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Pág. 190246 NORMAS LEGALES Lima, viernes 14 de julio de 2000 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Disponen el embanderamiento, limpieza y pintado de predios ubicados en el Cercado de Lima, con motivo de la celebración de la Independencia Nacional DECRETO DE ALCALDIA Nº 054 Lima, 11 de julio de 2000 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA, ENCARGADO DE LA ALCALDIA CONSIDERANDO: Que, el próximo 28 de julio del año 2000, se celebra el Centésimo Septuagésimo Noveno Aniversario de la Inde- pendencia Nacional del Perú; Que, por tal motivo debe disponerse el embandera- miento de los predios, públicos y privados, establecimientos comerciales, industriales y de servicios; Que, en tal sentido, se hace necesaria la participación cívica del vecindario mediante el embanderamiento, limpie- za y pintado de todos los predios ubicados en el Cercado de Lima, a efecto de proporcionar el marco adecuado a las precitadas efemérides de la Patria; Que, de otro lado, la Ley Orgánica de Municipalidades establece que las Municipalidades determinan las limitacio- nes y modalidades que pueden imponer a la propiedad en sus respectivas jurisdicciones y en armonía con el interés social; Que, una de las funciones de los gobiernos locales, es la aprobación de las normas sobre el ornato dentro de su ámbito jurisdiccional; Que, habiéndose efectuado visitas a diversas zonas de la jurisdicción, se ha constatado que muchos predios han descuidado el mantenimiento de su fachada, desluciendo la imagen del Centro Histórico y del Cercado de Lima; Que, en el Artículo 149º de la Ordenanza Nº 062-MLM reglamenta las disposiciones concernientes a la presen- tación y conservación de la propiedad pública y privada en el Centro Histórico; En uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- Disponer el embanderamiento de los predios privados, públicos, comerciales, indus- triales y de servicios, a partir del día y hasta el 31 de julio del 2000, con motivo de celebrarse el Centésimo Septuagésimo Noveno Aniversario de la Independencia Nacional del Perú. Artículo Segundo.- Disponer que a partir de la fecha de publicación del presente Decreto y hasta el 27 de julio del año en curso, los vecinos del Cercado de Lima, cumplan con la limpieza y pintado de las fachadas de sus inmuebles. Artículo Tercero.- La Municipalidad Metropolitana de Lima, iniciará las inspecciones de los citados inmuebles, a partir del 20 de julio del presente año, para comprobar que el vecindario cumpla con lo dispuesto en los artículos prece- dentes y de constatarse su incumplimiento se aplicará las sanciones conforme a Ley. Artículo Cuarto.- Encargar a las Direcciones Munici- pales de Fiscalización y Control y de Seguridad Ciudadana y PROLIMA, el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 7977Modifican artículo de resolución me- diante la cual se aprobaron proyectos de habilitación urbana de terreno ubi- cado en el distrito de San Borja RESOLUCION Nº 271-2000-MML-DMDU Lima, 14 de junio de 2000 LA DIRECTORA MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO Visto, el Documento Simple Nº 10844-2000, seguido por INMOBILIARIA JUSTINA S.A., por el cual interpone aclaración del Sexto Artículo de la Resolución Nº 133-99-MML-DMDU, la cual aprueba los Proyectos Definitivos, Autorización de Ejecu- ción de Obras y Construcción Simultánea de la Habilitación Urbana del Terreno de 6,728.00 m2, de fecha 17 de diciembre de 1999, en el sentido de dejar sin efecto el mencionado artículo. CONSIDERANDO: Que, por Resolución Nº 133-99-MML-DMDU de fecha 17 de diciembre de 1999, se aprueba de conformidad con el plano signado con el Nº 096-99-MML-DGO-DHU, los Proyectos de Trazado y Lotización, pavimentación de Calzadas y Aceras y se Autorizo la Ejecución de Obras con Construcción Simultánea, de la Habilitación Urbana en Vías de Regularización para Uso Residencial de Densidad Media "R-3" y Densidad Alta "R-5" del terreno de 6,728.00 m2, ubicado en la ex hacienda Cahuache, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima. Que, en el sexto artículo de la mencionada Resolución, se dispone de conformidad con el Artículo II-X-4 del Reglamen- to Nacional de Construcciones, que las edificaciones que en virtud de la Autorización de Construcción Simultánea se construyan, no podrán ser habitadas, ni la Municipalidad Distrital de San Borja, expedirá los Certificados de Confor- midad de Obra de las mismas, mientras las Obras de Habilitación Urbana no se encuentren oficialmente recepcio- nadas por este Concejo Provincial. Que, el mencionado artículo debe concordar con lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 686-80-VC-5100, que determina que "Las viviendas no podrán ser ocupadas sin contar con el Certificado de Conformidad de Obras. Al término de las obras de edificación, el Concejo correspondiente otorgará el Certificado de Conformidad de Obra respectivo, independientemente de la Recepción de Obras de Habilitación Urbana". Por lo que es necesario modificar el artículo sexto de la Resolución Nº 133-99- MML-DMDU, a fin de que concuerde con la norma aludida. Estando al Informe Nº 064-2000-MML-DMDU-DHU- DRD de fecha 8 de mayo del 2000, de la División de Revisión de Diseño y con la opinión legal favorable de la Dirección de Habilitaciones Urbanas. Con la visación de la División de Revisión de Diseño y con lo recomendado por la Dirección de Habilitaciones Urbanas. De conformidad con lo previsto en el Art. 168º del Edicto Metropolitano Nº 021 y el Decreto de Alcaldía Nº 081-97 del 30 de octubre de 1997, la Ordenanza Nº 133 del 19 de diciembre de 1997 y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853. SE RESUELVE: Artículo Primero.- MODIFICAR, el Artículo Sexto de la Resolución Nº 133-99-MML-DMDU de fecha 17 de diciembre de 1999, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: "Las viviendas no podrán ser ocupadas sin contar con el Certifi- cado de Conformidad de Obras. Al término de las obras de edificación, el Concejo correspondiente otorgará el Certificado de Conformidad de Obra respectivo, independientemente de la Recepción de Obras de Habilitación Urbana". Artículo Segundo.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de los interesados, en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de notificación de la presente. Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR, la presente Reso- lución a la Municipalidad Distrital de San Borja para su conocimiento y fines y a la Oficina Registral de Lima y Callao para su inscripción correspondiente. Regístrese, notifíquese y comuníquese. SUSANA RAMIREZ DE LA TORRE Directora Municipal Dirección Municipal de Desarrollo Urbano 7525