Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2000 (14/07/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, viernes 14 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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PODER JUDICIAL
Disponen cese de servidores de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, por limite de edad
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 240-SE-TP-CME-PJ MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2000 VISTO: El Informe Nº 0005-2000-GG-GAYF-SP/PJ, emitido por la Supervision de Personal de la Gerencia de Administracion y Finanzas de la Gerencia General del Poder Judicial, sobre la aplicacion del Articulo 35º inciso a) de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, normado por el Decreto Legislativo Nº 276 y los Articulos 182º y 186º Decreto Supremo Nº 005-90-PCM "Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa". CONSIDERANDO: Que el inciso a) del Articulo 35º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa del Sector Publico, normado por el Decreto Legislativo Nº 276, concordado con los Articulos 182º y 186º, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - "Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa", establece que es causa justificada para el cese definitivo de un servidor el haber cumplido el limite de edad; Que, de la revision de los legajos del Registro de escalafon del personal administrativo y Auxiliar Jurisdiccional del Poder Judicial, se ha establecido la nomina del personal comprendido dentro del limite de edad que precisa el inciso a) del Articulo 35º de la Ley de MORDAZA Administrativa del Sector Publico y su reglamento; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 183º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, En uso de las facultades conferidas por las Leyes Nºs. 26546, 26623, 26695 y las Resoluciones Administrativas Nºs. 018, 030-CME-PJ y 031-98-SE-TP-CME-PJ; y, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer a partir de la fecha, el cese definitivo en la MORDAZA Administrativa, por causal de limite de edad, del personal auxiliar jurisdiccional de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA que a continuacion se detalla: MORDAZA MORDAZA, MORDAZA, Secretario Judicial I. TERARROSA MORDAZA, MORDAZA, Tecnico Judicial III. Articulo Segundo.- Transcribir la presente Resolucion al Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a la Oficina de Control de la Magistratura, a la Gerencia General del Poder Judicial y a los interesados, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEZUA MORDAZA Titular del Pliego del Poder Judicial 8046

DP-DC, la Carta DP 121-2000 y la comunicacion DP-2000681, correspondiente al Gerente de Personal comunicando la solicitud de licencia de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con el pedido del Defensor Especializado en Asuntos Constitucionales y la comunicacion del Defensor del Pueblo, a fin de que se emita la Resolucion autoritativa de licencia con goce de remuneraciones del mencionado trabajador; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los Articulos 161º y 162º de la Constitucion Politica del Estado, se dio la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo y mediante la Resolucion Defensorial Nº 32-99/DP se aprobo su Reglamento de Organizacion y Funciones; Que, la Ley Nº 26602 dispone que el personal de la Defensoria del Pueblo esta comprendido en el regimen laboral de la actividad privada; Que, mediante documentos de Vistos, el Defensor Especializado en Asuntos Constitucionales de la Defensoria del Pueblo, solicita la aprobacion de la licencia con goce de remuneraciones del Asesor I don MORDAZA MORDAZA MORDAZA por el periodo comprendido entre el 7 de MORDAZA y el 4 de agosto del 2000 inclusive, por motivo de capacitacion, para asistir como becario al Programa de MORDAZA de la Universidad de Oxford sobre el Derecho Internacional de los derechos humanos, organizado por la Universidad MORDAZA MORDAZA de los Estados Unidos de MORDAZA conjuntamente con la Universidad de Oxford, a realizarse en Gran Bretana del 9 de MORDAZA al 5 de agosto del presente ano; solicitud que ha seguido el procedimiento establecido por la Directiva Nº 004-98-DP/GG "Normas y procedimientos sobre capacitacion de personal de la Defensoria del Pueblo", aprobada mediante la Resolucion Gerencial Nº 89-98-DP/GG y modificada por Resolucion Gerencial Nº 154-98-DP/GG; Que, es politica institucional capacitar al personal de la Defensoria del Pueblo en asuntos referidos al ejercicio de las funciones que le son encomendadas dentro de la capacidad presupuestal institucional y que en el caso materia de la presente resolucion los gastos de transporte internacional, hospedaje y alimentacion seran sufragados por el Instituto Interamericano de Derechos Humanos, por lo que es procedente autorizar la accion de capacitacion de don MORDAZA MORDAZA Lujan; Con el visto MORDAZA del Gerente de Personal, del Jefe de la Oficina de Asesoria Juridico-Administrativa, del Gerente General y del Primer Adjunto al Defensor del Pueblo; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, los Articulos 6º y 7º incisos a) y k) del Reglamento aprobado por la Resolucion Defensorial Nº 32-99/DP y su modificatoria la Resolucion Defensorial Nº 25-2000/DP y, de conformidad con el Articulo 20º del Reglamento Interno de Trabajo, aprobado por Resolucion Administrativa Nº 025-98/DP y los numerales 2.2 literal f), 2.6 y 2.9 del Capitulo VI. Disposiciones Especificas, de la Directiva Nº 8-98/DP-GG "Normas sobre permanencia del personal en la Defensoria del Pueblo", aprobada por Resolucion Gerencial Nº 172-98-DP/GG, y estando lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR, la asistencia de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesor I de la Defensoria Especializada en Asuntos Constitucionales, al Programa de MORDAZA de la Universidad de Oxford sobre Derecho Internacional de los derechos humanos, organizado por esta Universidad conjuntamente con la Universidad MORDAZA MORDAZA de los Estados Unidos de MORDAZA, el que se llevara a cabo en Gran Bretana, concediendosele licencia con goce de haber por un periodo de 29 dias contados a partir del 7 de MORDAZA y hasta el 4 de agosto del 2000, inclusive. Articulo Segundo.- Durante el periodo de capacitacion del citado funcionario, la Gerencia de Personal de la Defensoria del Pueblo, mantendra la reserva del cargo, categoria, nivel y plaza que detenta. Articulo Tercero.- Los gastos que genere el cumplimiento de lo dispuesto por la presente resolucion, se efectuaran con cargo a las asignaciones correspondientes del Presupuesto Institucional del ejercicio fiscal 2000. Articulo Cuarto.- Cumplida la actividad que se autoriza mediante esta resolucion, el funcionario a que se refiere el Articulo Primero, debera presentar al despacho defensorial un informe escrito en un plazo no mayor de quince (15) dias contados desde la reincorporacion a sus labores en la institucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SANTISTEVAN DE MORDAZA Defensor del Pueblo 8030

DEFENSORIA DEL PUEBLO
Autorizan viaje de funcionario de la Defensoria para participar en programa sobre derechos humanos que se realiza en Gran Bretana
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 38-2000/DP MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2000 Vistos; el Memorando DP Nº 368-2000/GP y sus anexos el Memorando Nº 323-2000/GP, el Memorando Nº 058-2000/

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