Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2000 (14/07/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 14 de MORDAZA de 2000

JNE
Declaran nulos acuerdos del Concejo Distrital de MORDAZA, provincia de La Union, sobre suspension y vacancia del cargo de MORDAZA
RESOLUCION Nº 1040-2000-JNE MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2000 VISTOS: Los Oficios Nºs. 01 y 36-2000-MDA presentados el 29 de MORDAZA y 14 de junio del ano en curso, respectivamente, suscritos por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor del Concejo Distrital de MORDAZA, provincia de La Union, departamento de MORDAZA, quien remite MORDAZA certificada del auto apertorio de instruccion, con mandato de detencion, de fecha 26 de MORDAZA de 2000 dictado por el Juzgado Mixto de La Union contra el MORDAZA del dicho concejo, senor MORDAZA Milard MORDAZA MORDAZA y, comunica que en sesion extraordinaria del 28 de MORDAZA de 2000, se declaro la suspension de este en el cargo municipal que desempena; refiere en el MORDAZA de sus oficios que, en sesion de concejo del 2 de junio de 2000, se acordo declarar la vacancia del referido MORDAZA, por irregularidades administrativas, ratificando el acuerdo de concejo del 20 de marzo de 2000, y facultando al regidor recurrente a acumular de manera alternativa dicho acuerdo de vacancia con el de suspension aprobado en la sesion del 28 de MORDAZA de 2000; El Oficio Nº 107-2000-0302-P/AREQ-S-LUC recibido via fax el 2 de junio del presente ano, suscrito por el senor MORDAZA Rubio MORDAZA, Subprefecto de la provincia de La Union, quien remite MORDAZA de la Resolucion Suprefectural Nº 001-2000-03302-P/AREQ-S-LUC de fecha 2 de junio de 2000 que resuelve favorablemente una solicitud de garantias presentada por el MORDAZA del Concejo Distrital de MORDAZA, senor MORDAZA Milard MORDAZA MORDAZA, para retomar el cargo, y solicita informacion sobre la situacion del citado burgomaestre; Los escritos recibidos el 2, 21 y 23 de junio del ano en curso del senor MORDAZA Milard MORDAZA MORDAZA, comunicando que la Sala Mixta Descentralizada Itinerante de Camana le ha concedido mandato de comparecencia restringida, e interponiendo recurso de revision contra el acuerdo que declara la vacancia de su cargo, de fecha 2 de junio de 2000; El Oficio Nº 277-2000-JX-COT-CSJAR suscrito por el senor doctor MORDAZA Sahuanay Calsin, Juez Mixto de La Union - Cotahuasi, informando que no existe mandato de detencion firme en ninguno de los procesos seguidos contra MORDAZA Milard MORDAZA MORDAZA, Expedientes Judiciales Nºs. 2000-23-JXP y 2000-24-JXP; CONSIDERANDO: Que, no se ha acreditado que el senor MORDAZA Milard MORDAZA MORDAZA se encuentre incurso en las causales de suspension a que se refiere el Articulo 29º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; y, estando a lo informado por el Juzgado Mixto de La Union, se desvirtua los fundamentos del acuerdo del Concejo Distrital de MORDAZA de fecha 28 de MORDAZA de 2000, que declaro la suspension de dicho funcionario; Que, mediante Resolucion Nº 496-2000-JNE de fecha 11 de MORDAZA de 2000 se declaro fundado el recurso de revision interpuesto por el senor MORDAZA Milard MORDAZA MORDAZA contra el acuerdo del Concejo Distrital de MORDAZA del 20 de marzo de 2000 que declaro inicialmente la vacancia del cargo que dicho recurrente ejerce, pronunciamiento municipal que, pese a haberse declarado nulo por este colegiado, ha sido ratificado por el citado concejo mediante acuerdo del 2 de junio de 2000; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar nulos los acuerdos del Concejo Distrital de MORDAZA, provincia de La Union, departamento de MORDAZA, de fechas 28 de MORDAZA y 2 de junio de 2000, sobre suspension y vacancia del cargo de MORDAZA de dicho concejo, respectivamente, que ejerce el senor MORDAZA Milard MORDAZA Torres; y disponer que dicho concejo se pronuncie conforme a las normas contenidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853. Articulo Segundo.- Oficiar al senor Subprefecto de la provincia de La Union, transcribiendole el contenido de la

presente resolucion, en respuesta a su solicitud de fecha 2 de junio de 2000. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO TRUJILLANO, Secretario General 8020

Convocan a candidato no proclamado para completar numero de regidores del Concejo Provincial de MORDAZA en el periodo 1999-2002
RESOLUCION Nº 1041-2000-JNE MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2000 Visto, el recurso de reconsideracion interpuesto el 10 de MORDAZA del ano en curso por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Provincial de MORDAZA, contra la Resolucion Nº 729-2000-JNE de fecha 24 de MORDAZA de 2000, que declaro fundado el recurso de revision interpuesto por el regidor del mismo concejo, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el acuerdo y Resolucion de Concejo Nº 020-2000-MPH del 24 de MORDAZA de 2000, que declaro la vacancia del cargo de regidor que este ostenta; solicita que para resolver el punto controvertido se revise el expediente de vacancia que genero la citada resolucion y el expediente de suspension del mismo regidor que genero la Resolucion Nº 746-99-JNE del 20 de MORDAZA de 1999; CONSIDERANDO: Que corresponde a este tribunal electoral apreciar los hechos y pruebas con criterio de conciencia, conforme lo establece el Articulo 181º de la Constitucion Politica; por lo que en virtud de ello, ha procedido a revisar los actuados en los Expedientes Nºs. 311-99-Peticion y 394-99-Vacancia a que se refiere el documento de visto; Que la resolucion que se impugna tiene como fundamento principal, excluyente y determinante la condicion de suspendido en el ejercicio de sus funciones, que el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, expuso en el Expediente Nº 311-99 iniciado a su solicitud el 6 de MORDAZA de 1999, al que se anadio un MORDAZA escrito de su parte, de fecha 13 del mismo mes y ano, el que culmino con la Resolucion Nº 746-99-JNE del 20 de MORDAZA de 1999, que declaro nulo y sin efecto el acuerdo de Concejo Nº 00599-MPH del 5 de MORDAZA de 1999, sobre suspension del regidor mencionado; Que, analizados los fundamentos del presente recurso y confrontados con los autos, se observa que en el expediente de vacancia remitido el 27 de MORDAZA de 2000 por el Concejo Provincial de MORDAZA, mediante Oficio Nº 047-2000-MPH-A se indicaba que la sancion impuesta al citado regidor en la Sesion Extraordinaria Nº 11 del 3 de MORDAZA de 1999 y contenida en el Acuerdo de Concejo Nº 005-99-MPH, estaba referida a una suspension en las funciones de miembro de la Comision de Salud que este integraba, tal como se consigna en la propia Resolucion de Concejo Nº 020-2000-MPH del 24 de MORDAZA de 2000, de fojas 77, en la que inclusive se senala que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA habria sorprendido al MORDAZA Nacional de Elecciones manifestando una suspension en sus funciones de regidor; Que, para emitir la Resolucion Nº 746-99-JNE del 20 de MORDAZA de 1999, este organismo electoral tuvo por ciertos los extremos de la solicitud del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, situacion que a la luz del texto del Articulo 71º del Reglamento de Sesiones del Concejo y de Reuniones de Comisiones de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, contenido en el Capitulo VIII - De las Reuniones de Comisiones, se entiende que obviamente, dicha sancion se circunscribe y limita al trabajo de comisiones, el que se encuentra normado por el Articulo 45º de la Ley Organica de Municipalidades, estableciendose que estas comisiones internas de trabajo integradas por los regidores, son organos normativos y fiscalizadores que desarrollan trabajos en areas basicas de servicios y de gestion municipal en apoyo a las acciones del concejo; Que, de haberse explicado con claridad la naturaleza de dicha sancion, el MORDAZA Nacional de Elecciones no se hubiera pronunciado como lo hizo, por cuanto, al margen de la

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