Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2000 (19/02/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 19 de febrero de 2000

De conformidad con la Ley Nº 24882 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; la Ley Nº 26917, modificada por la Ley Nº 27085; demas normas vigentes y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo Unico.- REVOCAR el Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo, otorgado a la EMPRESA DE TRANSPORTE AEREO DEL PERU S.A. - AEROPERU, en consecuencia, dejar sin efecto la Resolucion Directoral Nº 024-98-MTC/15.16 del 13 de marzo de 1998, modificada por la Resolucion Directoral Nº 020-99-MTC/15.16 del 5 de febrero de 1999, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HARMES BOURONCLE Director General de Transporte Aereo 1963

MORDAZA el ambito geografico de jurisdiccion de la Oficina Central de COFOPRI a la provincia de Casma, departamento de MORDAZA y, se ha modificado la denominacion de la Jefatura de la Oficina de Jurisdiccion Ampliada de Sede Central MORDAZA - MORDAZA MORDAZA por la de "Jefatura de la Oficina de Jurisdiccion Ampliada de la Sede Central MORDAZA - MORDAZA MORDAZA y Casma", respectivamente; Que, en merito a lo expuesto en los considerandos que anteceden, resulta necesario ampliar los alcances de la Directiva Nº 010-98-COFOPRI aprobada por Resolucion de Gerencia General Nº 093-98-COFOPRI/GG, a efectos que la Jefatura de la Oficina de Jurisdiccion Ampliada de la Sede Central MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Casma, se encargue de efectuar las actividades relacionadas a los procesos de formalizacion de la propiedad de las posesiones informales ubicadas tanto en la provincia de MORDAZA como en la provincia de Casma; Con la opinion favorable de la Gerencia de Planeamiento y Operaciones y el visado de la Gerencia de Asesoria Legal; Estando a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 803, el Decreto Supremo Nº 014-98-MTC y el Texto Unico Ordenado de la Ley de Promocion del Acceso a la Propiedad Formal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-99MTC; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Ampliar los alcances de la Directiva Nº 010-98-COFOPRI a la provincia de Casma, departamento de MORDAZA, cuya denominacion sera en adelante "Normas para la MORDAZA progresiva de competencias para la Formalizacion de la Propiedad de Posesiones Informales en las provincias de MORDAZA y Casma, departamento de Ancash". Articulo Segundo.- La Jefatura de la Oficina de Jurisdiccion Ampliada de la Sede Central MORDAZA - MORDAZA MORDAZA y Casma, pondra en conocimiento de las instancias correspondientes la presente resolucion, para los fines de Ley. Articulo Tercero.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General de COFOPRI 2022

Amplian alcances de Directiva Nº 01098-COFOPRI, sobre MORDAZA progresiva de competencias para formalizacion de la propiedad de posesiones informales, a la provincia de Casma, departamento de MORDAZA
COMISION DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 034-2000-COFOPRI/GG MORDAZA, 10 de febrero de 2000 CONSIDERANDO: Que, el literal d) del Articulo 3º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Promocion el Acceso a la Propiedad Formal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-99-MTC, establece que son funciones de COFOPRI el asumir de manera exclusiva y excluyente, las competencias correspondientes a la formalizacion de la propiedad hasta el otorgamiento de los titulos de propiedad; para ejercer sus competencias, COFOPRI dictara directivas que seran de obligatorio cumplimiento para todas las entidades del Estado vinculadas al MORDAZA de formalizacion de la propiedad, desde que MORDAZA notificadas; Que, el Articulo 27º de la precitada MORDAZA, senala que COFOPRI asumira competencia a traves del citado Programa de Formalizacion de la Propiedad, que se pondra en funcionamiento progresivamente en todo el MORDAZA, de acuerdo a un cronograma que establecera COFOPRI mediante Directiva; Que, segun lo establece el literal m) del Articulo 8º del Estatuto de COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-98-MTC, el Presidente de COFOPRI esta facultado para aprobar Directivas, que establezcan el cronograma de aplicacion progresiva del Programa de Formalizacion de la Propiedad en todo el MORDAZA, conforme a lo dispuesto por el Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 803; Que, el literal y) del referido articulo, faculta al Presidente de COFOPRI a delegar sus facultades; Que, en tal sentido, mediante Resolucion de Presidencia Nº 045-98-COFOPRI/PC de fecha 23 de setiembre de 1998, se delego en el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente General de COFOPRI, la facultad de aprobar las Directivas mediante las cuales se establezca el cronograma de aplicacion progresiva del Programa de Formalizacion de la Propiedad en todo el MORDAZA, con cargo a dar cuenta a la presidencia de la institucion; Que, el primer parrafo del Articulo 52º del precitado Estatuto, establece que las Directivas de caracter y/o aplicacion general aprobadas por COFOPRI seran debidamente publicadas; Que, por Resolucion de Gerencia General Nº 093-98COFOPRI/GG, se aprobo la Directiva Nº 010-98-COFOPRI, sobre "Normas para la MORDAZA progresiva de competencias para la Formalizacion de Asentamientos Humanos en la provincia de MORDAZA, departamento de Ancash"; Que, mediante Resoluciones de Gerencia General Nºs. 032-2000-COFOPRI/GG y 033-2000-COFOPRI/GG, se ha

JNE
Declaran tener por retirada solicitud de inscripcion de partido politico en el Registro de Organizaciones Politicas
RESOLUCION Nº 211-2000-JNE MORDAZA, 16 de febrero de 2000 VISTOS: El expediente Nº 613-99, iniciado con la solicitud de inscripcion del "Partido Popular Cristiano" (PPC), en el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones, presentada con fecha 24 de agosto de 1999 por los senores MORDAZA MORDAZA Araoz y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presidente y personero, respectivamente, de dicha organizacion, bajo el MORDAZA de lo dispuesto por el Articulo 88º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; El escrito recibido con fecha 12 de enero del ano 2000, del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de la agrupacion politica recurrente, quien manifiesta que habiendo concluido con fecha 10 de enero del 2000 el plazo para la inscripcion de organizaciones politicas, dicha agrupacion varia su solicitud por la de inscripcion en el Registro de Organizaciones Politicas para participar en futuros procesos electorales distintos al de las elecciones generales a realizarse el 9 de MORDAZA del 2000, solicitando se efectue una nueva verificacion de las firmas de adherentes presentadas hasta la fecha por dicha agrupacion, entendiendose que han quedado liberadas las firmas presentadas por otras agrupaciones politicas al vencerse el plazo de inscripcion MORDAZA senalado, y se autorice a la recurrente a seguir presentando nuevas firmas de adherentes para que se sumen a las ya presentadas; La solicitud de venta de planillones de adherentes presentada por la agrupacion recurrente con fecha 3 de febrero del 2000, para continuar la tarea de lograr su inscripcion en el Registro de Organizaciones Politicas;

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