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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JULIO DEL AÑO 2000 (05/07/2000)

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Pág. 189741 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 5 de julio de 2000 SUNASS Aprueban Reglamento de Prestación de Servicios de Agua Potable y Alcan- tarillado de la EPS MARAÑON S.R.L. RESOLUCION DE INTENDENCIA Nº 003-2000-SUNASS-INF Lima, 3 de julio del 2000 VISTO: El Proyecto de Reglamento de Prestación de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de la "Empresa Prestadora de Servicios Marañón S.R.L." - EPS MARAÑON S.R.L., así como la opinión de la Comisión Revisora designada para tal efecto por la Alta Dirección de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 019-96/ PRES-VMI-SUNASS, se aprobó la Directiva para la Formula- ción del Reglamento de Prestación de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Entidades Prestadoras de Servicios de Sa- neamiento - EPS; Que, en dicho reglamento se deberá plasmar la normativi- dad que regula las relaciones entre las respectivas EPS legal- mente reconocidas por la Superintendencia Nacional de Servi- cios de Saneamiento y los usuarios de los servicios de agua potable y alcantarillado; Que la "Empresa Prestadora de Servicios Marañón S.R.L." - EPS MARAÑON S.R.L., ha presentado oportunamente su Re- glamento de Prestación de Servicios de Agua Potable y Alcanta- rillado, el mismo que ha sido revisado y obtenido opinión favora- ble por parte de la Comisión Revisora designada para tal efecto; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6.2.2 de la Resolución de Superintendencia Nº 019-96/PRES-VMI-SUNASS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de Prestación de Ser- vicios de Agua Potable y Alcantarillado de la "Empresa Presta- dora de Servicios Marañón S.R.L." - EPS MARAÑON S.R.L. Artículo 2º.- Ordenar a la "Empresa Prestadora de Servi- cios Marañón S.R.L." - EPS MARAÑON S.R.L., la publicación del Reglamento de Prestación de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado aprobado. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL MITSUMASU FUJIMOTO Intendente de Normas y Fiscalización (e) 7581 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Autorizan libre adjudicación de lote ubicado en el distrito de Santiago de Surco RESOLUCION Nº 225-2000-MML-DMDU Lima, 26 de mayo de 2000 LA DIRECCION MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO VISTO: El Expediente principal Nº 131492-D-78 seguido por la COOPERATIVA DE VIVIENDA DE LOS EMPLEA- DOS DEL MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS LTDA. Nº 536, y Documentos Simples Nº 13844-98 y Nº 27923-99 segui- do por la SRA. LUZ GONZALES RODRIGUEZ VDA. DE POLICK, por el cual solicita la AUTORIZACION DE LA LIBRE ADJUDICACION del lote Nº 26 de la manzana "F" con un área de 204.80 m2, integrante de la urbanización "La Calesa", ubicada en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima.CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Alcaldía Nº 1034 del 30.Jun.88, se resolvió declarar cumplidas por la Cooperativa de Vivienda de los Empleados del Ministerio de Energía y Minas Ltda. Nº 536, la ejecución de las Obras de Habilitación Urbana del terreno de 22,750.00 m2 que constituye el saldo de la urbanización "La Calesa" ubicada en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, y en consecuencia se autoriza a la libre adjudicación de los lotes que la constituyen, exceptuándose los lotes Nº 27 de la manzana "E", Nº 17 y Nº 26 de la manzana "F", Nº 10 de la manzana "H" y Nº 1 de la manzana "I" en los que no se ha efectuado la edificación de viviendas; Que, por Informe Técnico Nº 085-2000-MML-DMDU-DHU- DCO del 27 de abril del 2000 y practicada la Inspección Ocular por el personal Técnico de la División de Control de Obras de la Dirección de Habilitaciones Urbanas, se constató que sobre el lote Nº 26 de la manzana "F" se ha edificado una vivienda de material noble, la cual cuenta con los servicios de agua potable, desagüe y electrificación, así mismo la recurrente ha cumplido con presentar la documentación requerida y pagos establecidos en el TUPA '98; Con la recomendación de la Dirección de Habilitaciones Urbanas; De conformidad con lo previsto en el Artículo 168º de Edicto Metropolitano Nº 021 y el Artículo 3º del Decreto de Alcaldía Nº 081-97 del 30 de octubre de 1997, Informe Nº 457-99-MML-OGAJ del 12 de abril de 1999, la Ordenanza Nº 133 del 19 de diciembre de 1997 y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR a la Cooperativa de Vi- vienda de los Empleados del Ministerio de Energía y Minas Ltda. Nº 596 la LIBRE ADJUDICACION del lote Nº 26 de la manzana "F" con un área de DOSCIENTOS CUATRO METROS CUADRADOS CON OCHENTA DECIMETROS CUADRADOS (204.80 m2) integrante de la urbanización "La Calesa", ubicada en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, a favor de la Sra. Luz González Rodríguez Vda. de Polick. Artículo Segundo.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano en un plazo máximo de 30 días calendario, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, la cual estará a cargo de la interesada. Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a la Oficina Registral de Lima y Callao para su inscripción correspondiente y a la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco para su conocimiento y fines. Regístrese y comuníquese. SUSANA RAMIREZ DE LA TORRE Directora Municipal Dirección Municipal de Desarrollo Urbano 7420 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Otorgan plazo para presentación de declaración jurada y pago del Im- puesto Predial ORDENANZA Nº 009-2000/MDC Carabayllo, 29 de mayo de 2000 Visto, en Sesión Extraordinaria de Concejo del 27 de mayo del 2000, el punto de agenda referido a otorgar un plazo en forma excepcional para la presentación y pago del Autoavalúo del ejercicio 2000 en la jurisdicción del distrito de Carabayllo; CONSIDERANDO: Que, el Art. 191º de la Constitución Política vigente, estable- ce que las Municipalidades Distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el literal c) del Artículo 14º de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 776, esta- blece la obligación de presentar Declaración Jurada, cuando así lo determine la Administración Tributaria para la generalidad de contribuyentes y dentro del plazo que determine para tal fin; Que, el Artículo 29º del Texto Unico Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, esta- blece en su último párrafo que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado con carácter general por la administración tributaria; Que, dentro del marco de celebraciones del 179º Aniversario de creación política del distrito de Carabayllo, la Administración