Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2000 (24/06/2000)


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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 24 de junio de 2000

Que mediante Decreto Supremo Nº 001-2000-JUS, de fecha 24 de marzo del 2000 se aprobo el Reglamento sobre la aplicacion de normas que regulan el uso de tecnologias avanzadas en materia de archivo de documentos e informacion a entidades publicas y privadas; Que correspondiendo al Ministerio de Justicia la supervision de la realizacion de cursos para el otorgamiento del certificado de idoneidad tecnica para fedatarios juramentados, asi como de los procesos de ratificacion, cuyo procedimiento y puntajes debera normar; resulta necesario establecer las reglas pertinentes para hacer expeditivas dichas actividades; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 681 modificado por Ley Nº 26612, Decreto Ley Nº 25993, Decreto Supremo Nº 009-92-JUS y Decreto Supremo Nº 001-2000-JUS; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el Reglamento de supervision de la capacitacion para el otorgamiento del certificado de idoneidad tecnica de fedatario juramentado, su ratificacion, asi como de la acreditacion de las asociaciones de fedatarios juramentados, que consta de cuatro capitulos y doce articulos y forma parte integrante de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Justicia REGLAMENTO DE SUPERVISION DE LA CAPACITACION PARA OTORGAMIENTO DE CERTIFICADO DE IDONEIDAD TECNICA DE FEDATARIO JURAMENTADO, SU RATIFICACION, ASI COMO PARA LA ACREDITACION DE LAS ASOCIACIONES DE FEDATARIOS JURAMENTADOS Capitulo I Normas Generales Articulo 1º.- Ambito de la MORDAZA El presente reglamento MORDAZA la supervision del Ministerio de Justicia para la realizacion de Programas de Especializacion y Capacitacion asi como de cada uno de los cursos para otorgamiento de certificado de idoneidad tecnica de fedatario Juramentado con especializacion en informatica y de actualizacion y capacitacion continua por parte de los Colegios de Abogados y/o Notarios a nivel nacional para su ratificacion, de conformidad con el Decreto Supremo 001-2000-JUS, asi como la acreditacion de las asociaciones de fedatarios juramentados. Articulo 2º.- Objetivos de la Supervision por parte del Ministerio de Justicia La actividad de supervision de la realizacion de cursos para otorgamiento de certificado de idoneidad tecnica de fedatario juramentado con especializacion en Informatica, tiene los siguientes objetivos : a) Garantizar que cada uno de los cursos de especializacion, formacion y capacitacion para obtener el diploma o certificado de idoneidad tecnica esten a cargo de profesionales expertos en la materia debidamente calificados. b) Verificar que MORDAZA, durante y despues de la realizacion de los cursos de especializacion, formacion y capacitacion para obtener el diploma o certificado de idoneidad tecnica se cumplan con los requisitos academicos de cada uno de los cursos, tengan contenidos idoneos y actualizados, numero vacantes, horas dictadas y demas requisitos legales. c) Garantizar que los procesos de seleccion y procesos de admision en los cursos para obtencion de certificado de idoneidad tecnica, se lleven a cabo con objetividad, imparcialidad, nivel academico y estricto cumplimiento de las normas legales vigentes. d) Garantizar que cada uno de los cursos de actualizacion y de capacitacion continua para generar puntaje para efectos de la ratificacion cada cinco anos, esten a cargo de profesionales expertos en la materia debidamente calificados.

e) Verificar que MORDAZA, durante y despues de la realizacion de los cursos de actualizacion y capacitacion continua para generar puntaje para efectos de la ratificacion cada cinco anos, se cumplan con los requisitos academicos de cada uno de los cursos, contenidos idoneos y actualizados, horas dictadas y demas requisitos legales. f) Establecer los procedimientos para que el Ministerio de Justicia realice una eficiente supervision, control, inspeccion, verificacion , aprobacion y acreditacion de requisitos legales, asi como interpretar las normas y proponer las que se requieren para su mejor desenvolvimiento. Capitulo II Del Consejo de Supervision de Fedatarios Juramentados con especializacion en informatica Articulo 3º.- Miembros El Consejo de Supervision de Fedatarios Juramentados con Especializacion en Informatica estara conformado por cinco (5) miembros permanentes: a) Un representante del Ministro de Justicia, quien lo presidira. b) Un representante de la alta direccion del Ministerio de Justicia con conocimientos en Derecho Informatico. c) Un representante del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI) d) Un representante del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de Proteccion de la Propiedad Intelectual (INDECOPI). e) Un representante del Archivo General de la Nacion. El Consejo podra ser asesorado por especialistas de la materia para el mejor desenvolvimiento de sus funciones, asi como invitar a sus sesiones para fines tecnicos y academicos u otros, como miembros invitados a un MORDAZA de tres expertos en derecho informatico o fedatarios juramentados, a iniciativa del presidente o del representante de la alta direccion del Ministerio de Justicia. Articulo 4º.- Facultades y Atribuciones El Consejo de Supervision de Fedatarios Juramentados con especializacion en informatica, esta facultado para: a) Requerir informacion MORDAZA, despues y durante la realizacion de los cursos de especializacion, formacion y capacitacion para obtener el diploma o certificado de idoneidad tecnica o de actualizacion y capacitacion continua que acredite que los Colegios de Abogados y/o Notarios cumplen con: 1. Requisitos academicos de cada uno de los cursos. 2. Curriculum, experiencia docente y antecedentes de los profesores. 3. Contenidos idoneos y actualizados. 4. Estructura de costos. 5. Numero de vacantes. 6. Cantidad de horas dictadas. 7. Otros requisitos legales. b) Autorizar, suspender o prohibir la realizacion de los cursos, de acuerdo al cumplimiento de los requisitos academicos y legales. c) Acreditar a las Asociaciones de Fedatarios Juramentados que cumplan con los requisitos establecidos en la ley. d) Coordinar con la Asociacion de Fedatarios Juramentados, acreditada ante el Ministerio de Justicia, las actividades y funcionamiento del Registro Centralizado. e) Llevar un Registro Nacional de Fedatarios Juramentados con Especializacion en Informatica con numeracion unica correlativa, para lo cual los Colegios de Abogados y/o Notarios deberan remitir Copias Certificadas de la informacion contenida en cada uno de sus registros. f) Supervisar los procesos de seleccion y admision asi como los procesos de ratificacion de Fedatarios Juramentados con especializacion en Informatica y la asignacion del puntaje respectivo. g) Informar periodicamente al Ministro de Justicia sobre sus actuaciones, funciones, acuerdos y actividades. h) Las demas que senale la Ley.

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