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Pág. 183959 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de febrero de 2000 to Legislativo Nº 370 - Ley Orgánica del Ministerio del Interior; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conceder la Nacionalidad Peruana por Naturalización a doña Shan Heng HU HSU e inscribirla en el Registro respectivo. Artículo 2º.- Extender a la interesada el Título de Nacionalidad correspondiente, previa presentación de la Escritura Pública en la que conste la renuncia a su nacionalidad de origen. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro del Interior 2058 PRES Inician procedimiento disciplinario con- tra ex funcionarios del Ministerio RESOLUCION MINISTERIAL Nº 023-2000-PRES Lima, 16 de febrero del 2000 Visto, el Informe Nº 03-2000-PRES/CEPAF de la Co- misión Especial de Procesos Administrativos para Fun- cionarios del Sector Ministerio de la Presidencia, designa- da mediante Resolución Ministerial Nº 174-99-PRES; y, CONSIDERANDO: Que, la Inspectoría General del Ministerio de la Presi- dencia mediante Informes Nºs. 027 y 031-99/PRES-IG, formula observaciones al proceso de adquisición de tres (3) pinturas al óleo de los retratos de ex Ministros de la Presidencia, las cuales son de conocimiento de la Comi- sión Especial del visto; y, que refieren entre otras irregu- laridades, a la presentación de documentación falsa en la adjudicación y adquisición de las mencionadas pinturas, valorizadas en S/. 27,855.00; Que, de la revisión y análisis de los actuados, la Comisión Especial de Procesos Administrativos para Funcionarios del Sector, ha determinado que existe mérito para instaurar proceso administrativo disci- plinario contra los siguientes ex funcionarios del Mi- nisterio de la Presidencia: CPC Jorge Miguel Villacor- ta Padilla, ex Director General de Administración, Lic. Adm. Johnny Rojas Zanabria y CPC Carlos del Hierro Ruiz, ex Directores de la Unidad de Abasteci- mientos; Que, los cargos imputados a las personas antes men- cionadas, configuran presunta comisión de falta discipli- naria prevista en los incisos a) y d) del Artículo 28º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remune- raciones del Sector Público - Decreto Legislativo Nº 276, por la inobservancia de los incisos a) y d) del Artículo 21º de la acotada norma legal; Que, consecuentemente, es pertinente, que se instau- re proceso administrativo disciplinario contra los mencio- nados ex funcionarios, con la finalidad de efectuar el correspondiente deslinde de responsabilidades adminis- trativas; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25556, Decreto Legislativo Nº 276 y Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Instaurar proceso administrativo disci- plinario contra los siguientes ex funcionarios del Ministe- rio de la Presidencia: CPC Jorge Miguel Villacorta Padi-lla, ex Director General de Administración, Lic. Adm. Johnny Rojas Zanabria y CPC Carlos del Hierro Ruiz, ex Directores de la Unidad de Abastecimientos, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la pre- sente Resolución. Artículo 2º.- Conceder a los ex funcionarios mencio- nados en el artículo precedente, el plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de la fecha de notificación de la presente Resolución y del correspon- diente pliego de cargos, a fin que presenten sus descargos escritos y las pruebas que estimen conveniente para su defensa. Artículo 3º.- Poner en conocimiento de la Comisión Especial de Procesos Administrativos para Funcionarios del Sector, el proceso administrativo que se instaura, remitiéndosele los antecedentes del caso para que proce- da de acuerdo a Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de la Presidencia 1939 PESQUERIA Prorrogan régimen provisional para la extracción del atún y especies afines , establecido mediante R.M. Nº 077-99-PE RESOLUCION MINISTERIAL Nº 055-2000-PE Lima, 18 de febrero del 2000 CONSIDERANDO: Que el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca dispone en sus Artículos 8º, 47º y 48º que las actividades extractivas realizadas por embarcaciones de bandera extranjera será supletoria o complementaria de la reali- zada por la flota existente en el país, pudiendo efectuarse sobre el excedente de la captura permisible y que la pesca en aguas jurisdiccionales peruanas podrá llevarse a cabo por dichas embarcaciones cuando hayan sido contratadas por empresas peruanas para extraer aquellos recursos hidrobiológicos que determine el Ministerio de Pesquería; señalándose en el inciso c) del citado Artículo 48º, que la pesca de recursos de oportunidad o altamente migra- torios se sujetará al pago de derechos por permiso de pesca; Que el Plan de Ordenamiento Pesquero del Atún y Especies Afines, aprobado por Resolución Ministerial Nº 550-97-PE, tiene por objetivo normar dicha pesque- ría con la finalidad de lograr el aprovechamiento ra- cional y sostenido de los stocks de atunes y especies afines, así como fomentar el desarrollo gradual de la pesquería peruana; Que mediante Resolución Ministerial Nº 077-99-PE, del 8 de marzo de 1999, se estableció un régimen provi- sional para la extracción de atún y especies afines hasta el 31 de diciembre de 1999; Que los atunes y especies afines están catalogados como recursos altamente migratorios propios de aguas cálidas oceánicas, que estacionalmente se aproximan a la costa dentro del mar jurisdiccional peruano, comportamiento que se incrementa durante el período de verano; Que mediante Oficio Nº DE-100-029-00-PE/IMP del 4 de febrero del 2000, el Instituto del Mar del Perú informa que para el presente año se espera una mejora en las concentraciones de atunes en aguas jurisdiccio- nales peruanas como consecuencia de la normaliza- ción de las condiciones oceanográficas frías, lo cual favorecería mayores niveles de abundancia para po- der sustentar una explotación racional con mayor intensidad; De conformidad con las disposiciones del Decreto Ley Nº 25977 (Ley General de Pesca) y de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE; Con la opinión favorable del Viceministro;