Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2000 (27/07/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, jueves 27 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

Pag. 190955

"Articulo 9º.- El atun y las especies afines capturadas por embarcaciones de bandera extranjera podran ser destinadas, indistintamente, al procesamiento en establecimientos industriales pesqueros con licencia de operacion otorgada por el Ministerio de Pesqueria para la produccion de conservas o congelados o a su exportacion. En este ultimo caso, el traslado de los productos hidrobiologicos de una embarcacion pesquera a otra de transporte, con el proposito de su envio al exterior, debera realizarse en MORDAZA o puerto peruano autorizado por el Ministerio de Pesqueria." Articulo 2º.- Modificar el numeral 7.7 del Plan de Ordenamiento Pesquero del Atun y Especies Afines, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 550-97-PE, cuyo texto quedara redactado de la siguiente manera: "7.7 El monto del pago de derechos por explotacion del recurso para los armadores de buques atuneros de bandera nacional, sera de US$ 50 (Cincuenta dolares moneda de los Estados Unidos de America) por cada tonelada de Arqueo Neto (AN) y por un plazo de seis meses." Articulo 3º.- Los armadores de embarcaciones pesqueras de bandera extranjera que cuenten con permiso de pesca al MORDAZA del regimen provisional para la extraccion de atun y especies afines no requeriran de autorizacion previa para destinar el producto de la pesca a establecimientos industriales pesqueros con licencia de operacion otorgada por el Ministerio de Pesqueria para la elaboracion de conservas y/o congelado. En tal supuesto, deberan comunicar a la Direccion Nacional de Extraccion, con una anticipacion no menor a veinticuatro (24) horas, la fecha en que se realizara el desembarque, indicando especies, lugar, volumen aproximado del recurso a desembarcar y empresa que recepcionara la materia prima. La empresa cuyo establecimiento industrial pesquero reciba el atun y especies afines, debera comunicar a la Direccion Nacional de Extraccion el volumen total recibido diferenciado por especies. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LUNA-VICTORIA MORDAZA Ministro de Pesqueria 8547

Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA CUCULIZA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 8561

TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL
Autorizan viaje de profesional de ESSALUD para participar en pasantia sobre endoscopia terapeutica, a realizarse en MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 092-2000-TR MORDAZA, 25 de MORDAZA del 2000 VISTO: El Oficio Nº 200-PE-ESSALUD-2000 del Presidente Ejecutivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y, CONSIDERANDO: Que, en la MORDAZA de MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, se llevara a cabo la PASANTIA "ENDOSCOPIA TERAPEUTICA", organizada por la Clinica MORDAZA MORDAZA, del 1 de agosto al 30 de setiembre del 2000; Que, el senor MORDAZA MORDAZA ESQUERRE, Medico Gastroenterologo del Departamento de Medicina del Hospital Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de la Gerencia Departamental La MORDAZA del Seguro Social de Salud - ESSALUD, ha sido propuesto para participar en el mencionado evento, habiendo evaluado la Gerencia de Capacitacion y Desarrollo de la Gerencia Central de Recursos Humanos la conveniencia de autorizar dicho viaje; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud - ESSALUD y la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario para el ano 2000, aprobada mediante Acuerdo de Directorio Nº 017-2000/003-FONAFE; y, Estando a lo propuesto; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA ESQUERRE, Medico Gastroenterologo del Departamento de Medicina del Hospital Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de la Gerencia Departamental La MORDAZA del Seguro Social de Salud - ESSALUD, a la MORDAZA de MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, del 1 de agosto al 30 de setiembre del 2000, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, debiendo presentar a su retorno el informe correspondiente. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos con recursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos : US$ 2,030.00 Pasajes : US$ 417.70 Tarifa CORPAC : US$ 25.00 Articulo 3º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominacion. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Trabajo y Promocion Social.

PROMUDEH
Aceptan renuncia del Presidente del Consejo Directivo del PRONAA
RESOLUCION SUPREMA Nº 030-2000-PROMUDEH MORDAZA, 26 de MORDAZA del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 010-97PROMUDEH se designo al ingeniero MORDAZA Vara MORDAZA como Presidente del Consejo Directivo del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA del Sector Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano; Que, el mencionado profesional ha formulado renuncia al cargo MORDAZA referido; De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 560 y el Decreto Ley Nº 25515; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar la renuncia que al cargo de Presidente del Consejo Directivo del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, formula el ingeniero MORDAZA Vara MORDAZA, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.