Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2000 (19/02/2000)


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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 19 de febrero de 2000

Articulo 1º.- Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2000, el regimen provisional para la extraccion de atun y especies afines establecido por la Resolucion Ministerial Nº 077-99-PE. Articulo 2º.- La Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, las Direcciones Nacionales de Extraccion y Procesamiento y las Direcciones Regionales de Pesqueria, dentro del ambito jurisdiccional de sus respectivas competencias, velaran por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LUNA-VICTORIA MORDAZA Ministro de Pesqueria 2049

do a lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento, el Decreto Supremo Nº 002-99PE y las demas disposiciones legales vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LUNA-VICTORIA MORDAZA Ministro de Pesqueria 2050

RELACIONES EXTERIORES

Oficializan el Vigesimo Octavo Periodo de Sesiones del Consejo Internacional de Maderas Tropicales, a realizarse en Autorizan extraccion del recurso con- la MORDAZA de MORDAZA cha de abanico en la MORDAZA de Paracas RESOLUCION SUPREMA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 056-2000-PE MORDAZA, 18 de febrero del 2000 CONSIDERANDO: Que corresponde al Ministerio de Pesqueria establecer las normas para preservar y explotar racionalmente los recursos hidrobiologicos, conforme a los Articulos 9º y 10º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca; Que por Resolucion Ministerial Nº 065-99-PE del 26 de febrero de 1999 se prohibio las actividades extractivas del recurso MORDAZA de abanico (Argopecten purpuratus) en el area jurisdiccional de la Direccion Regional de Pesqueria de Ica a partir de las 00.00 horas del dia 1 de marzo de 1999; Que mediante Resoluciones Ministeriales Nº 209-99-PE del 6 de MORDAZA de 1999 y Nº 007-2000-PE del 14 de enero del 2000, se autorizo la extraccion de MORDAZA de abanico (Argopecten purpuratus) en la MORDAZA Independencia, a excepcion de las areas denominadas La MORDAZA, El Ancla y Playa Ventosa, manteniendose la prohibicion de extraccion de dicho recurso en otras areas fuera de la citada MORDAZA, pertenecientes a la Direccion Regional de Pesqueria de Ica; Que, en concordancia con las recomendaciones de manejo de la MORDAZA de abanico efectuadas por el Instituto MORDAZA del Peru mediante el informe "Situacion del recurso MORDAZA de abanico Argopecten purpuratus en el area de Pisco", remitido con Oficio Nº PCD-100-095-2000IMP/PE del 18 de febrero del 2000; y acorde al ordenamiento de las actividades pesquera y acuicola que se viene implementando para la explotacion de la MORDAZA de abanico en la jurisdiccion de la Direccion Regional de Pesqueria de Ica, se considera necesario autorizar temporalmente la extraccion de dicho recurso en las zonas fuera de MORDAZA Independencia; De acuerdo a lo informado por la Direccion Nacional de Extraccion, con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la extraccion de la MORDAZA de abanico (Argopecten purpuratus) en la MORDAZA de Paracas, a partir del dia siguiente de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Ministerial y por un periodo de quince (15) dias calendario. Articulo 2º.- La autorizacion de la extraccion de MORDAZA de abanico dispuesta en el Articulo 1º, se sujetara a las disposiciones establecidas en los Articulos 2º, 3º, 4º y 6º de la Resolucion Ministerial Nº 007-2000-PE. Articulo 3º.- Las personas naturales o juridicas que extraigan, transporten, almacenen, transformen, comercialicen o utilicen de cualquier modo la MORDAZA de abanico proveniente de las areas denominadas La MORDAZA, El Ancla y Playa Ventosa ubicadas en MORDAZA Independencia, o que incumplan con las medidas establecidas en la presente Resolucion Ministerial, seran sancionadas de acuerNº 091-2000-RE MORDAZA, 18 de febrero del 2000 Visto el Oficio Nº 024-2000-AG-DM, del Ministro de Agricultura, de 21 de enero del 2000, mediante el cual solicita la oficializacion del Vigesimo-Octavo Periodo de Sesiones del Consejo Internacional de Maderas Tropicales (CIMT), que se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, del 24 al 30 de MORDAZA del 2000; CONSIDERANDO: Que, en el Vigesimo-Quinto Periodo de Sesiones del Consejo Internacional de Maderas Tropicales (CIMT), llevado a cabo en Yokohama, Japon, se acordo aceptar la solicitud del Gobierno del Peru, como MORDAZA productor miembro del Consejo, para ser sede de su VigesimoOctavo Periodo de Sesiones, que debe efectuarse del 24 al 30 de MORDAZA del 2000; Que, debido a la trascendencia del mencionado evento, que constituye el principal foro de discusion de los temas relativos a la conservacion y uso sostenible de los bosques productores de maderas tropicales, asi como de financiacion de los proyectos respectivos, mediante Resolucion Suprema Nº 039-99-AG, de 6 de MORDAZA de 1999, se constituyo la Comision Nacional encargada de su organizacion, la cual viene sesionando periodicamente a efectos de lograr un adecuado cumplimiento del compromiso asumido por nuestro pais; Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Tramite (GAC) Nº 0280, del Gabinete de Coordinacion del senor Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, de 31 de enero del 2000; De conformidad con los Articulos 1º y 4º del Decreto Supremo Nº 0006-76-RE, de 27 de octubre de 1976; y, el inciso m) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: 1º.- Oficializar el Vigesimo-Octavo Periodo de Sesiones del Consejo Internacional de Maderas Tropicales (CIMT), a llevarse a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, del 24 al 30 de MORDAZA del 2000. 2º.- La presente Resolucion no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 2059

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