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Pág. 188054 NORMAS LEGALES Lima, viernes 16 de junio de 2000 Que, durante el mencionado período se verificó la elaboración de documentos vía Licitación Pública; habien- do -con fecha 28.ABRIL.2000- la Organización Distrital del Vaso de Leche, solicitado se considere la adquisición de un nuevo producto: quinua-avena con soya y azúcar; Que, ante tales circunstancias, la responsable del Pro- grama Distrital del Vaso de Leche, con Informe Nº 189- PDVL-2000 de fecha 3.MAYO.2000, solicita que el Comité de Administración determine la selección del producto, toda vez que el Comité Especial para la Licitación Pública, había ya elaborado las Especificaciones Técnicas para producto no idéntico al propuesto inicialmente por la Organización Distrital; lo que efectivamente se verificó e implicó las nuevas determinaciones técnicas; Que, en este mismo Informe se solicita simultánea- mente se amplíe la Situación de Urgencia, lo que con- cuerda con el Informe Nº 134-2000-UABAS/MVMT de la Unidad de Abastecimiento - y que es corroborado por la Oficina de Administración a través del Memorándum Nº 030-2000-OA/MVMT; Que, asimismo, el Informe Nº 109-2000-OAL-MVMT de la Oficina de Asesoría Legal concluye que es conve- niente y justificado declarar la Situación de Urgencia, a efectos de no desabastecer a los beneficiarios del Programa Distrital; y mientras se culmine con el proceso de Licita- ción Pública respectiva; ratificado así, mediante Proveído Nº 647-2000-DM/MVMT, por la Dirección Municipal; acor- dando el Comité Especial para la Licitación Pública Nº 001- 2000-CE/MVMT en plazo de 90 días de acuerdo a su Acta de fecha 25.MAYO.2000, así como se declare la Situación de Urgencia la adquisición de insumos para el Programa referido; Con la visación de la Dirección Municipal; Oficina de Administración; Oficina de Planificación y Presupuesto; Oficina de Asesoría Legal y Encargada del Programa Distrital del Vaso de Leche; De conformidad con el Art. 47º, Inc. 6) de la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades; así como Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado -y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 039-98-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR la Situación de Ur- gencia la adquisición de insumos para el Programa Distri- tal del Vaso de Leche, en un período de 90 días. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Comité Especial de la Licitación Pública Nº 001-2000-CE/MVMT culminar el proceso de adquisición de los Insumos consignados en el artículo precedente para el Programa Distrital del Vaso de Leche. Artículo Tercero.- Póngase en conocimiento esta Disposición a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Gene- ral del Congreso de la República, Ministerio de Economía y Finanzas y Contraloría General de la República; en estricta aplicación del Art. 19º de la Ley Nº 26850 - de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese, publíquese y dése cuenta. WASHINGTON IPENZA PACHECO Alcalde 6836 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI Crean la Municipalidad Delegada del Centro Poblado Menor de la Comuni- dad Campesina San Francisco de Asís de Sunicancha RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 290-2000/TAE-MPH-M Matucana, 7 de junio de 2000LA TENIENTE ALCALDESA ENCARGADA DE LA ALCALDIA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 6 de junio de 2000, el Expediente Nº 01-3877 de fecha 20 de marzo de 2000, mediante el cual se solicita la Creación de la Municipalidad Delegada del Centro Poblado Menor de la Comunidad Campesina de San Francisco de Asís de Suni- cancha, distrito de San Damián, jurisdicción de la provin- cia de Huarochirí; y, CONSIDERANDO: Que, es función de la Municipalidad Provincial como Gobierno Local propiciar los actos de descentralización para lograr vertebrar el desarrollo en las mejores condicio- nes de la Administración Municipal y de esta forma contri- buir al progreso de los distintos pueblos de la provincia de Huarochirí; Que, la Comunidad Campesina antes mencionada y el Agente Municipal han solicitado la creación de la Munici- palidad Delegada del Centro Poblado Menor teniendo como fundamento el Art. 191º de la Constitución Política del Perú concordante con los Arts. 4º Inc. 4), 5º y 6º Inc. 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, adjun- tando la documentación y los requisitos que señala las mencionadas disposiciones legales; Que, de conformidad al Informe de la Dirección de Desarrollo Urbano sobre la procedencia de la Creación de la indicada Municipalidad, por cuanto cumple con las disposiciones técnicas; y, con la opinión favorable de la Asesoría Legal, se ha dado el correspondiente trámite al petitorio; Que, visto en Sesión de Concejo de fecha 6 de junio del presente año, por unanimidad se acordó la Creación de la mencionada Municipalidad Delegada del Centro Poblado Menor, por cuanto cumple con los requisitos que señala la Ley; Que, dentro de las atribuciones de las Municipalidades Provinciales se encuentran crear Municipalidades Dele- gadas en arreglo al Art. 5º de la Ley de Municipalidades en referencia encargándoles los servicios públicos que deben atender; Con las atribuciones que se establece por la Resolución Nº 2021-99-JNE, y de conformidad a lo que dispone los Arts. 5º, 70º Inc. 10) y 47º Inc. 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 concordante con los Arts. 9º y 10º del D.S. Nº 044-90-PCM y el Art. 191º de la Constitución Política del Perú y habiéndose aprobado en Sesión de Concejo por unanimidad, con la dispensa de Lectura y Aprobación de Acta; RESUELVE: Artículo Primero.- CREAR la Municipalidad Delega- da del Centro Poblado Menor de la Comunidad Campesina de San Francisco de Asís de Sunicancha, en el distrito de San Damián, provincia de Huarochirí. Artículo Segundo.- ESTABLECER que la circuns- cripción territorial de la Municipalidad que se menciona en el artículo precedente, es de conformidad al plano perimé- trico que comprende la Comunidad Campesina de San Francisco de Asís de Sunicancha. Artículo Tercero.- COMUNICAR la presente Resolución al Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Damián con la finalidad de que proponga la Terna correspondiente para las Autoridades Municipales del Gobierno Local que se crea mediante la presente Resolu- ción. Artículo Cuarto.- DAR A CONOCER a las diversas Dependencias Públicas el contenido de la presente Resolu- ción para los fines pertinentes que señala la Ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. CLARA GUILLEN TIZZA Alcaldesa (e) 6838