Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2000 (14/07/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, viernes 14 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Visto el Informe Nº 451-DIGA/2000 con Registro de Mesa de Partes General Nº 08364-RG-00 del CPC MORDAZA MORDAZA Charatona, Director General de Administracion, con respecto a la renovacion de suscripciones a bases de datos iniciadas en 1998 y 1999, para la Biblioteca Central y el Sistema de Bibliotecas de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. CONSIDERANDO: Que en 1998 y 1999 se efectuaron suscripciones a bases de datos destinadas a los usuarios de la Biblioteca Central y - a traves de la Red Telematica - a las bibliotecas que integran el Sistema de Bibliotecas de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA, cuya eventual discontinuidad podria causar perjuicios, considerando ademas que constituyen soporte basico para labores adicionales que posibilitan ampliar a sistemas de valor agregado de informacion para otras instituciones; Que, el intento de formar un consorcio con Universidades Publicas o Privadas para realizar la suscripcion corporativa a proveedores internacionales aun no ha prosperado, por lo que se corre el riesgo de interrumpir las suscripciones ya iniciadas, lo que al configurar una situacion de urgencia requiere exonerar del MORDAZA de Seleccion de Concurso Publico la renovacion de suscripciones a bases de datos para los usuarios de la Biblioteca Central y de toda la Universidad; Que de acuerdo a lo dispuesto por el inciso c) del Articulo 19° de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (Ley N° 26850), estan exonerados de licitacion publica y concurso publico las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con la mencionada Ley; Que el Articulo 21° de la mencionada Ley define como situacion de urgencia, la ausencia de un servicio que comprometa en forma directa e inminente la continuidad de un servicio esencial y, tambien, el caso en que el MORDAZA de licitacion o concurso no cumpla funcion alguna, en razon de que los bienes no admiten sustitutos o, existiendo sustitutos, estos pueden afectar negativamente el servicio; Que bajo las condiciones senaladas y, acogiendose a la situacion de urgencia descrita, resulta necesario exonerar del requisito de Concurso Publico, la renovacion de suscripciones a bases de datos destinadas a los usuarios de la Biblioteca Central y de toda la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; Que conforme a lo establecido en la Ley N° 27212 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2000, a los Articulos 19°, 20° y 21° de la Ley N° 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y, En aplicacion del Articulo 4° de la Ley N° 26457, prorrogada en su vigencia por las Leyes N° 26614, N° 26797 y N° 26880, asi como de los Articulos 86° y 87° del Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; SE RESUELVE: 1°.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion bajo la modalidad de Concurso Publico para la renovacion de suscripciones a Base de Datos en CD-ROM en textos Completos PROQUEST y Base de Datos en CD-ROM en Resumenes MORDAZA Platter destinadas a los usuarios de la Biblioteca Central y de toda la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. 2°.- Transcribir la presente Resolucion Rectoral a la Comision de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la Republica, al Ministerio de Economia y Finanzas, y a la Contraloria General de la Republica. 3°.- Encargar a la Direccion General de Administracion la publicacion de la presente Resolucion Rectoral en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 7994

Que conforme a lo establecido en el Reglamento de la Ley de Simplificacion Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, debe efectuarse la designacion de Fedatarios de las entidades del Sector Publico, observandose los requisitos que consigna el Articulo 10º del citado Reglamento y por un periodo de dos anos; Que mediante Resolucion de la Presidencia del Directorio del Indecopi Nº 020-1998, de fecha 30 de junio de 1998, se designaron a los Fedatarios de la institucion; Que estando por vencerse el periodo para el ejercicio de las funciones de los Fedatarios de la institucion designados mediante la citada Resolucion, el Directorio del Instituto ha visto por conveniente prorrogar dicha designacion por dos anos adicionales contados a partir del 1 de MORDAZA del 2000; Estando a lo acordado por el Directorio del Instituto en su Sesion del 27 de junio del 2000; De conformidad con el inciso e) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Articulo Unico.- Prorrogar por el plazo de dos anos, contado a partir del 1 de MORDAZA del 2000, la designacion de las siguientes personas como Fedatarios del Indecopi: Sr. MORDAZA Vicuna MORDAZA Sra. Luz Telleria Segala Sra. MORDAZA Shiraishi Fujino Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sra. MORDAZA Rosasco MORDAZA Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DIBOS Presidenta del Directorio 8022

INEI
Autorizan ejecucion de la Encuesta Nacional de Sueldos y Salarios, correspondiente al II Trimestre del ano 2000
RESOLUCION JEFATURAL Nº 188-2000-INEI MORDAZA, 14 de MORDAZA del 2000 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Trabajo y Promocion Social (MTPS) y el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI), con fecha 30 de diciembre de 1999, han suscrito la Renovacion del Convenio de Cooperacion Tecnica Interinstitucional con el proposito de integrar esfuerzos, para generar estadisticas laborales, mediante la ejecucion de encuestas a hogares y establecimientos; Que, en el MORDAZA del citado Convenio, el INEI, por encargo y con el financiamiento del Ministerio de Trabajo y Promocion Social, ejecutara trimestralmente durante el ano 2000, la Encuesta Nacional de Sueldos y Salarios dirigida a una muestra de 1774 empresas y establecimientos seleccionados, de MORDAZA Metropolitana y principales ciudades del pais; Que, mediante la Resolucion Jefatural Nº 096-2000INEI se autorizo la ejecucion de la Encuesta Nacional de Sueldos y Salarios, correspondiente al I Trimestre del 2000, con informacion al mes de marzo del ano en referencia, por lo que corresponde autorizar la ejecucion de la - "Encuesta Nacional de Sueldos y Salarios", correspondiente al II Trimestre del ano 2000 con informacion referida al mes de junio del 2000; Que, el contenido del formulario de la Encuesta, muestra de informantes, cobertura geografica y todos los documentos metodologicos inherentes a la ejecucion de la Encuesta Nacional de Sueldos y Salarios, han sido disenados y elaborados en coordinacion con el Ministerio de Trabajo y Promocion Social; Que, la precitada Encuesta, adoptara como metodo de recoleccion de datos, la captacion directa de informacion por parte del encuestador, a partir de la planilla de pagos de la empresa;

INDECOPI
Prorrogan designacion de fedatarios del INDECOPI
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DEL INDECOPI Nº 054-2000-INDECOPI/DIR MORDAZA,11 de MORDAZA del 2000

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