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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JUNIO DEL AÑO 2000 (24/06/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 13

Pág. 188355 NORMAS LEGALES Lima, sábado 24 de junio de 2000 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar, a partir de la fecha, al Dr. JORGE ELISEO ADRIANZEN PRATO, como Coordina- dor General del Programa Wawa Wasi, Nivel Remunera- tivo F-4, del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República LUISA MARIA CUCULIZA TORRE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 7244 RELACIONES EXTERIORES Nombran Embajador del Perú en la República de Guatemala RESOLUCION SUPREMA Nº 319-2000-RE Lima, 23 de junio del 2000 De conformidad con el inciso 12) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú, que establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embaja- dores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso; Estando a lo dispuesto por los Artículos 8º y 9º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: 1º.- Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipoten- ciario del Perú en la República de Guatemala al Emba- jador en el Servicio Diplomático de la República, don Alfredo Arecco Sablich. 2º.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Pode- res correspondientes. 3º.- La fecha en que el mencionado funcionario diplo- mático deberá asumir funciones será fijada por Resolu- ción Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 7245 M T C Autorizan al SINMAC cobrar peaje en unidades de Cancas y Zarumilla RESOLUCION MINISTERIAL Nº 263-2000-MTC/15.02 Lima, 14 de junio de 2000 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 159-98-MTC/15.02, precisada por Resolución Ministerial Nº 209-98-MTC/ 15.02, se estableció que el Sistema Nacional de Manteni-miento de Carreteras - SINMAC no efectivizaría el cobro de peaje en los departamentos del norte que se indicaban, en tanto se mantenga la emergencia dispuesta por el Decreto Supremo Nº 010-98-PCM, situación que se dio por terminada mediante Decreto Supremo Nº 033-98-PCM; Que, el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, a través del SINMAC, ha venido realizando diversos trabajos para devolverle transitabili- dad al tramo afectado entre Desvío Talara a Aguas Ver- des, concluyéndose totalmente su rehabilitación; Que, para continuar el mantenimiento del tramo an- tes indicado debe autorizarse el cobro de peaje en las Unidades de Peaje de Cancas y Zarumilla; Que, por Decreto Supremo Nº 015-93-TCC se estable- ció que el cobro de peaje en la Red Vial Nacional procederá únicamente con la autorización del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862 y Decreto Supremo Nº 015-93-TCC; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Sistema Nacional de Mantenimiento de Carreteras - SINMAC, para que proce- da al cobro de peaje en las siguientes Unidades de Peaje: - Cancas, ubicada en el Km. 1181+400 de la Paname- ricana Norte. - Zarumilla, ubicada en el Km. 1291+180 de la Pana- mericana Norte. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 7185 PODER JUDICIAL Declaran fundadas en parte apelacio- nes contra resoluciones sobre amplia- ciones de plazo para la construcción de módulos básicos de justicia de San Juan de Miraflores y Carabayllo RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 222-SE-TP-CME-PJ Lima, 23 de junio de 2000 VISTO: El Recurso de Apelación presentado por la Empresa ARBUL U & CHAPARRO CONTRATISTAS GENERALES S.A., de 7 de junio del 2000; contra la Resolución Administra- tiva de la Gerencia Central de la Reforma Nº 087-2000-GCR- PJ, de 31 de mayo del 2000, que declara Improcedente la Ampliación de Plazo Nº 03, por 45 días calendario, solicitada por la recurrente, mediante comunicación de 17 de mayo del 2000, dirigida al Supervisor de Obra, relacionada con el contrato que suscribiera con el Poder Judicial, para la Construcción del Módulo Básico de Justicia "San Juan de Miraflores - Lima", los Informes Nº 028-2000-PJ-SE-GCR/ IMBJ-AO-CC de 26 de abril del presente año y el Informe Nº 043-2000-PJ-SE-GCR/IMBJ-AO-CC, de 23 de mayo del año en curso; del Coordinador de Obra; y, CONSIDERANDO: Que, el peticionante al amparo de la Ley Nº 26850 "Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado" y su Regla- mento - Decreto Supremo Nº 039-98-PCM y el Decreto Supremo Nº 002-94-JUS, "Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos", interpone Recurso de Apelación contra la Resolución Administrativa emitida por la Gerencia Central de la Reforma, que declara Impro- cedente la Ampliación de Plazo Nº 03, por 45 días calen- dario, solicitada por la recurrente, mediante comunica- ción de 17 de mayo del 2000, dirigida al Supervisor de