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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE FEBRERO DEL AÑO 2000 (25/02/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 11

Pág. 184109 NORMAS LEGALES Lima, viernes 25 de febrero de 2000 Autorizan a armadores el incremento de flota para construcción de embar- cación pesquera RESOLUCION DIRECTORAL Nº 033-2000-PE/DNE Lima, 22 de febrero del 2000 Visto el Expediente de Registro Nº CE-85002 con escritos del 1 y 14 de diciembre de 1999, presentados por los armadores JOSE MERCEDES PANTA PANTA, MARIANO PANTA JACINTO y CLAUDIO PANTA JACINTO. CONSIDERANDO: Que mediante los escritos del visto, los recurrentes solicitan autorización de incremento de flota para la construcción de una embarcación pesquera de madera a denominarse "JESUS EN TI CONFIO" de 56.5 m3 de volumen de bodega, cajas con hielo como medio de preser- vación a bordo, para la extracción de los recursos hidrobio- lógicos tiburón, perico, dorado, mero y pez volador con el uso de palangre y sierra y bagre con red de cerco de 3 pulgadas (76 mm.), con destino al consumo humano direc- to; Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración y Control Pesquero mediante Informe contenido en el Oficio Nº 014-2000-PE/DNE-Dacp, y con la confor- midad legal según las facultades delegadas por Resolu- ción Ministerial Nº 010-2000-PE; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y modificatorias, el Plan de Ordenamiento Pesquero del Atún y Especies Afines aprobado por Resolución Ministerial Nº 550-97- PE, el Plan de Ordenamiento del Recurso Merluza apro- bado por Resolución Ministerial Nº 107-98-PE, el procedi- miento Nº 14 del Texto Unico de Procedimientos Adminis- trativos del Ministerio de Pesquería aprobado por Decre- to Supremo Nº 017-99-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE y la Resolución Ministerial Nº 500- 98-PE: SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a los armadores JOSE MER- CEDES PANTA PANTA, MARIANO PANTA JACINTO y CLAUDIO PANTA JACINTO el incremento de flota para la construcción de una embarcación pesquera de bandera nacional a denominarse "JESUS EN TI CON- FIO" de 56.5 m3 de volumen de bodega, cajas con hielo como medio de preservación a bordo, equipada con palan- gre para la extracción de los recursos tiburón, perico, dorado, mero y pez volador, y red de cerco de 3 pulgadas (76 mm.) de longitud mínima de abertura de malla para la extracción de sierra y bagre, con destino al consumo humano directo. Artículo 2º.- La autorización otorgada por la presente Resolución tendrá vigencia por un único plazo impro- rrogable de veinticuatro (24) meses, contados a partir de la fecha de su expedición. Asimismo será causal de cadu- cidad construir la embarcación pesquera excediendo la capacidad de bodega autorizada. Artículo 3º.- Los armadores JOSE MERCEDES PAN- TA PANTA, MARIANO PANTA JACINTO y CLAUDIO PANTA JACINTO, deberán cumplir con solicitar el per- miso de pesca dentro el plazo improrrogable de tres (3) meses contados a partir de la fecha del vencimiento del plazo de la autorización de incremento de flota, bajo sanción de caducidad de pleno derecho de la citada auto- rización. Artículo 4º.- Incorporar la presente autorización de incremento de flota al Anexo II de la Resolución Ministe- rial Nº 500-98-PE. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Mi- nisterio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. RONALDO GALLO GALLO Director Nacional de Extracción (e) 2236 Aprueban cambio de titular de permiso para operar embarcación pesquera de bandera nacional RESOLUCION DIRECTORAL Nº 034-2000-PE/DNE Lima, 22 de febrero del 2000 Visto el Expediente de Registro Nº CE-00026002 del 17 de enero del 2000, presentado por ALIMENTOS HI- DROBIOLOGICOS DEL PERU S.A.C.; CONSIDERANDO: Que por Resolución Directoral Nº 134-99-PE/DNE del 11 de junio de 1999, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado, entre otros, a GRUPO SINDICATO PES- QUERO DEL PERU S.A., para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada "AUDAZ II" con Matrícula Nº CO-17749-PM, de 65.29 m3 de volumen de bodega, con refrigeración y hielo como sistema de preservación a bordo, equipada con espinel o palangre como aparejo de pesca, para la extracción de los recursos hidrobiológicos perico, tiburón, mero, congrio y pez espa- da con destino al consumo humano directo en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que a través del escrito del visto, la recurrente solicita el cambio del titular del permiso de pesca al haber adqui- rido la propiedad de la embarcación pesquera citada, conforme consta en el certificado compendioso de domi- nio; Estando a lo informado por la Dirección de Admi- nistración y Control Pesquero mediante Informe Nº 026- 2000-PE/DNE-Dacp, y con la conformidad legal según las facultades delegadas por Resolución Ministerial Nº 010- 2000-PE; De conformidad con lo establecido por el Artículo 47º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y el Procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Mi- nisterio de Pesquería aprobado por Decreto Supremo Nº 017-99-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE y las Resoluciones Ministeriales Nºs. 500-98-PE, 501-98-PE y 505-98-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolución Directoral Nº 134-99- PE/DNE del 11 de junio de 1999, para operar la embarca- ción pesquera "AUDAZ II" con Matrícula Nº CO-17749- PM, de 65.29 m3 de volumen de bodega, en los mismos términos y condiciones, a favor de ALIMENTOS HIDRO- BIOLOGICOS DEL PERU S.A.C. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permi- so de pesca otorgado por Resolución Directoral Nº 134-99- PE/DNE a GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A. Artículo 3º.- Incorporar a ALIMENTOS HIDRO- BIOLOGICOS DEL PERU S.A.C. como titular del permi- so de pesca para operar la embarcación pesquera "AU- DAZ II", así como la presente Resolución, al literal K) del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 500-98-PE y al Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 501-98-PE, excluyendo a GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A. y a la Resolución Directoral Nº 134-99-PE/ DNE de los indicados anexos. Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución Di- rectoral a la Dirección General de Capitanías y Guarda- costas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesquería de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Ancash, Ica, Arequipa, Moquegua y Tacna.