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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE FEBRERO DEL AÑO 2000 (19/02/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 6

Pág. 183960 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de febrero de 2000 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2000, el régimen provisional para la extracción de atún y especies afines establecido por la Resolución Ministerial Nº 077-99-PE. Artículo 2º.- La Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, las Direcciones Nacionales de Extracción y Procesamiento y las Direc- ciones Regionales de Pesquería, dentro del ámbito juris- diccional de sus respectivas competencias, velarán por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR LUNA-VICTORIA LEON Ministro de Pesquería 2049 Autorizan extracción del recurso con- cha de abanico en la bahía de Paracas RESOLUCION MINISTERIAL Nº 056-2000-PE Lima, 18 de febrero del 2000 CONSIDERANDO: Que corresponde al Ministerio de Pesquería estable- cer las normas para preservar y explotar racionalmente los recursos hidrobiológicos, conforme a los Artículos 9º y 10º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca; Que por Resolución Ministerial Nº 065-99-PE del 26 de febrero de 1999 se prohibió las actividades extractivas del recurso concha de abanico (Argopecten purpuratus) en el área jurisdiccional de la Dirección Regional de Pesquería de Ica a partir de las 00.00 horas del día 1 de marzo de 1999; Que mediante Resoluciones Ministeriales Nº 209-99-PE del 6 de julio de 1999 y Nº 007-2000-PE del 14 de enero del 2000, se autorizó la extracción de concha de abanico (Argo- pecten purpuratus) en la bahía Independencia, a excepción de las áreas denominadas La Pampa, El Ancla y Playa Ventosa, manteniéndose la prohibición de extracción de dicho recurso en otras áreas fuera de la citada bahía, pertenecientes a la Dirección Regional de Pesquería de Ica; Que, en concordancia con las recomendaciones de manejo de la concha de abanico efectuadas por el Instituto del Mar del Perú mediante el informe "Situación del recurso concha de abanico Argopecten purpuratus en el área de Pisco", remitido con Oficio Nº PCD-100-095-2000- IMP/PE del 18 de febrero del 2000; y acorde al ordena- miento de las actividades pesquera y acuícola que se viene implementando para la explotación de la concha de aba- nico en la jurisdicción de la Dirección Regional de Pesque- ría de Ica, se considera necesario autorizar temporal- mente la extracción de dicho recurso en las zonas fuera de bahía Independencia; De acuerdo a lo informado por la Dirección Nacional de Extracción, con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la extracción de la concha de abanico (Argopecten purpuratus) en la bahía de Para- cas, a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial y por un período de quince (15) días calendario. Artículo 2º.- La autorización de la extracción de concha de abanico dispuesta en el Artículo 1º, se sujetará a las disposiciones establecidas en los Artículos 2º, 3º, 4º y 6º de la Resolución Ministerial Nº 007-2000-PE. Artículo 3º.- Las personas naturales o jurídicas que extraigan, transporten, almacenen, transformen, comer- cialicen o utilicen de cualquier modo la concha de abanico proveniente de las áreas denominadas La Pampa, El Ancla y Playa Ventosa ubicadas en bahía Independencia, o que incumplan con las medidas establecidas en la pre- sente Resolución Ministerial, serán sancionadas de acuer-do a lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento, el Decreto Supremo Nº 002-99- PE y las demás disposiciones legales vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR LUNA-VICTORIA LEON Ministro de Pesquería 2050 RELACIONES EXTERIORES Oficializan el Vigésimo Octavo Período de Sesiones del Consejo Internacional de Maderas Tropicales, a realizarse en la ciudad de Lima RESOLUCION SUPREMA Nº 091-2000-RE Lima, 18 de febrero del 2000 Visto el Oficio Nº 024-2000-AG-DM, del Ministro de Agricultura, de 21 de enero del 2000, mediante el cual solicita la oficialización del Vigésimo-Octavo Período de Sesiones del Consejo Internacional de Maderas Tropica- les (CIMT), que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, del 24 al 30 de mayo del 2000; CONSIDERANDO: Que, en el Vigésimo-Quinto Período de Sesiones del Consejo Internacional de Maderas Tropicales (CIMT), llevado a cabo en Yokohama, Japón, se acordó aceptar la solicitud del Gobierno del Perú, como país productor miembro del Consejo, para ser sede de su Vigésimo- Octavo Período de Sesiones, que debe efectuarse del 24 al 30 de mayo del 2000; Que, debido a la trascendencia del mencionado evento, que constituye el principal foro de discusión de los temas relativos a la conservación y uso sostenible de los bosques productores de maderas tropicales, así como de financia- ción de los proyectos respectivos, mediante Resolución Suprema Nº 039-99-AG, de 6 de mayo de 1999, se consti- tuyó la Comisión Nacional encargada de su organización, la cual viene sesionando periódicamente a efectos de lograr un adecuado cumplimiento del compromiso asumi- do por nuestro país; Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GAC) Nº 0280, del Gabinete de Coordinación del señor Viceministro Secretario General de Relaciones Exterio- res, de 31 de enero del 2000; De conformidad con los Artículos 1º y 4º del Decreto Supremo Nº 0006-76-RE, de 27 de octubre de 1976; y, el inciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: 1º.- Oficializar el Vigésimo-Octavo Período de Sesio- nes del Consejo Internacional de Maderas Tropicales (CIMT), a llevarse a cabo en la ciudad de Lima, del 24 al 30 de mayo del 2000. 2º.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exte- riores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 2059