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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JULIO DEL AÑO 2000 (05/07/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 5

Pág. 189715 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 5 de julio de 2000 la parte considerativa de la presente resolución, decomisados por tráfico ilícito de drogas, que se encuentran inmovilizados y bajo custodia de la DIVANDRO-XII-RPNP-PUNO, procediendo a su inmediata Neutralización, Dilución, Eliminación y/o Destrucción. Artículo 2º.- En el Acto de Neutralización, Dilución, Elimi- nación, y/o Destrucción de los insumos químicos, estarán presen- tes el representante del Ministerio Público, de la Oficina Ejecu- tiva de Control de Drogas (OFECOD), de la Policía Nacional del Perú, del Ministerio de Salud, del Ministerio de Agricultura y Peritos Químicos; quienes formularán el Acta respectiva, la que será debidamente firmada por los representantes mencionados. Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese. CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro del Interior 7531 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0802-2000-IN-1101 Lima, 26 de junio de 2000 Visto, el Informe Técnico Nº 004-2000-IN/1105 del 2.JUN.2000, de la Oficina de Drogas e Insumos Químicos de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas - OFECOD, en el que se recomienda Neutrali- zar, Diluir, y/o Eliminar insumos químicos, utilizados en la elabora- ción de drogas que se encuentran inmovilizados y bajo custodia de la DEANDRO SUB-REGION PNP-JULIACA; CONSIDERANDO: Que, el Departamento Antidrogas de la SUB-REGION PNP- JULIACA, tiene bajo custodia: nueve kilogramos con ochocien- tos gramos (9.800 Kg.) de Bicarbonato de Sodio, ciento treinta y un kilogramos con quinientos gramos (131.500 Kg.) de Carbona- to de Sodio, setenta y un kilogramos con quinientos gramos (71.500) Kg.) de Acido Sulfúrico Impuro, siete kilogramos con setecientos cincuenta gramos (7.750 Kg.) de Acetona, haciendo un total de doscientos veinte kilogramos con quinientos cincuen- ta gramos (220.550 kg.) de insumos químicos decomisados por tráfico ilícito de drogas que se encuentran con impurezas en envases inapropiados, y/o envases reciclados, representando un peligro para la salud e integridad física del personal que labora en dicha dependencia policial; De conformidad, a lo establecido en los Artículos 66º y 79º Inc. d) del Decreto Ley Nº 22095 - Ley General de Drogas, Artículo 1º del Decreto Ley Nº 25623 - Ley de Control y Fiscalización de Productos e Insumos Químicos que directa o indirectamente se utilizan en la elaboración de Pasta Básica de Cocaína y otros; y Artículo 44º del Decreto Supremo Nº 008-93-ITINCI de 28.MAY.93; Estando a lo propuesto por la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas - OFECOD; y a lo opinado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar de baja a doscientos veinte kilogramos con quinientos cincuenta gramos (220.550 Kg.) de insumos quími- cos, que se detallan en la parte considerativa de la presente resolución, decomisados por tráfico ilícito de drogas, que se encuentran inmovilizados y bajo custodia de la DEANDRO SUB-REGION PNP-JULIACA, procediéndose a su Neutra- lización, Dilución, y/o Eliminación. Artículo 2º.- En el Acto de Neutralización, Dilución, y/o Eliminación de los insumos químicos, estarán presentes el re- presentante del Ministerio Público, de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas (OFECOD), de la Policía Nacional del Perú, del Ministerio de Salud, del Ministerio de Agricultura y Peritos Químicos; quienes formularán el Acta respectiva, la que será debidamente firmada por los representantes mencionados. Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese. CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro del Interior 7533 Disponen transferencia de insumo químico para ser utilizado en diversos servicios del Hospital Regional Norte - Chiclayo, de la PNP RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0798-2000-IN-1101 Lima, 26 de junio de 2000Visto, el Oficio Nº 145-2000-II-RPNP-OFISAN-HRN-OFRAD/ UNID.LOG. del 5.MAY.2000, del Hospital Regional Norte Cap. FAP JOSE A. QUIÑONEZ GONZALES - CHICLAYO de la Policía Nacional del Perú, que solicita a la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas (OFECOD) del Ministerio del Interior, la transferencia del Insumo Químico: HIPOCLORITO DE SODIO (Lejía). CONSIDERANDO: Que, el Director del Hospital Regional Norte Cap. FAP JOSE A. QUIÑONEZ GONZALES - CHICLAYO de la Policía Nacional del Perú, solicita a la OFECOD la transferencia de Insumo Químico: HIPOCLORITO DE SODIO (Lejía), para ser utilizado en las actividades de lavado y desinfección de ropa de uso diario, así como también en los servicios de laboratorio clínico y emer- gencia; Que, en el Almacén de la DIVANDRO II-RPNP-CHICLAYO se encuentra inmovilizado y bajo custodia, cuarenta (40) bolsas conteniendo cien (100) cojines cada una, haciendo un total de Cuatro Mil (4,000) cojines; Que, es necesario adoptar las medidas de seguridad y control adecuados para garantizar la presente transferencia del Insumo Químico, con la intervención de las autoridades competentes; Que, la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas - OFECOD es la única entidad encargada de la administración de Bienes Incautados por Tráfico Ilícito de Drogas; De conformidad a lo establecido en el Artículo 79º inciso d) del Decreto Ley Nº 22095; y, Estando a lo propuesto por la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas y a lo opinado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Transferir al Hospital Regional Norte Cap. FAP JOSE A. QUIÑONEZ GONZALES - CHICLAYO de la Policía Nacional del Perú, el Insumo Químico HIPOCLORI- TO DE SODIO (Lejía), contenido en cuarenta (40) bolsas conteniendo cien (100) cojines cada una, para ser utilizados en las actividades de lavado y desinfección de ropa de uso diario, así como también en los servicios de laboratorio clínico y emergencia. Artículo 2º.- La OFECOD procederá a la entrega del Insu- mo Químico al representante acreditado del Hospital Regional Norte de la Policía Nacional del Perú, en presencia del represen- tante del Ministerio Público, previo pesaje y análisis certificado por un profesional químico levantándose el Acta de Transfe- rencia. Artículo 3º.- El Director del Hospital Regional Norte Cap. FAP ABELARDO A. QUIÑONEZ GONZALES - CHI- CLAYO de la Policía Nacional del Perú, informará a la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas, la utilización del Insumo Químico transferido. Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese. CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro del Interior 7529 Disponen transferencia de insumo químico para prácticas de laborato- rio en la Universidad Nacional del Altiplano RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0801-2000-IN-1101 Lima, 26 de junio de 2000 Visto, el Oficio Nº 045-2000-OFLAB-UNA-P, del 3.MAY.2000, de la Universidad Nacional del Altiplano - PUNO, que solicita la Transferencia de insumo químico fiscalizado: ACIDO SULFU- RICO, a la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas (OFECOD) del Ministerio del Interior. CONSIDERANDO: Que, el Jefe de la Oficina de Laboratorios de la Universidad Nacional del Altiplano - Puno, solicita a la OFECOD la transfe- rencia del insumo químico fiscalizado: ACIDO SULFURICO para ser utilizado en la realización de prácticas de laboratorio en las diferentes facultades de dicha Universidad con fines neta- mente académicos; Que, en el Almacén y/o Depósito de la DIVANDRO XII- RPNP-PUNO, se encuentra inmovilizado y bajo custodia, el siguiente insumo químico fiscalizado: ACIDO SULFURICO