Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2000 (06/06/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 6 de junio de 2000

Contando con la opinion favorable de las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 103º de la Ley General; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar el sometimiento al regimen de intervencion de MORDAZA Corporacion de Credito Banco, por la causal prevista en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Designar a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Villacampa, funcionarios de la Superintendencia de Banca y Seguros, para que en representacion del Superintendente realicen los actos necesarios para llevar adelante la intervencion conforme a lo establecido en la Ley General y en la Resolucion SBS Nº 455-99. Los indicados representantes, gozaran ademas de todas las facultades necesarias para formalizar la transferencia de activos y pasivos de MORDAZA Corporacion de Credito Banco en intervencion, en el MORDAZA de lo establecido en el Articulo 107º, numeral 3 de la Ley General y sus normas reglamentarias. Articulo Tercero.- En aplicacion de lo dispuesto en el Articulo 106º, numeral 4, concordado con el Articulo 116º de la Ley General, a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion, queda prohibido: a) Iniciar contra MORDAZA Corporacion de Credito Banco, procesos judiciales o administrativos para el cobro de acreencias a su cargo. b) Perseguir la ejecucion de resoluciones judiciales dictadas contra la referida empresa. c) Constituir gravamenes sobre alguno de los bienes de la precitada empresa, en garantia de las obligaciones que le conciernen. d) Hacer pagos, adelantos o compensaciones, o asumir obligaciones por cuenta de MORDAZA con los fondos o bienes que le pertenezcan a la indicada empresa y se encuentren en poder de terceros, con excepcion de las compensaciones con empresas del sistema financiero. Articulo Cuarto.- Como consecuencia del regimen de intervencion a que esta Resolucion se refiere, los bienes de MORDAZA Corporacion de Credito Banco en intervencion no son susceptibles de medida cautelar alguna, de conformidad con lo senalado en la Vigesimo Setima Disposicion Final y Complementaria de la Ley General. Registrese, comuniquese, publiquese y transcribase a los Registros Publicos para su correspondiente inscripcion. MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 6394

efectivo reportado a la misma fecha, lo revierte a un patrimonio negativo de S/. 28,972 mil; Que, en el mencionado Informe se sustenta que por efectos de la cancelacion de las perdidas por la suma de S/. 107,403 mil con cargo a las reservas legales, facultativas y al capital social que ascienden a S/. 77,623 mil, este ultimo se ha reducido en su totalidad; Que, la reduccion del capital social por la cancelacion de las perdidas MORDAZA senaladas da lugar a la expedicion de una resolucion, de conformidad con el Articulo 10º de la Resolucion SBS Nº 455-99, para fines de la adecuacion estatutaria correspondiente; Contando con la opinion favorable de las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones conferidas por los Articulos 107º y 349º de la Ley General; RESUELVE: Articulo Unico.- Establecer que por aplicacion de las perdidas a las reservas y al capital social de MORDAZA Corporacion de Credito Banco en Intervencion, dicho capital se ha reducido en su totalidad y como consecuencia de lo cual queda modificado el Articulo MORDAZA de su estatuto social en los siguientes terminos. "ARTICULO CUARTO: CAPITAL SOCIAL. El capital social de la sociedad es de S/. 0,00 (cero y 00/100 Nuevos Soles)." Registrese, comuniquese, publiquese y transcribase a los Registros Publicos para su correspondiente inscripcion. MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 6391

Aprueban bases de concurso para transferencia de activos y pasivos excluidos de balance de MORDAZA Corporacion de Credito Banco en Intervencion
RESOLUCION SBS Nº 390-2000 MORDAZA, 5 de junio de 2000 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS Nº 385-2000 del 5 de junio del 2000, esta Superintendencia ha dispuesto el sometimiento a regimen de intervencion de MORDAZA Corporacion de Credito Banco, por encontrarse incurso en la causal prevista en el numeral 4 del Articulo 104º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, aprobada por la Ley Nº 26702, modificada por las Leyes Nº 27008 y Nº 27102, en adelante la Ley General; Que, el numeral 3 del Articulo 107º de la Ley General dispone que durante el regimen de intervencion la Superintendencia esta facultada para transferir total o parcialmente los activos y pasivos excluidos segun el numeral 2 del mismo articulo; Que, el Articulo 13º del Reglamento de los Regimenes Especiales y de la Liquidacion de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, aprobado mediante Resolucion SBS Nº 455-99 del 25 de MORDAZA de 1999, establece que los activos y/o pasivos excluidos del balance de una empresa sometida al regimen de intervencion pueden ser transferidos en propiedad, fideicomiso o cualquier otra modalidad contractual, de manera conjunta o independiente, total o parcialmente; Que, asimismo, el Articulo 14º del referido Reglamento dispone que la seleccion de la empresa que bajo cualquier modalidad contractual adquiera los activos y/o pasivos excluidos del balance de la empresa sometida al regimen de intervencion, se realizara mediante el procedimiento de subasta u otro que, a criterio de la Superintendencia, resulte conveniente; Que, en consecuencia resulta necesario que esta Superintendencia establezca las pautas y lineamientos necesarios

Establecen que capital social de MORDAZA Corporacion de Credito Banco en Intervencion ha quedado reducido en su totalidad
RESOLUCION SBS Nº 387-2000 MORDAZA, 5 de junio de 2000 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 1 del Articulo 107º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, aprobada por la Ley Nº 26702 y modificada por las Leyes Nº 27008 y Nº 27102, en adelante Ley General, la Superintendencia esta facultada para determinar el valor real del patrimonio de una empresa del sistema financiero sometida a intervencion, y disponer la cancelacion de las perdidas correspondientes con cargo a las reservas y al capital social; Que, en uso de la facultad referida en el parrafo anterior, esta Superintendencia dispuso la determinacion del valor real del patrimonio de MORDAZA Corporacion de Credito Banco; Que, en el informe Nº ASIF "D"73-VI/2000 se determino que al 30 de MORDAZA del 2000, el deficit patrimonial ascendia a S/. 71,702 mil (Setenta y Un Millones Setecientos Dos Mil y 00/100 Nuevos Soles) y que al deducirse del patrimonio

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