Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2000 (06/06/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 6 de junio de 2000

Que, el INEI ha realizado coordinaciones con la Unidad Estadistica Educativa del Ministerio de Educacion, sobre el planeamiento de la encuesta asi como la definicion y contenido del formulario a ser utilizado; Que, es conveniente autorizar la ejecucion de la citada Encuesta, dirigida a las personas naturales y juridicas que desarrollan actividades Educativas, la misma que sera ejecutada por la Unidad de Estadistica Educativa del Ministerio de Educacion, asi como aprobar los respectivos formularios en observancia de las Directivas Tecnicas impartidas por el INEI; Con la opinion tecnica de la Direccion Nacional de Cuentas Nacionales y las visaciones de la Subjefatura de Estadistica y la Oficina Tecnica de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 86º, 92º y 95º del Decreto Supremo Nº 018-91-PCM; En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organizacion y Funciones del INEI"; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la realizacion de la Encuesta "Estadistica, Economica, Financiera de Centros Educativos de Gestion No Estatal 1999", que sera ejecutada por la Unidad de Estadistica Educativa del Ministerio de Educacion, dirigida a las personas naturales y juridicas que desarrollan actividades Educativas, especificadas en la seccion M division 80, de la Clasificacion Industrial Internacional Uniforme, Rev. 3 y que se encuentren bajo el ambito de competencia administrativa de su Sector. Articulo 2º.- Aprobar el formulario de la mencionada Encuesta, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucion, cuya distribucion se iniciara a partir del 19 de junio del 2000. Articulo 3º.- Las personas naturales y juridicas a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion solicitaran los formularios de la Encuesta a cada Unidad de Servicios Educativos (USE) a la que pertenece el Centro Educativo; en el departamento de MORDAZA y para el resto del MORDAZA solicitaran los formularios a las Oficinas Departamentales de Estadistica e Informatica del INEI en coordinacion con las Direcciones Regionales y Subregionales del Ministerio de Educacion. Los Centros Educativos deberan presentar una carta indicando nombre o razon social del Centro Educativo, direccion fiscal, numero de Registro Unico del Contribuyente (RUC), actividad economica a la que se dedica, numero total de alumnos, ingresos netos en el ano 1999, telefono y fax. Articulo 4º.- Establecer como plazo MORDAZA, hasta el 11 de agosto del 2000, a nivel nacional, para la MORDAZA de los formularios debidamente diligenciados de la Encuesta "Estadistica Economica y Financiera de Centros Educativos de Gestion No Estatal 1999". Articulo 5º.- La informacion economico-financiera que proporcionara el Centro Educativo a traves de la Encuesta, sera presentada de conformidad a las normas del Plan Contable General Revisado, y expresado en nuevos soles a VALORES HISTORICOS. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe 6407 RESOLUCION JEFATURAL Nº 146-2000-INEI MORDAZA, 26 de MORDAZA del 2000 Visto el Oficio Nº 030-EM/OGS, de la Oficina General de Secretaria Tecnica del Ministerio de Energia y Minas, solicitando autorizacion para realizar la "Encuesta Economica Anual - Estadistica de Hidrocarburos 1999. CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica" el INEI, ente rector de los Sistemas Nacionales de Estadistica e Informatica, tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los metodos, procedimientos y tecnicas estadisticas, utilizados por los organos del Sistema para la produccion de las Estadisticas Oficiales del MORDAZA referidas a los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales;

Que, con la finalidad de medir la actividad economica de hidrocarburos en el MORDAZA, es necesario realizar a nivel nacional, la "Encuesta Economica Anual - Estadistica de Hidrocarburos 1999" que permita disponer de informacion economica y financiera de las empresas dedicadas a esta actividad, indispensable para la elaboracion de las variables e indicadores economicos sectoriales que contribuya a la adopcion de medidas de politica economica de este Subsector; Que, el INEI ha realizado coordinaciones con la Oficina General de Secretaria Tecnica del Ministerio de Energia y Minas, sobre el planeamiento de la encuesta asi como la definicion y contenido de los formularios a ser utilizados; Que, es conveniente autorizar la ejecucion de la citada Encuesta, dirigida a las personas naturales y juridicas que se dedican a la Explotacion y Produccion de Hidrocarburos y Productos Derivados del Petroleo en el MORDAZA, la misma que sera ejecutada por la Oficina General de Secretaria Tecnica del Ministerio de Energia y Minas, asi como aprobar los respectivos formularios, en observancia de las Directivas Tecnicas del INEI; Con la opinion tecnica de la Direccion Nacional de Cuentas Nacionales y las visaciones de la Subjefatura de Estadistica y la Oficina Tecnica de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 86º, 92º y 95º del Decreto Supremo Nº 018-91-PCM; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la realizacion de la "Encuesta Economica Anual - Estadistica de Hidrocarburos 1999", que sera ejecutada por la Oficina General de Secretaria Tecnica del Ministerio de Energia y Minas, dirigida a las personas naturales y juridicas dedicadas a la Explotacion y Produccion de Hidrocarburos y Productos Derivados del Petroleo, especificadas en la seccion C division 11, clase 1110 y 1120, de la Clasificacion Internacional Industrial Uniforme Rev. 3 y que se encuentran ubicadas bajo el ambito administrativo de este Subsector. Articulo 2º.- Aprobar los formularios de la mencionada Encuesta, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucion y, cuya distribucion se efectuaran a partir del 19 de junio del 2000. Dichos formularios estan dirigidos a las empresas que realizan las siguientes actividades: - Formularios F-1 - Formularios F-2 - Formularios F-3 : Empresas Petroleras : Empresas de Refinerias : Empresas que se dedican a la Produccion y Comercializacion de Aceites y Lubricantes.

Articulo 3º.- Las personas naturales y juridicas a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion solicitaran los formularios de la Encuesta a la Oficina General de Secretaria Tecnica del Ministerio de Energia y Minas, sito en Av. Las Artes Nº 260, San MORDAZA, las mismas que deberan presentar una carta indicando nombre o razon social de la Empresa, direccion fiscal, numero del Registro Unico del Contribuyente (RUC), actividad economica a la que se dedica, numero total de personas ocupadas, total de ventas netas en el ano 1999, telefono y fax. Articulo 4º.- Establecer como plazo MORDAZA, hasta el 11 de agosto del 2000, a nivel nacional, para la MORDAZA de los formularios debidamente diligenciados de la "Encuesta Economica Anual - Estadistica de Hidrocarburos 1999". Articulo 5º.- La informacion economico-financiera que proporcionara la empresa a traves de la Encuesta, sera presentada de conformidad a las normas del Plan Contable General Revisado, y expresado en nuevos soles a VALORES HISTORICOS. Articulo 6º.- Las empresas que incumplan con la MORDAZA de la "Encuesta Economica Anual - Estadistica de Hidrocarburos 1999", en las fechas establecidas seran sujetas a multa, segun lo dispuesto en la Directiva Nº 00694-INEI/DNEB " Normas para la aplicacion de multas por incumplimiento en la entrega de informacion estadistica solicitada por los organos del Sistema Nacional de Estadistica e Informatica. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe 6408

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