TEXTO PAGINA: 4
Pág. 188346 NORMAS LEGALES Lima, sábado 24 de junio de 2000 Artículo 3º.- El Representante de PROMPEX antes mencionado, en el término de diez (10) días útiles, conta- dos a partir de su retorno al país, deberá elaborar un informe para la Presidencia de PROMPEX, en el cual describirá las actividades desarrolladas y los resultados obtenidos en el mencionado viaje. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros 7241 AGRICULTURA Autorizan a PROABONOS contratar con ENAPU S.A., mediante adjudica- ción directa de menor cuantía, servi- cios de terminales portuarios para el desembarco de Guano de las Islas DECRETO SUPREMO Nº 023-2000-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26857 se crea el Proyecto Espe- cial de Promoción del Aprovechamiento de Abonos Prove- nientes de Aves Marinas - PROABONOS, el cual constitu- ye una Unidad Ejecutora dentro del Pliego del Ministerio de Agricultura, con autonomía técnica, administrativa, financiera y de gestión, que tiene por objeto la extracción, procesamiento y comercialización del Guano de las Islas, como actividad empresarial subsidiaria del Estado, de acuerdo al Artículo 60º de la Constitución Política, a fin de contribuir, preferentemente, a propiciar el acceso de los pequeños agricultores y comunidades campesinas y nati- vas a dicho insumo; Que, en el marco de la Campaña de Extracción del Guano de las Islas para el año 2000, PROABONOS requiere contratar los servicios públicos que brindan los Terminales Portuarios de la Empresa Nacional de Puer- tos S.A. para el desembarque del guano, hasta el monto de Ciento Ocho Mil Dólares de los Estados Unidos de Amé- rica (US$ 108 000,00), monto que corresponde a un Con- curso Público según lo previsto en el inciso c), Artículo 7º de la Ley Nº 27212, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2000; Que, los servicios señalados en el considerando prece- dente, se encuentran sujetos a Tarifas Unicas, en moneda extranjera, de acuerdo al Tarifario aprobado por la Em- presa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A.; Que, la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado en su Artículo 19º, inciso b), establece como supuesto de exoneración a Licitación Pública y Concurso Público, la contratación de los servicios públicos sujetos a tarifas cuando éstas sean únicas; Que, así mismo, el Artículo 20º de la Ley Nº 26850 y el Artículo 44º, inciso c) de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98-PCM, señala que es de apli- cación el procedimiento de Adjudicación Directa de Menor Cuantía, en los supuestos de exoneración previstos en el Artículo 19º de la citada Ley, siendo responsable de dicho proceso la máxima autoridad administrativa de la enti- dad; Que, en consecuencia, resulta necesario exonerar a PROABONOS del requisito de Concurso Público, autori- zándolo a contratar con ENAPU S.A. a través del procedi- miento de Adjudicación Directa de Menor Cuantía, la prestación de los servicios públicos referidos en el segundo considerando de la presente Resolución, al encontrarse los mismos sujetos a Tarifas Unicas;De conformidad, con la Ley Nº 26850 - Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98-PCM, Ley Nº 27212 - Ley Presupuesto del Sector Público para el 2000; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Exonérase al Proyecto Especial de Promoción del Aprovechamiento de Abonos Prove- nientes de Aves Marinas - PROABONOS del requisito de Concurso Público para la contratación de servicios públicos que brindan los Terminales Portuarios de la Empresa Nacional de Puertos S.A., ENAPU S.A., su- jetos a Tarifas Unicas, hasta por el monto de Ciento Ocho Mil Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 108 000,00), con cargo a su Presupuesto Institu- cional del Año Fiscal 2000, para el desembarque de Guano de las Islas. Artículo 2º.- Autorízase a PROABONOS a contratar con ENAPU S.A. los servicios públicos a que se refiere el artículo anterior, a través del procedimiento de Adjudi- cación Directa de Menor Cuantía, con sujeción a las disposiciones de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98-PCM, modificatorias y com- plementarias. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será pues- to en conocimiento de la Comisión de Presupuesto del Congreso de la República, la Contraloría General de la República y el Ministerio de Economía y Finanzas, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno de Lima, a los veintitrés días del mes de junio del año dos mil. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA Ministro de Agricultura 7238 INTERIOR Autorizan a procurador iniciar proce- so judicial contra empresa para el co- bro de suma de dinero adeudada por incumplimiento contractual RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0736-2000-IN-0501 Lima, 12 de junio de 2000 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 0948-99-IN- 0501 de 15.SET.99 se aprobó en vía de regularización el Expediente Técnico consistente en: Bases del Proce- so de Selección, Memoria Descriptiva, Especificacio- nes Técnicas, Ficha de Terreno, Planos de Proyecto, Presupuesto Referencial, Análisis de Costos Unitarios y Proforma del Contrato de la Obra denominada: "CONSTRUCCION NUEVO LOCAL COMISARIA PNP - SAN GREGORIO - CAMANA", con un valor ascendente a la suma de S/. 342,009.12 (TRESCIEN- TOS CUARENTIDOS MIL NUEVE Y 12/100 NUE- VOS SOLES); Que, llevado a cabo el procedimiento de Adjudicación Directa por Invitación Nº 037-99-OINFRA-OGA-MIN se otor- gó la Buena Pro a la Firma Contratista CONSTRUCTORA LOREAN E.I.R.L. para la ejecución de la mencionada obra, suscribiéndose el respectivo Contrato de la Obra bajo los