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Pág. 183961 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de febrero de 2000 Dan por terminadas funciones de Cón- sul General del Perú en Vancouver, Canadá RESOLUCION SUPREMA Nº 092-2000-RE Lima, 18 de febrero del 2000 Vista la Resolución Suprema Nº 0210-RE, de 22 de mayo de 1995, que nombró al entonces Ministro en el Servicio Diplomático de la República, don Amador Velás- quez García-Monterroso, como Cónsul General del Perú en Vancouver, Canadá; De conformidad con los Artículos 8º y 9º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; y, el Artículo 169º del Reglamento Consular aprobado por Decreto Supremo Nº 0002-79-RE, de 17 de enero de 1979; SE RESUELVE: 1º.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República, don Amador Velás- quez García-Monterroso, como Cónsul General del Perú en Vancouver, Canadá, a partir del 30 de junio del 2000. 2º.- Cancelar las Letras Patentes correspondientes. 3º.- Trasladar al Embajador en el Servicio Diplomático de la República, don Amador Velásquez García-Monte- rroso, a prestar funciones de su categoría en la Cancille- ría, a partir del 1 de julio del 2000. 4º.- Aplicar el egreso que origine la presente Resolu- ción, a las partidas correspondientes del Pliego Presu- puestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 2060 Nombran Cónsul General del Perú en Vancouver, Canadá RESOLUCION SUPREMA Nº 093-2000-RE Lima, 18 de febrero del 2000 De conformidad con los Artículos 8º y 9º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; el Artículo 121º del Decreto Supremo Nº 0002-79-RE, modificado por el Artí- culo 1º del Decreto Supremo Nº 0004-85-RE, de 12 de marzo de 1985; y los Artículos 131º y 132º del Decreto Supremo Nº 0002-79-RE, Reglamento Consular de la República, de 17 de enero de 1979; SE RESUELVE: 1º.- Nombrar al Ministro en el Servicio Diplomático de la República, don Miguel Payet Martínez, Cónsul General del Perú en Vancouver, Canadá. 2º.- La jurisdicción consular será la establecida en la Resolución Suprema Nº 0172-88-RE, de 28 de abril de 1988. 3º.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. 4º.- La fecha en que el mencionado funcionario diplo- mático deberá asumir funciones será fijada por Resolu- ción Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 2061M T C Autorizan ampliación del plazo de ejecución de acuerdo suscrito entre ALITALIA y KLM para prestar servicio de transporte aéreo regular internacio- nal, en la modalidad de código com- partido RESOLUCION DIRECTORAL Nº 032-2000-MTC/15.16 Lima, 7 de febrero del 2000 Vista, la solicitud de LINEE AEREE ITALIANE S.P.A. DE ITALIA - ALITALIA, sobre la aprobación definitiva de la autorización del Acuerdo de Cooperación Comercial suscrito con la COMPAÑIA REAL HOLANDESA DE AVIACION - KLM; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 061-99-MTC/ 15.16 del 8 de abril de 1999, se autorizó el Acuerdo de Cooperación Comercial entre ALITALIA y KLM, para operar en la modalidad de Código Compartido, el Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo entre las ciudades de ROMA - MILAN, ITALIA - LIMA, PERU y vv., con dos (2) frecuencias semanales, por el plazo de seis (6) meses, a partir del 7 de agosto de 1999; Que, estando por vencerse el plazo otorgado para dichas operaciones y haciéndose necesaria la ampliación del mismo a fin de continuar con las operaciones aeroco- merciales, ALITALIA solicita la aprobación definitiva de la autorización del Acuerdo de Cooperación Comercial anteriormente citado; Que, KLM tiene otorgados los derechos aerocomer- ciales para un seguimiento de la ruta materia del Acuerdo de Código Compartido, AMSTERDAM - LIMA y vv., con derechos de tráfico de 3ª y 4ª Libertad del Aire, según la Resolución Ministerial Nº 656-97-MTC/ 15.16; asimismo, conforme al Acuerdo Bilateral sobre Transporte Aéreo de 1955, sus enmiendas y específi- camente de acuerdo al Memorándum de Entendimien- to entre las Autoridades Aeronáuticas del Perú y el Reino de los Países Bajos (Holanda), aprobado me- diante Resolución Ministerial Nº 238-97-MTC/15.16, en su numeral 4 de la Sección A Literal B, se considera expresamente las operaciones aerocomerciales en có- digo compartido de aerolíneas holandesas con otras líneas aéreas en general; Que, ALITALIA tiene los derechos aerocomerciales para la ruta materia del Acuerdo de Código Compartido, ROMA - MILAN - LIMA y vv., con derechos de tráfico de 3º y 4º Libertad del Aire, según la R.D. Nº 092-98-MTC/ 15.16 del 14 de julio de 1998, expedida bajo el Principio de Reciprocidad; Que, las operaciones en código compartido con terceros países, se sujetan a la reciprocidad del tercer país, en este caso Italia, por la cual se obligan a autorizar o permitir acuerdos equiparables entre ae- rolíneas peruanas y otras aerolíneas de terceros paí- ses en servicios a, desde o a través del territorio de Italia; Que, la Autoridad Aeronáutica Civil Italiana median- te la Comunicación Nº 1687 del 28 de junio de 1999 remitida por la Embajada de Italia en el Perú, se compro- mete en aplicación del Principio de Reciprocidad, a otor- gar una autorización similar para el mismo tipo de opera- ciones a empresas aéreas peruanas, comunicación que fuera atendida con la Nota RE (DFL-AAE) Nº 6-16/31 del 9 de julio de 1999, del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú; Que, la Autoridad Aeronáutica Civil de Holanda ha sido informada y respalda totalmente el mencionado Acuerdo de Código Compartido y la Autoridad Aeronáu- tica Civil de Italia ha comunicado también su respectiva aprobación;