Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2000 (16/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, viernes 16 de junio de 2000

NORMAS LEGALES

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Articulos 59º, 60º, 61º y 138º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 09-94-PE y en las Resoluciones Ministeriales Nº 047-98-PE y Nº 086-2000-PE; En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE:

Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 6890

Articulo 1º.- Otorgar a SIETE MARES S.A.C., representante legal del armador japones KSJ CORPORATION, licencia para la operacion de la planta de congelado a bordo de la embarcacion que a continuacion se indica EMBARCACION "CHOKYU MARU Nº 18" CAPACIDAD t/dia 89.64 VIGENCIA hasta 27 de junio de 2000

Articulo 2º.- La licencia de operacion a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion caducara automaticamente al termino del plazo mencionado en el mismo articulo. Articulo 3º.- SIETE MARES S.A.C. debera operar su planta de procesamiento de recursos hidrobiologicos con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, debera implementar un sistema de control del MORDAZA que garantice la optima calidad del producto, asi como cumplir con las normas y procedimientos para evitar la contaminacion marina. Articulo 4º.- El incumplimiento de lo establecido en el articulo precedente sera causal de caducidad del derecho otorgado. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Procesamiento Pesquero (e) 6820

Fijan fecha de termino de funciones de representante permanente del Peru ante la Organizacion para la Prohibicion de MORDAZA Quimicas y el Consejo Ejecutivo de la Organizacion para la Prohibicion de MORDAZA Quimicas
RESOLUCION SUPREMA Nº 298-2000-RE MORDAZA, 12 de junio del 2000 Vista la Resolucion Suprema Nº 0214-RE, de 26 de MORDAZA del ano 2000, que da por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, don MORDAZA Azula de la MORDAZA, como Representante Permanente del Peru ante la Organizacion para la Prohibicion de MORDAZA Quimicas y como Representante Permanente del Peru ante el Consejo Ejecutivo de la Organizacion para la Prohibicion de MORDAZA Quimicas, a partir del 31 de MORDAZA del ano 2000; De conformidad con los Articulos 8º y 9º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 24 de diciembre de 1996; SE RESUELVE: 1º.- Fijar el 30 de junio del ano 2000, como nueva fecha de termino de funciones del Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, don MORDAZA Azula de la MORDAZA, como Representante Permanente del Peru ante la Organizacion para la Prohibicion de MORDAZA Quimicas y como Representante Permanente del Peru ante el Consejo Ejecutivo de la Organizacion para la Prohibicion de MORDAZA Quimicas. 2º.- Dejar sin efecto la Resolucion Suprema Nº 0214RE, de 26 de MORDAZA del ano 2000. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 6891

RELACIONES EXTERIORES
Nombran Embajador del Peru en la Republica de Indonesia
RESOLUCION SUPREMA Nº 297-2000-RE MORDAZA, 12 de junio del 2000 De conformidad con el inciso 12) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, que establece la facultad del senor Presidente de la Republica de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobacion del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso; Estando a lo dispuesto por los Articulos 8º, 9º y 10º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 24 de diciembre de 1996; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: 1º.- Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica de Indonesia al Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica, don MORDAZA MORDAZA Cortavarria. 2º.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. 3º.- La fecha en que el mencionado funcionario diplomatico debera asumir funciones sera fijada por Resolucion Ministerial.

TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL
Autorizan viaje de profesional de ESSALUD a Espana para participar en entrenamiento sobre procesos de atencion en cirugia ambulatoria
RESOLUCION SUPREMA Nº 072-2000-TR MORDAZA, 13 de junio del 2000 VISTO: El Oficio Nº 129-PE-ESSALUD-2000 del Presidente Ejecutivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y,

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