Las demas que le MORDAZA encargadas. OFICINA DE COMUNICACIONES Articulo 29º.- La Oficina de Comunicaciones es la encargada de coordinar y disenar la politica de imagen institucional de la PCM. Asimismo, coordinar la politica de comunicacion interna y externa del Poder Ejecutivo y realiza otras tareas que le MORDAZA encargadas. Esta a cargo de un Jefe que depende del Despacho Ministerial. TITULO IV COMISIONES Y ORGANISMOS PUBLICOS DESCENTRALIZADOS CAPITULO I COMISIONES DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Articulo 30º.- La Presidencia del Consejo de Ministros cuenta con comisiones, las cuales forman parte del Pliego Presupuestal PCM. Gozan de la autonomia que les confiere su MORDAZA de creacion.

Forman parte de la PCM, las siguientes Comisiones: a) Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME b) Comision de Promocion del Peru - PROMPERU c) Comision de Lucha contra el Consumo de Drogas CONTRADROGAS Asimismo, podran incorporarse otras comisiones mediante el dispositivo correspondiente. CAPITULO II ORGANISMOS PUBLICOS DESCENTRALIZADOS Articulo 31º.- Los Organismos Publicos Descentralizados de la PCM son entidades adscritas a la PCM, gozan de la autonomia que les confiere su Ley de creacion. Las acciones que desarrollen seran supervisadas por el Presidente del Consejo de Ministros. Articulo 32º.- Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI, es el organismo encargado de coordinar y conducir el Sistema Nacional de Estadistica e Informatica. Regula coordina y realiza actividades de estadistica basica y derivada, asi como el analisis de estadistica oficial. Asimismo, formula y evalua la politica nacional de informatica y regula las actividades de informatica del Sector Publico. Articulo 33º.- Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI, es el organismo central, rector y conductor del Sistema Nacional de Defensa Civil, encargado de la organizacion de la poblacion, coordinacion, planeamiento y control de las actividades de Defensa Civil. Articulo 34º.- Consejo Nacional del Ambiente - CONAM, es la entidad rectora de la politica ambiental en el MORDAZA, encargada de conducir el desarrollo socio-economico, la utilizacion de los recursos naturales y la conservacion del ambiente. Articulo 35º.- Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, es un organismo publico descentralizado encargado de velar por el cumplimiento y difusion de los procesos de contrataciones y adquisiciones de las entidades del Sector Publico. Articulo 36º.- Comision de Promocion de Exportaciones - PROMPEX, es el organismo encargado de promover el desarrollo de las exportaciones peruanas, MORDAZA de comercializacion y distribucion internacional y coordinar la participacion organizada de los empresarios peruanos en los diversos eventos internacionales. Es el promotor de las exportaciones de productos nacionales con el proposito de disenar, coordinar, concertar y ejecutar acciones del Sector Publico y entre este y el Sector Privado, destinadas a promover el desarrollo de las exportaciones. Articulo 37º.- Secretaria de Defensa Nacional - SEDENA, es el organismo encargado de la MORDAZA, adopcion y planeamiento integral de la Defensa Nacional, y de la coordinacion, supervision y orientacion de la ejecucion de las acciones en los MORDAZA de Accion No Militares, asi como de la formulacion y difusion de la doctrina de Seguridad y Defensa Nacional. Articulo 38º.- Servicio de Inteligencia Nacional - SIN, es el organismo central y rector del Sistema de Inteligencia Nacional, encargado de producir, integrar, dirigir, coordinar, controlar y ejecutar a nivel nacional las acciones de inteligencia y contrainteligencia requeridas para la Seguridad y Defensa Nacional. Articulo 39º.- Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru - CGBVP, es la autoridad competente para promover y coordinar las acciones en materia de prevencion, control y extincion de incendios. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Autorizase a la Presidencia del Consejo de Ministros para que mediante Resolucion de su Titular se apruebe las disposiciones complementarias que en materia administrativa y de gastos de personal que se requieran para el mejor cumplimiento del presente Decreto Supremo, quedando sin efecto la Resolucion de Secretaria Ejecutiva Nº 003-96-PCM y las Resoluciones Ministeriales Nºs. 008 y 07897-PCM. Segunda.- El cambio de denominacion de Secretaria Ejecutiva a Secretaria de Administracion no afecta la validez de los dispositivos emitidos a la fecha de la dacion del presente Reglamento. Tercera.- Deroguese el Decreto Supremo Nº 041-94PCM.

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