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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JUNIO DEL AÑO 2000 (24/06/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 19

Pág. 188361 NORMAS LEGALES Lima, sábado 24 de junio de 2000 la experiencia de acciones piloto, las mismas que durante su proceso, permitieron la formulación de una Guía Meto- dológica propia que responde a la sistematización de las experiencias pioneras. Nuestro país es depositario natural de una extraordi- naria y diversa riqueza natural, la cual viene siendo afectada gradualmente por las actividades extractivas, productivas y de servicios, además por el centralismo urbano, el crecimiento poblacional y el uso indiscriminado de los recursos naturales; es decir, contamos con una problemática ambiental que requiere de los mayores esfuerzos para fortalecer la autoridad ambiental del Es- tado a través de la garantía que representa un eficaz control, con capacidad de hacer cumplir la legislación ambiental, de promover la participación ciudadana y abogar por una nueva cultura en favor del ambiente, con la finalidad de contribuir al desarrollo sostenible y conser- vación de los recursos naturales, como también al logro de un ambiente adecuado para la vida humana. Somos conscientes de la compleja problemática am- biental que data de hace muchos años constituyendo un pasivo ambiental que se encuentra a cargo del Estado Peruano, el cual requiere de grandes inversiones para mitigarlo y del trabajo mancomunado de toda la sociedad, razón por la que aspiramos a promover en una primera fase, la concientización y sensibilización, principalmente de los niveles de decisión de las entidades públicas y privadas sobre la misión de proteger y conservar el am- biente, hábitat del ser humano, sobre la base del uso sostenible de los recursos naturales. La actuación del auditor ambiental está respaldada no sólo en su conocimiento y experiencia en esa especialidad, sino principalmente en sólidos principios éticos, porque en definitiva la cuestión ambiental también constituye un problema de valores e identidad con nuestra riqueza natural y en donde el funcionario de control tiene que asumir un rol decisivo, considerando que está premunido de una herramienta efectiva constituida por la auditoría ambiental y de los recursos naturales, que se soporta en una metodología que se viene construyendo gradualmen- te con la investigación y la interacción auditor - naturale- za. Dentro de este contexto, resulta adecuado adoptar institucionalmente una Guía Metodológica que oriente y conduzca el ejercicio de la auditoría ambiental, la misma que dentro del marco del mejoramiento continuo reciba el aporte y enriquecimiento permanente de quienes esta- mos comprometidos con el ambiente, contribuyendo deci- didamente con la gestión ambiental de la administración pública, la protección y la conservación del patrimonio natural del país, a fin que se encamine hacia el desarrollo sostenible. VICTOR ENRIQUE CASO LAY Contralor General de la República GUÍA METODOLÓGICA DE LA AUDITORÍA DE GESTIÓN AMBIENTAL MARCO CONCEPTUAL En nuestro país se ha identificado diversos problemas ambientales que vienen afectando sensiblemente el am- biente y la biodiversidad; tales como: la contaminación del agua, del aire, la deforestación, erosión y desertificación de suelos, el crecimiento urbano y poblacional, consecuen- temente se altera el ecosistema y el hábitat del ser humano, los cuales deben ser reconocidos y evaluados en orden a su atención y correspondiente mitigación; tenien- do en cuenta los aspectos e impactos ambientales signifi- cativos. El hombre tiene el derecho a la libertad, la igualdad y al disfrute en condiciones de vida adecuados, en un ambiente de calidad que le permita llevar una vida digna y gozar de bienestar, teniendo la obligación y compromiso de proteger, conservar y mejorar el ambiente para las generaciones presentes y futuras, tal como consagra la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano realizada en Estocolmo en 1972, así como, la “Cumbre para la Tierra” realizada en Río de Janeiro en el año 1992. En el Perú, la Constitución Política, como norma fundamental del país, en el Título III Del Régimen Econó- mico, Capítulo II: Del Ambiente y los Recursos Naturales, dispone en los Artículos 66° al 69°, que los recursos naturales, renovables y no renovables son patrimonio de la Nación y que el Estado promueve su uso sostenible;determina la política nacional del ambiente y que está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas, así como el desarrollo sostenible de la Amazonía. Por su parte, el Código del Medio Ambiente y de los Recursos Naturales - Decreto Legislativo Nº 613 de 8.SET.90, propugna una calidad de vida de las personas a un nivel compatible con la dignidad humana, previnien- do y controlando la contaminación ambiental y cualquier proceso de deterioro o depredación de recursos naturales que pueda interferir en el normal desarrollo de toda forma de vida y de la sociedad. Para cumplir con dicho objetivo, la norma establece la política ambiental, las pautas de planificación ambiental, protección del ambiente, medi- das de seguridad, aporte de ciencia y tecnología, acción educativa, definición de áreas naturales protegidas, del patrimonio cultural, vínculo con recursos mineros, ener- géticos, con población, salubridad, sanciones, etcétera. En el marco de los compromisos internacionales, la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Hu- mano realizada en Estocolmo en 1972, así como la “Cum- bre para la Tierra”, realizada en Río de Janeiro en el año 1992, consagran el derecho de la persona humana a la libertad, la igualdad y al disfrute en condiciones de vida adecuados, en un ambiente de calidad que le permita llevar una vida digna y gozar de bienestar, teniendo la obligación y compromiso de proteger, conservar y mejorar el ambiente para las generaciones presentes y futuras. Siendo el control y fiscalización una herramienta ne- cesaria en todo acto de la administración, a fin de garan- tizar la correcta aplicación de las normas legales y reco- mendar la implementación de medidas correctivas cuan- do el caso lo amerite; el Congreso de la República emitió la Ley N° 27066 de 13.FEB.99, que faculta a la Contralo- ría General de la República a realizar auditorías ambien- tales y de los recursos naturales, para tales fines se hace necesario desarrollar una Guía Metodológica que oriente y facilite la actuación del auditor, a la vez que permita cumplir con dicha atribución. Las auditorías ambientales se ejecutan conforme al Plan Anual de Auditoría del Área de Auditoría Ambiental y de los Recursos Naturales, el mismo que comprende lugares ambientalmente críticos por problemas de conta- minación, generados por las diferentes actividades y/o servicios desarrolladas en cuencas, bahías, ciudades, áreas naturales protegidas, entre otras, identificando los secto- res públicos que tengan competencias ambientales, en base a un enfoque integral de la problemática con la finalidad de revelarla y contribuir con la gestión y forta- lecimiento de la autoridad ambiental del Estado. Cabe precisar que, de acuerdo a la legislación vigente (“Ley Marco del Crecimiento de la Inversión Privada” - Decreto Legislativo Nº 757), la autoridad ambiental en el país es de carácter sectorial, corresponde ejercerla a cada Ministerio dentro de su competencia funcional. Igualmente, es de indicar, que el conocimiento de temas ambientales en las instituciones públicas es aún incipiente; además, existen pasivos ambientales de los que no se puede definir la responsabilidad específica que pueda corresponder a los funcionarios y ex funcionarios involucrados. En ese orden, la auditoría de gestión ambiental, basa- da en la auditoría de gestión y en la auditoría de cumpli- miento o desempeño, como un examen sistemático, profe- sional, independiente y objetivo, sobre las políticas, pla- nes, objetivos, metas, cumplimiento de la normativa apli- cable, programas, proyectos e inversiones y demás activi- dades de las entidades, tendentes a prevenir y/o mitigar los daños ambientales; tiene la finalidad de coadyuvar con la gestión de las entidades a favor de la conservación del ambiente y del uso racional de los recursos naturales, y propender a la concientización ambiental de autoridades y funcionarios públicos y privados, así como de la pobla- ción, a fin de contribuir con el desarrollo sostenible del país. Los principios básicos aplicables a la presente Guía Metodológica son los siguientes: Economía La economía está relacionada con los términos y con- diciones bajo los cuales se invierte recursos para la protección y conservación del ambiente, sean estos recur- sos financieros, humanos, físicos o de canje de deuda por inversión, examinando el cumplimiento oportuno y apro- piado de los planes de inversión, en el lugar requerido; así como de los presupuestos asignados.