Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2000 (02/07/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, MORDAZA 2 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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Los Comites de Defensa Civil Distritales tienen competencia dentro de su jurisdiccion, ejecutando las inspecciones a traves de las Oficinas de Defensa Civil de las Municipalidades Distritales. Los Comites de Defensa Civil Regionales, a traves de las Oficinas de Defensa Civil de los Gobiernos Regionales y dentro de su jurisdiccion, tienen competencia para ejecutar las inspecciones cuya ejecucion no MORDAZA podido ser asumida por las Oficinas de Defensa Civil de los Gobiernos Locales. COMPETENCIA DEL INDECI Y SUS ORGANOS DESCONCENTRADOS Articulo 5º.- El INDECI y sus organos desconcentrados, pueden realizar a nivel nacional las Inspecciones Tecnicas Basicas, de Detalle y Multidisciplinarias a solicitud de parte o de oficio, recurriendo a sus inspectores o a los profesionales idoneos inscritos en su Registro de Profesionales, autorizandolos a efectuar la inspeccion respectiva mediante la Resolucion Directoral correspondiente. COMPETENCIA DE LOS COMITES DISTRITALES Y PROVINCIALES Articulo 6º.- Los Comites de Defensa Civil Distritales y Provinciales, a traves de las respectivas Oficinas de Defensa Civil de los gobiernos locales y mediante inspectores autorizados, realizaran inspecciones tecnicas basicas tanto a solicitud de parte como de oficio. Asimismo, podran efectuar dicha inspeccion en locales o recintos donde se realicen espectaculos publicos cuya afluencia no supere las (3,000) personas. En caso que dichas Oficinas no cuenten con el personal idoneo, otorgaran una MORDAZA en ese sentido, pudiendo los interesados solicitar la inspeccion a la Oficina de Defensa Civil de los Gobiernos Regionales. En todo caso, el INDECI y sus organos desconcentrados, deberan realizar las inspecciones en MORDAZA instancia. COMPETENCIA DE LOS COMITES REGIONALES Articulo 7º.- Los Comites de Defensa Civil Regionales, tienen competencia para la ejecucion de las inspecciones que no hayan podido ser ejecutadas por las Oficinas de los Gobiernos Locales, a pesar de ser de su competencia. Ello se acreditara con la MORDAZA respectiva. CAPITULO III DE LOS CASOS ESPECIALES DE INSPECCION INSPECCIONES A LUGARES ESTRATEGICOS O RESERVADOS Articulo 8º.- El INDECI efectuara las inspecciones en aquellos lugares que por seguridad nacional o por su naturaleza esten calificados como estrategicos o reservados. Para la ejecucion de esta inspeccion tecnica se coordinara con las autoridades correspondientes. TITULO II DE LAS INSPECCIONES TECNICAS DE SEGURIDAD EN DEFENSA CIVIL CAPITULO I DE LA NATURALEZA DE LA NATURALEZA Articulo 9º.- Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil es el conjunto de procedimientos y acciones que realizan los Inspectores de Seguridad autorizados por el INDECI con el fin de evaluar las condiciones de seguridad en materia de Defensa Civil, establecidas en los distintos dispositivos legales, que presentan las edificaciones, recintos e instalaciones de todo MORDAZA donde residan, trabajen o concurra publico; asi como de las zonas geograficas y el ecosistema a fin de prevenir siniestros o desastres que afecten a las personas, su patrimonio o medio ambiente. En estos dos ultimos casos, el INDECI coordinara con el Consejo Nacional del Ambiente - CONAM.

CAPITULO II DEL OBJETO Y DE LOS TIPOS DE INSPECCION OBJETO DE INSPECCION Articulo 10º.- Son objeto de Inspeccion Tecnica de Seguridad, los inmuebles, instalaciones y recintos de propiedad privada, de dominio privado del Estado y/o de dominio publico, en los cuales reside, labora o concurre publico, asi como las zonas geograficas donde se ubican Centros Poblados. TIPOS DE INSPECCIONES TECNICAS Articulo 11º.- Las Inspecciones Tecnicas de Seguridad se diferencian por su complejidad en: a) Inspeccion Tecnica Basica: Consiste en verificar en forma ocular el cumplimiento de condiciones minimas de seguridad, identificar los peligros asi como las condiciones de seguridad tanto fisicas como espaciales que ofrece la edificacion o recinto en toda su area, determinando el equipo basico de seguridad con el que debe contar para hacer frente a posibles situaciones de emergencia. Esta inspeccion se efectua a solicitud de la parte interesada, pudiendo ser objeto de esta cualquier edificacion o instalacion, asi como lugares donde se lleven a cabo espectaculos, con una capacidad de hasta tres mil personas. La Inspeccion Tecnica Basica puede derivarse en una de detalle cuando la complejidad de la evaluacion asi lo determine. La Inspeccion Tecnica Basica debe ser realizada por los inspectores de seguridad de las Direcciones Regionales y demas organos desconcentrados del INDECI, por las Oficinas de Defensa Civil de los Gobiernos Locales a nivel distrital y provincial, estos ultimos podran efectuar inspecciones sobre locales donde se llevaran a cabo espectaculos publicos con una asistencia de hasta tres mil personas. En caso que la oficina a la que se recurra no cuente con el personal idoneo, los interesados podran solicitar la inspeccion al organo inmediato superior. b) Inspeccion Tecnica de Detalle: Consiste en evaluar las condiciones de seguridad tanto fisicas como espaciales que ofrece la edificacion o recinto, determinando mediante pruebas simples si fueran necesarias, la vulnerabilidad de esta frente a cualquier situacion de emergencia. Para efectuar esta inspeccion el solicitante debera presentar un juego de planos completo y/u otros documentos correspondientes a la edificacion materia de inspeccion. Las edificaciones que califican para inspeccion a detalle son: viviendas multifamiliares, viviendas precarias, centros educativos de gran alumnado, edificios administrativos, centros de salud, hospitales, clinicas, establecimientos penales, centros comerciales, mercados, ferias, locales de espectaculos (abiertos y cerrados), centros de recreacion, establecimientos de hospedaje, industrias livianas y medianas, talleres entre otros de igual complejidad o cuando los inspectores de seguridad de la inspeccion basica lo determinen. Se consideran tambien calificadas para este MORDAZA de inspeccion, las instalaciones o recintos donde se llevaran a cabo espectaculos publicos con una asistencia superior a las 3000 (tres mil) personas. La inspeccion tecnica de detalle debe ser realizada obligatoriamente por personal profesional colegiado de las especialidades de ingenieria, arquitectura u otros designados por las Direcciones Regionales del INDECI. c) Inspeccion Tecnica Multidisciplinaria: Mediante esta inspeccion se identifican los peligros tanto de caracter interno como externo de una MORDAZA, local o edificacion, determinando el grado de vulnerabilidad, estimando las perdidas humanas y materiales, y emitiendo recomendaciones generales y especificas sobre medidas de seguridad. Son objeto de inspeccion tecnica multidisciplinaria los locales o recintos donde se almacenan, fabrican y comercializan productos pirotecnicos, los derivados de hidrocarburos, de sustancias y de productos quimicos toxicos; asi como los lugares donde se producen explosivos y todos aquellos que signifiquen peligro para la poblacion y afectacion al ambiente. Asimismo, los cauces

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