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Pág. 190235 NORMAS LEGALES Lima, viernes 14 de julio de 2000 PODER JUDICIAL Disponen cese de servidores de la Corte Superior de Justicia de Lima, por límite de edad RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 240-SE-TP-CME-PJ Lima, 13 de julio de 2000 VISTO: El Informe Nº 0005-2000-GG-GAYF-SP/PJ, emitido por la Supervisión de Personal de la Gerencia de Administración y Finanzas de la Gerencia General del Poder Judicial, sobre la aplicación del Artículo 35º inciso a) de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, normado por el Decreto Legislativo Nº 276 y los Artículos 182º y 186º Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - "Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa". CONSIDERANDO: Que el inciso a) del Artículo 35º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa del Sector Público, normado por el Decreto Legislativo Nº 276, concordado con los Artículos 182º y 186º, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - "Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa", establece que es causa justificada para el cese definitivo de un servidor el haber cumplido el límite de edad; Que, de la revisión de los legajos del Registro de escala- fón del personal administrativo y Auxiliar Jurisdiccional del Poder Judicial, se ha establecido la nómina del personal comprendido dentro del límite de edad que precisa el inciso a) del Artículo 35º de la Ley de Carrera Administrativa del Sector Público y su reglamento; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 183º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, En uso de las facultades conferidas por las Leyes Nºs. 26546, 26623, 26695 y las Resoluciones Administrativas Nºs. 018, 030-CME-PJ y 031-98-SE-TP-CME-PJ; y, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer a partir de la fecha, el cese definitivo en la Carrera Administrativa, por causal de límite de edad, del personal auxiliar jurisdiccional de la Corte Superior de Justicia de Lima que a continuación se detalla: SALAZAR GARCIA, LUIS, Secretario Judicial I. TERARROSA VEGA, DARIO, Técnico Judicial III. Artículo Segundo.- Transcribir la presente Resolución al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, a la Oficina de Control de la Magistratura, a la Gerencia General del Poder Judicial y a los interesados, para los fines corres- pondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID PEZUA VIVANCO Titular del Pliego del Poder Judicial 8046 DEFENSORIA DEL PUEBLO Autorizan viaje de funcionario de la Defensoría para participar en progra- ma sobre derechos humanos que se realiza en Gran Bretaña RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 38-2000/DP Lima, 12 de julio de 2000 Vistos; el Memorando DP Nº 368-2000/GP y sus anexos el Memorando Nº 323-2000/GP, el Memorando Nº 058-2000/DP-DC, la Carta DP 121-2000 y la comunicación DP-2000- 681, correspondiente al Gerente de Personal comunicando la solicitud de licencia de don Daniel Soria Luján, con el pedido del Defensor Especializado en Asuntos Constitucio- nales y la comunicación del Defensor del Pueblo, a fin de que se emita la Resolución autoritativa de licencia con goce de remuneraciones del mencionado trabajador; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los Artículos 161º y 162º de la Constitución Política del Estado, se dio la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo y mediante la Resolu- ción Defensorial Nº 32-99/DP se aprobó su Reglamento de Organización y Funciones; Que, la Ley Nº 26602 dispone que el personal de la Defensoría del Pueblo está comprendido en el régimen laboral de la actividad privada; Que, mediante documentos de Vistos, el Defensor Especiali- zado en Asuntos Constitucionales de la Defensoría del Pueblo, solicita la aprobación de la licencia con goce de remuneraciones del Asesor I don Daniel Soria Luján por el período comprendido entre el 7 de julio y el 4 de agosto del 2000 inclusive, por motivo de capacitación, para asistir como becario al Programa de Verano de la Universidad de Oxford sobre el Derecho Internacional de los derechos humanos, organizado por la Universidad George Was- hington de los Estados Unidos de América conjuntamente con la Universidad de Oxford, a realizarse en Gran Bretaña del 9 de julio al 5 de agosto del presente año; solicitud que ha seguido el procedimiento establecido por la Directiva Nº 004-98-DP/GG "Normas y procedimientos sobre capacitación de personal de la Defensoría del Pueblo", aprobada mediante la Resolución Geren- cial Nº 89-98-DP/GG y modificada por Resolución Gerencial Nº 154-98-DP/GG; Que, es política institucional capacitar al personal de la Defensoría del Pueblo en asuntos referidos al ejercicio de las funciones que le son encomendadas dentro de la capacidad presupuestal institucional y que en el caso materia de la presente resolución los gastos de transporte internacional, hospedaje y alimentación serán sufragados por el Instituto Interamericano de Derechos Humanos, por lo que es procedente autorizar la acción de capacitación de don Daniel Soria Luján; Con el visto bueno del Gerente de Personal, del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídico-Administrativa, del Gerente General y del Primer Adjunto al Defensor del Pueblo; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, los Artícu- los 6º y 7º incisos a) y k) del Reglamento aprobado por la Resolución Defensorial Nº 32-99/DP y su modificatoria la Resolución Defensorial Nº 25-2000/DP y, de conformidad con el Artículo 20º del Reglamento Interno de Trabajo, aprobado por Resolución Administrativa Nº 025-98/DP y los numerales 2.2 literal f), 2.6 y 2.9 del Capítulo VI. Disposicio- nes Específicas, de la Directiva Nº 8-98/DP-GG "Normas sobre permanencia del personal en la Defensoría del Pue- blo", aprobada por Resolución Gerencial Nº 172-98-DP/GG, y estando lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR, la asistencia de don Daniel Soria Luján, Asesor I de la Defensoría Especializada en Asuntos Constitucionales, al Programa de Verano de la Universidad de Oxford sobre Derecho Internacional de los derechos humanos, organizado por esta Universidad con- juntamente con la Universidad George Washington de los Estados Unidos de América, el que se llevará a cabo en Gran Bretaña, concediéndosele licencia con goce de haber por un período de 29 días contados a partir del 7 de julio y hasta el 4 de agosto del 2000, inclusive. Artículo Segundo.- Durante el período de capacitación del citado funcionario, la Gerencia de Personal de la Defen- soría del Pueblo, mantendrá la reserva del cargo, categoría, nivel y plaza que detenta. Artículo Tercero.- Los gastos que genere el cumpli- miento de lo dispuesto por la presente resolución, se efectua- rán con cargo a las asignaciones correspondientes del Presu- puesto Institucional del ejercicio fiscal 2000. Artículo Cuarto.- Cumplida la actividad que se autoriza mediante esta resolución, el funcionario a que se refiere el Artículo Primero, deberá presentar al despacho defensorial un informe escrito en un plazo no mayor de quince (15) días contados desde la reincorporación a sus labores en la institución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE SANTISTEVAN DE NORIEGA Defensor del Pueblo 8030