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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JULIO DEL AÑO 2000 (05/07/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 18

Pág. 189728 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 5 de julio de 2000 PODER JUDICIAL Aprueban formato correspondiente al informe de la Contraloría General so- bre administración de recursos huma- nos, ingresos propios y servicios del Poder Judicial RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 227-SE-TP-CME-PJ Lima, 4 de julio de 2000 VISTO: El Informe Nº 167-99-CG/AA4, remitido por la Contraloría General de la República, denominado "Administración de los Recursos Humanos, Ingresos Propios y Servicios Judiciales del Poder Judicial" y demás documentos adjuntos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Memorándum Nº 151-2000-PJ/SE del Titu- lar del Pliego del Poder Judicial, se pone en conocimiento del Gerente General del Poder Judicial, el Informe Nº 167-99-CG/ AA4, "Administración de los Recursos Humanos, Ingresos Pro- pios y Servicios Judiciales del Poder Judicial"; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 078-99-CG, de fecha 16 de julio de 1999, se aprueba la Directiva Nº 06-99-CG/ SDE-PLF, "Marco de Formulación, Ejecución y Evaluación del Plan de Auditoría Gubernamental y Seguimiento de Medidas Correctivas", cuyo numeral 6.6 literal c, dispone que el Titular de la Entidad informe a la Contraloría General en forma semestral utilizando el Formato S-2; Que, como resultado del Informe Nº 167-99-CG/AA4, "Admi- nistración de los Recursos Humanos, Ingresos Propios y Servi- cios Judiciales del Poder Judicial", la Contraloría General de la República ha formulado las respectivas recomendaciones; corres- ponde en consecuencia al Titular de la Entidad informar de la situación de las observaciones y recomendaciones pendientes y en proceso; de conformidad con el Formato indicado; Que, en uso de las funciones y atribuciones conferidas por las Leyes Nºs. 26546, 26623, 26695 y 27009, y las Resoluciones Administrativas Nºs. 018-CME-PJ, 032-CME-PJ y 029-99-SE- TP-CME-PJ; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Formato S-2, "Acciones Adoptadas por el Titular", detallado en la parte considerativa y que forma parte integrante de la presente Resolución; el mismo que corresponde al Informe Nº 167-99-CG/AA4, "Administración de los Recursos Humanos, Ingresos Propios y Servicios Judicia- les del Poder Judicial". Artículo Segundo.- Disponer que los funcionarios com- prendidos en el Formato S-2, materia de la presente Resolución, cumplan conforme a éste, con las recomendaciones contenidas en el Informe señalado en la parte considerativa. Artículo Tercero.- Transcribir la presente Resolución a la Contraloría General de la República, Gerencia General, Geren- cia Central de la Reforma del Poder Judicial y a los órganos de línea pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID PEZUA VIVANCO Titular del Pliego del Poder Judicial 7623 COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL Crean juzgados de paz en el Centro Poblado de San Juan y el Caserío de San Miguel de Semuya RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 1200-CME-PJ Lima, 4 de julio del 2000 VISTO: El Informe Nº 085-2000-PJ-SE-GCR de la Gerencia Central de la Reforma de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Ejecutiva delPoder Judicial, que eleva la documentación correspondiente a la Creación de Un Juzgado de Paz en el Centro Poblado de San Juan, comprensión del Distrito Judicial de Lambayeque; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al inciso 5.11 del Artículo 5º del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa Nº 018-CME- PJ, esta Comisión está facultada para crear, modificar, reubicar, suprimir Distritos Judiciales y los demás órganos jurisdicciona- les que se requieran para lograr la eficiencia del servicio a solicitud de la Corte Superior de Justicia correspondiente; Que, uno de los postulados de la Reforma y Modernización del Poder Judicial es apoyar a las poblaciones menos favorecidas del país, dotándolas de los órganos jurisdiccionales correspondientes; Que, mediante Oficio Nº 1405-2000-P-CSJLA/PJ, el Presi- dente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ha solicitado la creación de un Juzgado de Paz en el centro poblado de San Juan, distrito de Chongoyape, provincia de Chiclayo, departamento y Distrito Judicial de Lambayeque; Que, en uso de las facultades conferidas mediante Ley Nº 26546 que crea la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, la cual ha asumido por un período de excepción las funciones de gobier- no y gestión de dicho Poder del Estado, las mismas que fueron ampliadas, modificadas y prorrogadas por Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, con el fin de factibilizar su reorganización y reestructuración integral en lo referente al Despacho Judicial, entre otras materias; pudiendo adoptar acuerdos y medidas necesarias para que los órganos jurisdiccionales funcionen con la debida celeridad y eficiencia, y estando a lo acordado en la sesión de la fecha; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el centro poblado de San Juan, distrito de Chongoyape, de la provincia de Chiclayo, departamento y Distrito Judicial de Lambayeque. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la presente Resolución, se financiarán con cargo a la Unidad Ejecutora 001 - Gerencia General del Pliego del Poder Judicial del presupuesto del Sector Público para 2000. Artículo Tercero.- Transcribir la presente Resolución a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, a la Gerencia General del Poder Judicial y a la Gerencia Central de la Reforma del Poder Judicial. Regístrese, publíquese y cúmplase. VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO LUIS SERPA SEGURA JORGE BUENDIA GUTIERREZ DAVID PEZUA VIVANCO 7621 RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 1201-CME-PJ Lima, 4 de julio del 2000 VISTO: El Oficio Nº 369-99-P-CSJUC/PJ de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, el Oficio Nº 570-2000-GG/PJ de la Gerencia General del Poder Judicial y el Informe Nº 084-2000-PJ- SE-GCR de la Gerencia Central de la Reforma de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial correspondiente a la creación de un Juzgado de Paz en el caserío de San Miguel de Semuya, comprensión del Distrito Judicial de Ucayali; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al inciso 5.11 del Artículo 5º del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa Nº 018-CME- PJ, esta Comisión está facultada para crear, modificar, reubicar, suprimir Distritos Judiciales y los demás órganos jurisdicciona- les que se requieran para lograr la eficiencia del servicio a solicitud de la Corte Superior de Justicia correspondiente; Que, uno de los postulados de la Reforma y Modernización del Poder Judicial es apoyar a las poblaciones menos favorecidas del país, dotándolas de los órganos jurisdiccionales correspon- dientes; Que, mediante Oficio de Vistos, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, ha solicitado la creación de un Juzgado de Paz en el caserío de San Miguel de Semuya, distrito de Honoria, provincia de Puerto Inca, departamento de Huánuco y Distrito Judicial de Ucayali; En uso de las facultades conferidas mediante Ley Nº 26546 se crea la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, la cual ha asumido por un período de excepción las funciones de gobierno y gestión de dicho Poder del Estado, las mismas que fueron