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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE FEBRERO DEL AÑO 2000 (25/02/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 10

Pág. 184108 NORMAS LEGALES Lima, viernes 25 de febrero de 2000 En uso de las facultades conferidas a través del Decre- to Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a CORPORACION PESQUE- RA INCA S.A., licencia de operación para que desarrolle la actividad de procesamiento de recursos hidrobiológi- cos, a través de su planta de harina de pescado tipo convencional, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la Bahía de Bayóvar, distrito y provincia de Sechura, departamento de Piura, con la siguiente capaci- dad instalada: Harina de pescado : 120 t/h de procesamiento tipo convencional de materia prima Artículo 2º.- CORPORACION PESQUERA INCA S.A., deberá operar su planta de harina de pescado tipo convencional con sujeción a las normas legales y regla- mentarias del ordenamiento jurídico pesquero, así como las relativas a la preservación de medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pes- quera, que garanticen el desarrollo sostenido de la activi- dad pesquera. Asimismo, deberá contar con un sistema de control del proceso que garantice la óptima calidad del producto final, así como deberá poner en operación los equipos y/o sistemas de mitigación verificados por la Dirección de Medio Ambiente, según se señala en la Constancia de Verificación Nº 003-99-PE/DIREMA de 17 de diciembre de 1999. Artículo 3º.- El incumplimiento de lo establecido en el artículo precedente será causal de caducidad del derecho otorgado. Artículo 4º.- Modificar la capacidad consignada en el Anexo Nº I, literal a), "Plantas de Procesamiento Pesque- ro Harina de Pescado - Normal" de la Resolución Minis- terial Nº 394-98-PE, a la planta de harina de pescado tipo convencional perteneciente a la empresa CORPORACION PESQUERA INCA S.A., conforme se detalla a continua- ción: Tolva Capacidad Verificada (t/h) Nº Cap. (t) Cocinador Prensa Secador Planta 2 1.5 c/u 232 120 195 120 Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución a la Dirección Regional de Pesquería Piura. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBEN CANALES SALVATIERRA Director Nacional de Procesamiento Pesquero (e) 2239 Aprueban cambio de nombre de titular de licencia de operación para procesa- miento de recursos hidrobiológicos RESOLUCION DIRECTORAL Nº 024-2000-PE/DNPP Lima, 22 de febrero del 2000 Visto el escrito con Registro Nº CE-00042002 de fecha 27 de enero del 2000, presentados por la empresa COM- PAÑIA PESQUERA HUASCARAN S.A.C. CONSIDERANDO: Que por Resolución Directoral Nº 218-98-PE/DNPP, del 26 de noviembre de 1998, se otorgó a COMPAÑIA PESQUERA SARIMON S.A. licencia para la operación en adecuación a la Ley General de Pesca y su Reglamento para su planta de harina de pescado, con una capacidad instalada de 88 t/h en el establecimiento industrial pes- quero ubicado en la Mz. "A" Lotes 8 y 11, El Gran Trapecio, distrito de Chimbote, provincia de Santa, departamento de Ancash; Que la Resolución Ministerial Nº 107-94-PE del 15 de marzo de 1994, establece que durante la vigencia de la licencia para la operación de cada planta de procesa- miento, la transferencia en propiedad o cambio de pose- sión del establecimiento industrial pesquero, conlleva la transferencia de dicha licencia en los mismos términos y condiciones en que fue otorgada; Que a través de los escritos del visto, la recurrente solicita el cambio de nombre de titular de licencia de operación otorgada a COMPAÑIA PESQUERA SARI- MON S.A. mediante Resolución Ministerial Nº 218-98- PE/DNPP, a su favor en virtud al contrato de arrenda- miento de la planta industrial de harina de pescado, suscrito el 30 de noviembre de 1999; Estando a lo informado por la Dirección de Normas de la Dirección Nacional de Procesamiento Pesquero me- diante Informe Nº 008-2000-PE/DNPP-Dn de fecha 7 de febrero de 2000, que sustenta la procedencia técnica de lo solicitado y señala que la recurrente ha cumplido con los requisitos exigidos en el Procedimiento Nº 25 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-99- PE, y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en los Artículos 43º inciso d), 45º y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, los Artículos 59º y 60º de su Reglamento, apro- bado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, modificado me- diante Decreto Supremo Nº 09-94-PE, y la Resolución Ministerial Nº 107-94-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el cambio de nombre de titu- lar de la licencia de operación otorgada a COMPAÑIA PESQUERA SARIMON S.A., mediante Resolución Di- rectoral Nº 218-98-PE/DNPP del 26 de noviembre de 1998 a favor de COMPAÑIA PESQUERA HUASCA- RAN S.A.C. por un plazo que vence el 1 de diciembre de 2001, a fin de que ésta desarrolle la actividad de procesamiento de recursos hidrobiológicos, para la pro- ducción de harina de pescado, en el establecimiento industrial pesquero ubicado en la Mz "A" Lotes 8 y 11, El Gran Trapecio, distrito de Chimbote, provincia de Santa, departamento de Ancash, con una capacidad instalada de: Harina de pescado : 80 t/h de procesamiento de materia prima Artículo 2º.- COMPAÑIA PESQUERA HUASCA- RAN S.A.C., deberá operar su planta de procesamiento de productos hidrobiológicos observando las normas legales y reglamentarias del ordenamiento jurídico pesquero, así como las relativas a la preservación del medio ambiente y lo referido a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera que garanticen el desa- rrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo deberá implementar un sistema de control del proceso que garantice la óptima calidad del producto final, así como ejecutar las medidas de mitigación contenidas en su Programa de Adecuación y Manejo Ambiental, cali- ficado favorablemente por la Dirección de Medio Am- biente a través del Oficio Nº 016-95-PE/DIREMA de fecha 6 de julio de 1995. Artículo 3º.- El incumplimiento de lo señalado en el Artículo 2º, será causal de caducidad del derecho otorga- do. Artículo 4º.- Dejar sin efecto la licencia de operación otorgada a COMPAÑIA PESQUERA SARIMON S.A., mediante Resolución Directoral Nº 218-98-PE/DNPP, de fecha 26 de noviembre de 1998. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a la Dirección Regional de Pesquería Chimbote. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBEN CANALES SALVATIERRA Director Nacional de Procesamiento Pesquero (e) 2240