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Pág. 188263 NORMAS LEGALES Lima, jueves 22 de junio de 2000 Designan representantes del Sector ante las juntas de acreedores de per- sonas naturales o jurídicas declara- das en insolvencia por el INDECOPI RESOLUCION MINISTERIAL Nº 054-2000-TR Lima, 16 de junio del 2000 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 29º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Reestructuración Patrimonial, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-99- ITINCI, para poder participar en las Juntas de Acreedores de las personas naturales o jurídicas declaradas en insol- vencia por el Instituto Nacional de Defensa de la Compe- tencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) los acreedores deberán acreditar ante la Comisión de Reestructuración Patrimonial a sus repre- sentantes; Que, el referido artículo señala que la representación de los créditos del Estado a que se refieren los numerales 1) y 4) del Artículo 24º de la norma citada, será ejercida por un representante designado por el Ministerio de Economía y Finanzas; numerales que se refieren a los créditos que tengan como origen el pago de remuneraciones y beneficios sociales, aportes impagos al Sistema Privado de Pensiones o a los regímenes previsionales administrados por la Ofi- cina de Normalización Previsional, y los créditos de origen tributario del Estado, incluidos los del Seguro Social - ESSALUD; Que, el Ministerio de Trabajo y Promoción Social, es acreedor de las multas que impone en aplicación del Decreto Supremo Nº 006-99-TR; Que, el numeral 5) del Artículo 24º, del Decreto Supre- mo Nº 014-99-ITINCI, señala el quinto orden de preferen- cia para el pago de los créditos a que se refiere el conside- rando precedente; Que, asimismo, el Decreto de Urgencia Nº 073-99 establece que los ingresos que capten las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción Social comprendidas dentro de los Con- sejos Transitorios de Administración Regional por concepto de tasas y multas, así como por otros conceptos constituyen Recursos Directamente Recaudados del pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción Social, por lo que se debe proceder a designar a los representantes ante las Juntas de Acreedores, a nivel departamental y regional; Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo que establece el Decreto Ley Nº 25927, Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Promo- ción Social, Artículo 11º inciso d) de su reglamento aproba- do mediante Resolución Ministerial Nº 012-93-TR, Artícu- lo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Supremo Nº 006-99-TR, así como el Decreto de Urgencia Nº 073-99. SE RESUELVE: Artículo Unico.- DESIGNAR como representantes del Sector, para los efectos a que se refiere la parte considerativa de la presente resolución, a las personas que ocupen los siguientes cargos: En Lima y Callao: 1. Director Regional de Trabajo y Promoción Social 2. Director Nacional de Relaciones de Trabajo 3. Director Nacional de Empleo y Formación Profe- sional En las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción Social a nivel nacional: 1. Director Regional de Trabajo y Promoción Social 2. Director de Prevención y Solución de Conflictos Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FLORES POLO Ministro de Trabajo y Promoción Social 7016Aprueban el Plan Anual de Capacitación del año 2000 dirigido a personal de las Direcciones Regionales de Trabajo y Pro- moción Social RESOLUCION MINISTERIAL Nº 055-2000-TR Lima, 20 de junio del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 001-2000-TR se aprobó el Plan Nacional de Trabajo y Promoción Social para el año 2000, que comprende y apoya las actividades del Sector Trabajo y Promoción Social a nivel nacional, a través de las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción Social; Que, constituye actividad prioritaria del Sector la capacita- ción laboral, a través de la difusión de la legislación laboral, por lo que resulta necesario implementar las acciones que promue- van la capacitación del personal que labora en las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción Social; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 073-99 se dispuso que los recursos recaudados por las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción Social por multas, tasas y otros conceptos constituyen recursos directamente recaudados del Pliego 012 y se destinan a financiar las actividades y proyectos a nivel nacional, en base a lo cual se ha diseñado el Plan Nacional de Trabajo y Promoción Social para el año 2000; Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Artículo 11º literal d) del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, aprobado me- diante Resolución Ministerial Nº 012-93-TR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el PLAN ANUAL DE CAPACI- TACION del año 2000, dirigido al personal que labora en las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción So- cial, a realizarse de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina de Administración de este Portafolio, a cubrir los gastos necesarios, para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FLORES POLO Ministro de Trabajo y Promoción Social ANEXO SEDES PARTICIPANTES FECHAS TRUJILLO Trujillo, Huaraz 23 y 24 de junio de 2000 AREQUIPA Arequipa, Moquegua, Tacna 23 y 24 de junio de 2000 ICA Ica, Huancavelica 30 de junio y 1 de julio de 2000 HUANCAYO Junín, Cerro de Pasco, Huánuco 30 de junio y 1 de julio de 2000 PIURA Piura, Tumbes, Lambayeque 7 y 8 de julio de 2000 CUSCO Cusco, Puno, Madre de Dios 7 y 8 de julio de 2000 7069 FE DE ERRATAS RESOLUCION SUPREMA Nº 070-2000-TR Mediante Oficio Nº 116-2000-SG/OCSRP, el Ministerio de Trabajo y Promoción Social solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 070-2000-TR, publicada en nuestra edición del día 14 de junio de 2000, en la página 187958. En el Artículo 2º.- DICE: "Viáticos :US$ 1,189.00 Derechos Educativos :US$ 2,500.00 Pasajes :US$ 678.00 Tarifa CORPAC :US$ 25.00" DEBE DECIR: "Viáticos :US$ 1,189.00 Pasajes :US$ 678.00 Tarifa CORPAC :US$ 25.00" 7020