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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE FEBRERO DEL AÑO 2000 (25/02/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

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Pág. 184124 NORMAS LEGALES Lima, viernes 25 de febrero de 2000 En los Organos Desconcentrados, a cargo de la Gerencia Departamental a través de un profesional adscrito a la Subgerencia de Recaudación y/o quien hiciera sus veces. 7.2.2 Criterios para determinar los Accidentes de Trabajo a ser Investigados: • La gravedad del siniestro. • Los accidentes con 30 o más días de incapacidad para el trabajo. • Alta frecuencia de accidentes de trabajo en la Enti- dad Empleadora. • Los accidentes ocurridos en empresas no obligadas a contratar el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. • Los siniestros ocurridos a trabajadores no asegura- dos en el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. • Las solicitadas por las diferentes áreas de EsSA- LUD, sustentadas con una exposición de motivos. • Los que determine el profesional responsable de la investigación. 7.2.3 Formato.- Para la investigación de los accidentes se usará el Formato Nº 02, y tendrá las siguientes carac- terísticas: • Consta de original y copia (1), el original para archivo y custodia del profesional responsable de la investigación y la copia que será remitida al empleador para su conoci- miento. • Registro Informático.- La investigación efectuada será registrada en el sistema de Gestión Hospitalaria dentro del módulo creado para los avisos de accidente de trabajo, creándose un código por cada investigación rea- lizada. 7.2.4 Método de Calificación del Accidente.- El si- guiente método permite establecer los factores que han tenido mayor relevancia en la ocurrencia del accidente, consolidando la información y determinando si el acciden- te se debió a causas de origen en el trabajador o en las condiciones de trabajo, siendo su procedimiento el si- guiente: • Análisis de causa del accidente.- Se identifica cual (es) fue (ron) el (los) acto (s) y condición (es) insegura (s) que existió para que se produjera el accidente. • Factores personales y de trabajo que contribuyeron al accidente.- Análisis y determinación de cual (es) fue (ron) el (los) factor (es) personal (es) y de trabajo que contribuyó a la ocurrencia del accidente de trabajo. • Valores por grado de peligro.- Cada factor causal del accidente tiene el valor de 1 (uno) y cada tipo de factor se le asigna un valor ponderado (grado de peligro), según la tabla Nº 1. TABLA Nº 1 Factores Grado Total Trabajador (Tr) Acto inseguro Ai 0.16 Factor Personal Fp 0.36 0.52 Condiciones Trabajo (CT) Condición insegura Ci 0.24 Factor del Trabajo Ft 0.24 0.48 1.00 Luego se suman, todos los actos inseguros, todos los Factores personales, las condiciones inseguras y los Fac- tores del Trabajo y se multiplica cada resultado por su correspondiente carga de peligro. Elemento Causal Tr = Trabajador Tr = No. Ai x 0.16 + No. Fp x 0.36 CT = Condiciones de Trabajo CT = No. Ci x 0.24 + No. Ft x 0.24 El elemento que tiene mayor gravitación en el acciden- te es el que resulte con mayor puntaje. • NIVEL DE RIESGO EN EL PUESTO DE TRABAJO DONDE OCURRIO EL ACCIDENTE: Para determinar el Nivel de Riesgo (NR) en el puesto de trabajo donde ocurrió el accidente, es necesario identificar todos los factores que estuvieron presentes cuando ocurrió el suce- so y el análisis realizado en la determinación del elemento causal. Los niveles de riesgo (NR) están definidos de acuerdo a la siguiente tabla: TABLA Nº 2 Riesgo Acción y temporización Moderado Se deben hacer esfuerzos para reducir el riesgo, determinando las inversiones precisas. Las medidas para reducir el riesgo deben implantarse en un período determinado Importante No debe comenzarse el trabajo hasta que se haya reducido el riesgo. Cuando el riesgo corresponda a un trabajo que se está realizando, debe remediarse el problema en un tiempo inferior al de los riesgos moderados. Intolerable No debe comenzar ni continuar el trabajo hasta que se reduzca el riesgo. Si no es posible reducir el riesgo, incluso con recursos ilimitados, debe prohibirse el trabajo. Se revertirá al empleador los gastos por las prestaciones asisten- ciales, económicas y sociales, otorgadas al trabajador que sufrió el accidente de trabajo. Sumar tanto los factores debido al trabajador (acto inseguro y factores personales) y los debidos al ambiente de trabajo (condiciones inseguras y factores del trabajo) y su ponderación correspondiente. El resultado es compa- rado con la tabla Nº 3 y se asigna la calificación correspon- diente. NR = Tr + CT NR = No. Ai x 0.16 + No. Fp x 0.36 + No. Ci x 0.24 + No. Ft x 0.24 Donde: NR = Nivel de Riesgo TABLA Nº 3 CALIFICACION DEL NIVEL DE RIESGO Riesgo Rango MODERADO NR < / = 1 IMPORTANTE < 1 NR < / = 1.4 INTOLERABLE NR > 1.4 VIII. DEL PROCEDIMIENTO 8.1 DEL "AVISO DE ACCIDENTE DE TRABAJO" Servicios de Emergencia – Recepción y Registro Los trámites administrativos respecto al llenado del aviso de accidente, su recepción, asignación de código y registro en el sistema de cómputo, se realizan sin perjuicio de la atención médica inmediata del asegurado accidenta- do (véase, anexo 1a y 1b). 8.1.1 Empresa.- La persona que conduce al accidenta- do llena parcial y provisionalmente el Aviso de Accidente en el Servicio de Emergencia del Centro Asistencial. 8.1.2 Admisión del Servicio de Emergencia.- Asigna código de accidente de trabajo en el módulo especial creado en el Sistema de Gestión Hospitalaria; entrega copia del Aviso Provisional a la persona que condujo al asegurado accidentado, además los avisos en blanco en los cuales se ha registrado el código de accidente, para que el empleador regularice el aviso de accidente con los datos completos; hace llegar aviso de accidente provisional al médico tratante. 8.1.3 Médico del Servicio de Emergencia.- Brinda atención asistencial, llena certificación médica del aviso de accidente y lo devuelve al Servicio de Admisión. 8.1.4 Admisión del Servicio de Emergencia.- Digita información provisional del aviso de accidente presenta-