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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JUNIO DEL AÑO 2000 (22/06/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 10

Pág. 188256 NORMAS LEGALES Lima, jueves 22 de junio de 2000 actual Alcalde de la citada Municipalidad y en contra del ex Alcalde Eloy PAREDES PAREDES y otros; Que, en el citado Informe se establece la presunta comisión de los delitos de Peculado, en el que habría incurrido el ex Alcalde de la citada Municipalidad señor Eloy PAREDES PAREDES, en el delito de Usurpación de Autoridad, Francisco RODRIGUEZ RAMIREZ, y denun- ciados Lino GARCIA BELLO, Fernando TELLO AREVA- LO y Víctor Segundo AREVALO RODRIGUEZ en el delito contra el Patrimonio - Apropiación Ilícita en agravio del Estado, por los hechos que se detallan a fs. 395 y siguientes del referido informe; Que, los hechos investigados estarían inmersos en los Artículos 387º, 361º y 190º del Código Penal, y que ameri- tan la formulación de la denuncia penal correspondiente; por lo que procede la expedición de la Resolución Ministe- rial Autoritativa al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior; Estando a lo recomendado por Inspectoría General del Ministerio del Interior; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, para que en nombre y representación del Estado, interponga las acciones legales pertinentes contra Eloy PAREDES PAREDES, Fran- cisco RODRIGUEZ RAMIREZ, Lino GARCIA BELLO, Fer- nando TELLO AREVALO y Víctor Segundo AREVALO RODRIGUEZ, por Ilícitos Penales previstos en los Artículos 387º, 361º y 190º del Código Penal, en agravio del Estado, por las consideraciones antes precisadas. Artículo 2º.- Remítase a la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, los antecedentes y actuados del caso, con transcripción de la presente Resolución Ministerial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese. CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro del Interior 7039 Autorizan a procurador iniciar proce- so judicial por presunto delito de esta- fa cometido por representante de ven- tas de empresa RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0729-2000-IN/PNP Lima, 9 de junio del 2000 Visto, el Parte Nº 178-99-IGPNP-DIRINV-E7 de 4.AGO.99, y demás actuados, instruidos contra el Mayor Odontólogo PNP José Jorge GOMEZ LAMLLEN, ET3.PNP Boris VILCHEZ LAZCANO y otros, por faltas graves contra la Disciplina, el Servicio Policial y por ser presuntos autores de los Delitos de Desobediencia y Negligencia; CONSIDERANDO: Que, en el Proceso Administrativo Disciplinario segui- do contra los citados servidores, se ha establecido que, el 3.FEB.98, en su condición de Jefe de la Sección Logística y Almacenero del Hospital Cívico Policial de la XI-RPNP- AREQUIPA, recepcionaron de Fernando ZULEM RAMI- REZ, representante de ventas de la Empresa DEYERMED SRL, UN (1) Equipo de Laparascopía, marca NOPA FU- TURE CAM 100, diferente e incompleto al adquirido por la Dirección de Logística PNP (ARGUS BY WELCH ALLYN); agravando su responsabilidad al haber firmado las Actas de Recepción y de Recepción-Instalación, sin consignar la marca ni el número de serie de cada uno de sus componen- tes, originando trastornos administrativos y dando lugar a que estos vacíos sean aprovechados por el referido repre- sentante, para detallar en su guía de remisión y facturaUN (1) equipo diferente e incompleto al internado; docu- mentos que le sirvieron para sorprender a diferentes instancias de las Direcciones de Logística y de Economía PNP para cobrar en forma ilegal la suma de CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS VEINTINUE- VE Y 00/75 NUEVOS SOLES (S/. 187,229.75); Que, con su actitud dolosa, los referidos efectivos han permitido que la Institución Policial, sea objeto del Delito de Estafa por parte del representante de ventas de la Empresa DEYERMED SRL; Que, con Oficio Nº 1155-2000-DIPER-PNP-DAPO- DMDI-SPD-2C, de 13.MAR.2000 han sido denunciados ante el Consejo Supremo de Justicia Militar; Que, es procedente autorizar al señor Procurador Pú- blico a cargo de los Asuntos Judiciales de la Policía Nacio- nal del Perú, para que inicie las acciones legales pertinen- tes contra la Empresa DEYERMED SRL y su representan- te de ventas, Fernando ZULEM RAMIREZ; Lo previsto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú y lo establecido en el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al señor Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales de la Policía Nacional del Perú, para que inicie las acciones legales pertinentes, contra la Empresa DEYERMED SRL y su representante de ventas Fernando ZULEM RAMIREZ, por los ilícitos penales cometidos en agravio del Estado Peruano. Artículo 2º.- Remitir a la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales de la PNP, los antecedentes y actuados del caso, con la transcripción de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro del Interior 6792 Autorizan a procurador iniciar proce- so judicial de desalojo contra presun- tos ocupantes precarios de predio rús- tico ubicado en el distrito de Abancay RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0730-2000-IN/PNP Lima, 9 de junio del 2000 Visto, el Oficio Nº 756-99-PP-PNP/1204 de 2.AGO.99, en el que el Procurador Público del Ministerio del Interior a cargo de los Asuntos Judiciales de la Policía Nacional del Perú, solicita autorización Ministerial para intervenir en el proceso judicial de Desalojo instaurado en el Juzgado Mixto de Abancay, contra la Asociación Civil del Personal Subalterno de la Guardia Civil en Retiro - Abancay - APURIMAC; CONSIDERANDO: Que, la Subregión de la Policía Nacional del Perú, ha interpuesto una Demanda de Desalojo ante el Juzgado Mixto de Abancay, contra la Asociación Civil del Personal Subalterno de la Guardia Civil en retiro - Abancay - Apurímac, por Ocupación Precaria del predio rústico Quinta Violeta de pro- piedad de la Policía Nacional del Perú, ubicado en el Sector de Aymas - Condebamba, del distrito de Abancay; Que, de conformidad al Art. 47º de la Constitución Política del Perú, la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos, dispositivo constitu- cional concordante con el Art. 12º del Decreto Ley Nº 17537 modificado por la Ley Nº 17667 que prescribe que para demandar y/o formular denuncias a nombre del Estado, será necesario la expedición previa de la Resolución Minis- terial autoritativa, salvo las excepciones que expresamen- te contemplen las leyes de carácter especial;